Sentencia Nº TC/0496/19 de Tribunal Constitucional, 14-11-2019

Número de sentenciaTC/0496/19
Fecha14 Noviembre 2019
Número de expediente TC-04-2019-0069
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0069, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión ju risdiccional interpuesto por el
señor Marino de Jesús Morel Toribio contra la Resolución núm. 281-2016, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de
Justicia el cinco (5) de febrero de dos mil dieciséis (2016). Página 1 de 26
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0496/19
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2019-0069, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por el señor
Marino de Jesús Morel Toribio contra
la Resolución núm. 281-2016,
dictada por la Segunda Sala de la
Suprema Corte de Justicia el cinco
(5) de febrero de dos mil dieciséis
(2016).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los catorce (14) días del mes de noviembre del año dos mil
diecinueve (2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino Vásquez
Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José Alejandro
Ayuso, Alba Luisa Beard Marcos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro
Castellanos Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Wilson S. Gómez
Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 de la Constitución y 9 y 94 de la Ley núm. 137-11,
Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, de
trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0069, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión ju risdiccional interpuesto por el
señor Marino de Jesús Morel Toribio contra la Resolución núm. 281-2016, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de
Justicia el cinco (5) de febrero de dos mil dieciséis (2016). Página 2 de 26
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la resolución recurrida
La Resolución núm. 281-2016, de cinco (5) de febrero de dos mil dieciséis (2016),
objeto del presente recurso de revisión, fue dictada por la Segunda Sala de la
Suprema Corte de Justicia, la cual declaró inadmisible el recurso. En su dispositivo
se establece:
Primero: Declara inadmisible el recurso de revisión interpuesto por Marino
de Jesús Morel Toribio, contra la sentencia núm. 127-2013 dictada por el
Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia
del Distrito Judicial de Montecristi el 2 de diciembre de 2013, cuyo
dispositivo se copia en parte anterior de esta resolución;
Segundo: Condena al recurrente al pago de las costas;
Tercero: Ordena que la presente resolución sea notificada a las partes.
En el presente expediente constan depositados dos (2) memorándum emitidos por
la Secretaria General de la Suprema Corte de Justicia el veintidós (22) de marzo de
dos mil dieciséis (2016), notificándole el dispositivo de la Resolución núm. 281-
2016, tanto a la parte recurrente, Marino de Jesús Morel Toribio, como a los
abogados que le representaron en el recurso de revisión penal, Jesús María Feliz
Jiménez y Gilberto Junior Bastardo Rincón.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional

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