Sentencia Nº TC/0523/18 de Tribunal Constitucional, 05-12-2018

Número de sentenciaTC/0523/18
Fecha05 Diciembre 2018
Número de expediente TC-04-2013-0126
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2013-0126, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por R.
.
A.F.C., J.S. y F.r.F.R. contra la Sentencia núm. 63, dictada por la Segunda Sala
Penal de la Suprema Corte de Justicia el once (11) de febrero de dos mil trece (2013).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0523/18
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2013-0126, relativo al recurso de revisión
constitucional de decisión jurisdiccional
interpuesto por R.A.F..
.
C., J.S. y F.F.
.
R., contra la Sentencia núm. 63, dictada
por la Segunda Sala Penal de la Suprema
Corte de Justicia el once (11) de febrero de
dos mil trece (2013).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los cinco (5) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M.
.
R..G., presidente; L.V.S., segundo sustituto; H.
.
A. de los S., A.I.B.H., J.P.C.
.
K., V..J.C..P., J..C.D., R...D..F.,
W.S..G.R., K.M..J.M. e I..R.,
en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 y 277 de la Constitución y 53 y 54 de la Ley núm.
137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente
sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2013-0126, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por R.
.
A.F.C., J.S. y F.r.F.R. contra la Sentencia núm. 63, dictada por la Segunda Sala
Penal de la Suprema Corte de Justicia el once (11) de febrero de dos mil trece (2013).
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
La Sentencia núm. 63, objeto del presente recurso de revisión constitucional de
decisión jurisdiccional, fue dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de
Justicia el once (11) de febrero de dos mil trece (2013). Dicha decisión declara
extinguida la acción penal contra el señor G.T.neo V. por haber
transcurrido más de ocho (8) años sin haberse emitido sentencia definitiva en su
contra.
Su dispositivo es el siguiente:
Primero: Admite los escritos de contestación incoados por los querellantes
y actores civiles R. Antonio F..C., J..S. y F.
.
F..R., y el Procurador General Adjunto por ante la Corte de
Apelación del Departamento Judicial de Puerto Plata, V.M., en el
recurso de casación interpuesto por G..T.V., contra la
sentencia núm. 000259/2012, dictada por la Corte de Apelación del
Departamento Judicial de Puerto Plata, el 17 de julio de 2012, cuyo
dispositivo se encuentra copiado en parte anterior de esta decisión;
Segundo: Declara de oficio la extinción de la acción penal; Tercero: Ordena
a la secretaría de esta Suprema Corte de Justicia notificar la presente
decisión a las partes.
Dicha decisión fue notificada a los abogados de la parte recurrente, Licdos. T.
.
J.E. y R..M.R.G., mediante memorándum librado
por la Suprema Corte de Justicia el veintidós (22) de marzo de dos mil trece (2013),
recibido el dos (2) de abril de dos mil trece (2013).
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2013-0126, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por R.
.
A.F.C., J.S. y F.r.F.R. contra la Sentencia núm. 63, dictada por la Segunda Sala
Penal de la Suprema Corte de Justicia el once (11) de febrero de dos mil trece (2013).
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2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
El presente recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional fue
interpuesto por R.A..F..C., J..S. y F..
.
F..R. el veintitrés (23) de agosto de dos mil trece (2013), contra la
Sentencia núm. 63, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el
once (11) de febrero de dos mil trece (2013), por considerar que se les violentó el
derecho fundamental de igualdad.
3. Fundamento de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia fundamentó su decisión, en las
consideraciones siguientes:
a. Considerando, que la Corte a-qua para fallar en la forma en que lo hizo, dio
por establecido lo siguiente: “En una primera parte el recurrente sostiene que la
sentencia impugnada fue dictada en dispositivo y que por tanto no cumple con la
obligación de motivar los fallos, que tiene todo juez. El motivo antes indicado carece
de fundamentos, pues basta leer la sentencia, para comprobar que el J. a-quo
expresa los motivos que lo llevaron a fallar de la forma en que lo hizo. En una
segunda parte el recurrente sostiene que la sentencia dictada por el Tribunal a-quo,
adolece de los vicios de ilogicidad manifiesta en la motivación, errónea aplicación
de una norma jurídica y el quebrantamiento u omisión de formas sustanciales de los
actos que ocasionan indefensión y sustenta todos esos medios en que en la audiencia
de fondo el Tribunal a-quo interrogó varios informantes, cuyas declaraciones copia,
y que hay errónea aplicación de la ley, pues con lo declarado por las personas
interrogadas quedó demostrado que entre la menor de edad y el recurrente existía
una relación amorosa y por tanto no existió violencia y no se podían aplicar los
artículos 330 y 331 del Código Penal. El recurso de apelación que se examina va a

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