Sentencia Nº TC/0495/21 de Tribunal Constitucional, 16-12-2021

Número de sentenciaTC/0495/21
Número de expedienteTC-04-2021-0093
Fecha16 Diciembre 2021
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2021-0093, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional y solicitud de
suspensión interpuesto por la señora E.E.D.n I. contra la Sentencia núm. 855 dictada por la Segunda
S. de la Suprema Corte de Justicia el treinta (30) de agosto de dos mil diecinueve (2019) Página 1 de 48
EN NOMBRE DE LA REPUBLICA
SENTENCIA TC/0495/21
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2021-0093, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional y solicitud de
suspensión interpuesto por la señora
E..E..D..I.
contra la Sentencia núm. 855, dictada
por la Segunda S. de la Suprema
Corte de Justicia el treinta (30) de
agosto de dos mil diecinueve (2019).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de diciembre del año dos mil
veintiuno (2021).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
R.D..F., presidente en funciones; L.V..S., segundo
sustituto; J..A.A., A.L..B..M., M.U.
.
B.V., J.P..C.K., V.J.C.
.
P., D.G., M.d.C.S. de C., M.V.
.
M., J. Alejandro V..G. y E..V.A., en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 y 277 de la Constitución, así como en los
artículos 9, 53 y 54.8 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de
junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2021-0093, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional y solicitud de
suspensión interpuesto por la señora E.E.D.n I. contra la Sentencia núm. 855 dictada por la Segunda
S. de la Suprema Corte de Justicia el treinta (30) de agosto de dos mil diecinueve (2019) Página 2 de 48
ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Sentencia núm. 855, objeto del presente recurso de revisión, fue dictada por
la Segunda S. de la Suprema Corte de Justicia, el treinta (30) de agosto de dos
mil diecinueve (2019), en su dispositivo se hace constar lo siguiente:
Primero: Rechaza el recurso de casación interpuesto por E....
.
E.D..I., contra la sentencia núm. 203-2018-SSEN-00158,
dictada por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento
Judicial de La Vega el 17 de mayo de 2018, cuyo dispositivo se copia en
parte anterior del presente fallo; Segundo: Condena a la recurrente
E.E.D..I., al pago de las costas, con distracción
de las civiles en provecho de los Lcdos. S.S.R. y J.
.
A.V.R., quienes afirman haberlas avanzado en su
totalidad; Tercero: Ordena a la Secretaría General de esta Suprema
Corte de Justicia notificar la presente decisión a las partes y al J. de
la Ejecución de la Pena del Departamento Judicial de La Vega, para los
fines correspondientes.
La notificación de la sentencia recurrida fue recibida el veinte (20) de diciembre
de dos mil diecinueve (2019), por la parte recurrente, señora E.E.
.
D.I., según se hace constar en el oficio núm. 02-18964, emitido por
la secretaria de la Suprema Corte de Justicia, en manos de su abogado
apoderado.
Además, dentro del legajo de piezas que componen el expediente, se hace
constar la notificación de la sentencia de marras, instrumentada a requerimiento
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suspensión interpuesto por la señora E.E.D.n I. contra la Sentencia núm. 855 dictada por la Segunda
S. de la Suprema Corte de Justicia el treinta (30) de agosto de dos mil diecinueve (2019) Página 3 de 48
de la parte recurrida -señor E.B.R.- el diecinueve (19) de
noviembre de dos mil diecinueve (2019), mediante Acto núm. 3038/2019; la
cual fue recibida por la señora Emperatriz E.D.I. personalmente.
2. Presentación del recurso en revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
En el presente caso, la parte recurrente, señora E..E.D.
.
I., apoderó al Tribunal Constitucional del recurso de revisión
constitucional contra la Sentencia núm. 855, mediante escrito depositado el
cuatro (4) de diciembre de dos mil diecinueve (2019) ante la Secretaría
General de la Suprema Corte de Justicia, y remitido a este tribunal el veintiuno
(21) de mayo de dos mil veintiuno (2021). El referido recurso se fundamenta
en los alegatos que se exponen más adelante.
La instancia contentiva del recurso que nos ocupa, fue notificada a la parte
recurrida, el señor E.B.R..í., el nueve (9) de enero de dos mil
veinte (2020), mediante Acto núm. 083-2020.
3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Segunda S. de la Suprema Corte de Justicia fundamentó el rechazo del
recurso de casación incoado por la señora E..E..D.I.,
esencialmente, en los motivos siguientes:
Que la recurrente E..E..D..I. no titula ni
individualiza el medio o los medios de casación, pero en el desarrollo de
los argumentos formulados en su memorial de casación alega, en
síntesis, lo siguiente:

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