Sentencia Nº TC/0508/18 de Tribunal Constitucional, 03-12-2018

Número de sentenciaTC/0508/18
Fecha03 Diciembre 2018
Número de expediente TC-04-2016-0244
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2016-0244, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Carlos
Antonio Castro Moción y Yesenia Zapata Martínez contra la Resolución núm.4953-2015, dictada por las Salas Reunidas de la
Suprema Corte de Justicia el diez (10) de diciembre del dos mil quince (2015). Página 1 de 35
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0508/18
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2016-0244, relativo al recurso de revisión
constitucional de decisión jurisdiccional
interpuesto por Carlos Antonio Castro
Moción y Yesenia Zapata Martínez contra
la Resolución núm.4953-2015, dictada por
las Salas Reunidas de la Suprema Corte de
Justicia el diez (10) de diciembre del dos
mil quince (2015).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los tres (3) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Lino Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes
Acosta de los Santos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos
Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Jottin Cury David, Wilson S. Gómez
Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez e Idelfonso Reyes, en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 de la Constitución y 9 y 53 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales del trece (13) de
junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2016-0244, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Carlos
Antonio Castro Moción y Yesenia Zapata Martínez contra la Resolución núm.4953-2015, dictada por las Salas Reunidas de la
Suprema Corte de Justicia el diez (10) de diciembre del dos mil quince (2015). Página 2 de 35
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la resolución recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Resolución núm. 4953-2015, del diez (10) de diciembre de dos mil quince (2015),
objeto del presente recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional, fue
dictada por la Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia contra la decisión
dictada por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Judicial de
Santiago, el veinticinco (25) de agosto de dos mil quince (2015), la cual declaró
inadmisible el recurso de casación interpuesto por los señores Carlos Antonio
Monción y Yesenia Zapata Martínez.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
Los señores Carlos Antonio Monción y Yesenia Zapata Martínez interpusieron el
presente recurso de revisión constitucional contra la indicada resolución el ocho (8)
de junio de dos mil dieciséis (2016) ante la Secretaría de la Suprema Corte de
Justicia, fundamentado en los hechos y argumentos jurídicos que se resumen más
adelante.
La referida resolución fue notificada mediante Comunicación núm.4526, del catorce
(14) de marzo de dos mil dieciséis (2016), recibida el doce (12) de abril de dos mil
dieciséis (2016), en la Oficina Nacional de Defensa Publica, al Lic. Leónidas
Estévez, en su calidad de Defensor Público de los recurrentes.
3. Fundamentos de la resolución recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia, actuando como corte de casación,
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2016-0244, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Carlos
Antonio Castro Moción y Yesenia Zapata Martínez contra la Resolución núm.4953-2015, dictada por las Salas Reunidas de la
Suprema Corte de Justicia el diez (10) de diciembre del dos mil quince (2015). Página 3 de 35
declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por los señores Carlos
Antonio Monción y Yesenia Zapata Martínez contra la decisión dictada por la
Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Judicial de Santiago el
veinticinco (25) de agosto de dos mil quince (2015), alegando los motivos que se
expondrán más adelante y cuyo dispositivo es el siguiente:
Primero: Declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por
señores Carlos Antonio Monción y Yesenia Zapata Martínez, imputados,
contra la sentencia dictada por la Cámara Penal de la Corte de Apelación
del Distrito Judicial de Santiago, el 25 de agosto de 2015, cuyo dispositivo
aparece copiado en parte anterior de esta resolución; Segundo: Compensan
el pago de las costas; Tercero: Ordenan que la presente resolución sea
notificada a las partes y al Juez de la Ejecución de la Pena del Departamento
Judicial de Montecristi, para los fines de lugar.
Los fundamentos dados por dicha sala son los siguientes:
Considerando: que los recurrentes, Carlos Antonio Monción y Yesenia
Zapata Martínez, imputados, alegan en su escrito de casación, depositado
por ante la secretaria de la Corte A-qua, el medio siguiente:
Único Medio: Sentencia que contradice un fallo de la S.C.J. (Art.426.2,
CPP) (Sic)”.
Considerando: que el Código Procesal Penal dispone en su artículo 393, en
cuanto al derecho de recurrir, que: las decisiones judiciales sólo son
recurribles por los medios y en los casos expresamente establecidos
Considerandos en este código. El derecho de recurrir corresponde a quienes
le es expresamente acordado por la ley.
Las partes sólo pueden impugnar las decisiones judiciales que les sean
desfavorables.

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