Sentencia Nº TC/0494/18 de Tribunal Constitucional, 28-11-2018

Número de sentenciaTC/0494/18
Número de expediente TC-07-2015-0067
Fecha28 Noviembre 2018
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-07-2015-0067, relativo a la demanda en suspensión de ejecución de sentencia interpuesta por J.A.
.
R. contra la Resolución núm. 3118/2013, dictada por la Segunda S. de la Suprema Corte de Justicia el dieciocho (18) de
septiembre de dos mil trece (2013). Página 1 de 17
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0494/18
Referencia: Expediente núm. TC-07-
2015-0067, relativo a la demanda en
suspensión de ejecución de sentencia
interpuesta por J.A.R.
contra la Resolución núm. 3118/2013,
dictada por la Segunda S. de la Suprema
Corte de Justicia el dieciocho (18) de
septiembre de dos mil trece (2013).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de noviembre del año dos mil
dieciocho (2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M.
.
R.G., presidente; L.M.P.M., primera sustituta; L.
.
V..S., segundo sustituto; Ana Isabel Bonilla Hernández, J.P.
.
C.K., V..J.C..P., J.C.ry D., R.
.
D.F.po, V..o.G..e..B., W..S.G..R., K.M.
.
J..M. e I..R., en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 y 277
de la Constitución y 9, 53 y 54.8 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de
dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la resolución objeto de la presente demanda en suspensión
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-07-2015-0067, relativo a la demanda en suspensión de ejecución de sentencia interpuesta por J.A.
.
R. contra la Resolución núm. 3118/2013, dictada por la Segunda S. de la Suprema Corte de Justicia el dieciocho (18) de
septiembre de dos mil trece (2013). Página 2 de 17
La Resolución núm. 3118-2013, cuya suspensión se solicita, fue dictada por la
Segunda S. de la Suprema Corte de Justicia el dieciocho (18) de septiembre de dos
mil trece (2013), cuya parte dispositiva copiada a la letra, expresa lo siguiente:
Primero: Admite como interviniente a V.S.P. en el recurso de
casación interpuesto por J.A.R., contra la sentencia núm.
285-2013, dictada por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del
Departamento Judicial de san pedro de Macorís el 19 de abril de 2013, cuyo
dispositivo se copia en parte anterior de la presente resolución; Segundo:
Declara inadmisible el referido recurso; Tercero: E. al recurrente del
pago de las costas civiles, ordenando su distracción en provecho del Dr.
Á.D.G., quien afirma haberlas avanzado en su mayor parte o
totalidad; Cuarto: Ordena que la presente sentencia sea notificada a las
partes y al J. de la Ejecución de la Penal del Departamento Judicial de
San P. de Macorís.
En el expediente no reposa documentación alguna que acredite la notificación de la
indicada resolución a la parte recurrente.
2. Presentación de la demanda en suspensión de ejecución
La demanda en suspensión de ejecución de la referida sentencia fue interpuesta el
dos (2) de mayo de dos mil quince (2015) por el señor J.A.R. con
la finalidad de que se suspenda la ejecución de la Resolución núm. 3948-2013,
dictada por la Segunda S. de la Suprema Corte de Justicia el dieciocho (18) de
septiembre de dos mil trece (2013).
En el expediente objeto de la demanda en suspensión de ejecución de sentencia,
reposa el Acto núm. 444/2014, instrumentado por el ministerial Á.L.R.

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