Sentencia Nº TC/0529/18 de Tribunal Constitucional, 06-12-2018

Número de sentenciaTC/0529/18
Número de expediente TC-05-2018-0064
Fecha06 Diciembre 2018
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0064, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Neri
Matos Féliz, Enrique Cifre de los Santos, Juan Abundio Niemen Tondu, Rafael Tomás Fermín Nú ñez, Manuel R. Núñez Paulino,
Hilario de la Cruz González y González y Ulises Francisco Hernández contra la Sentencia núm. 0030-2017-SSEN-00217, dictada
por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el veintinueve (29) de junio de dos mil diecisiete (2017).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0529/18
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2018-0064, relativo al recurso de revisión
constitucional de sentencia de amparo
interpuesto por Neri Matos Féliz, Enrique
Cifre de los Santos, Juan Abundio Niemen
Tondu, Rafael Tomás Fermín Núñez,
Manuel R. Núñez Paulino, Hilario de la
Cruz González y González y Ulises
Francisco Hernández, contra la Sentencia
núm. 0030-2017-SSEN-00217, dictada por
la Primera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el veintinueve (29) de junio
de dos mil diecisiete (2017).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los seis (6) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Lino Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes
Acosta de los Santos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos
Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Jottin Cury David, Rafael Díaz Filpo,
Wilson S. Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez e Idelfonso Reyes,
en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0064, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Neri
Matos Féliz, Enrique Cifre de los Santos, Juan Abundio Niemen Tondu, Rafael Tomás Fermín Nú ñez, Manuel R. Núñez Paulino,
Hilario de la Cruz González y González y Ulises Francisco Hernández contra la Sentencia núm. 0030-2017-SSEN-00217, dictada
por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el veintinueve (29) de junio de dos mil diecisiete (2017).
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Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de
dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional en materia
de amparo
La Sentencia núm. 0030-2017-SSEN-00217, objeto del presente recurso de revisión
constitucional en materia de amparo, fue dictada por la Primera Sala del Tribunal
Superior Administrativo el veintinueve (29) de junio de dos mil diecisiete (2017), la
cual declara la improcedencia del amparo de cumplimiento incoado por los señores
Neri Matos Féliz, Enrique Cifre de los Santos, Juan Abundio Niemen Tondu, Rafael
Tomás Fermín Núñez, Manuel R. Núñez Paulino, Hilario de la Cruz González y
González y Ulises Francisco Hernández, contra la Policía Nacional.
La indicada sentencia fue notificada a la parte recurrente, el veintitrés (23) de
noviembre de dos mil diecisiete (2017), mediante certificación emitida por la
Secretaría General del Tribunal Superior Administrativo, y su dispositivo es el
siguiente:
PRIMERO: DECLARA la improcedencia de la acción de amparo de
cumplimiento incoada por los señores: GENERAL NERI MATOS FÉLIZ,
GENERAL ENRIQUE CIFRE DE LOS SANTOS, GENERAL JUAN
ABUNDIO NIEMEN TONDU, GENERAL RAFAEL TOMÁS FERMIN
NUÑEZ y la demanda en intervención voluntaria incoada por los señores
MAYOR GENERAL O MANUEL R. NUÑEZ PAULINO, GENERAL DE
BRIGADA HILARIO DE LA CRUZ GONZALEZ Y GONZALEZ Y EL
CORONEL ULISES FRANCISCO HERNANDEZ, en contra del Director de
la Policía Nacional, Mayor General NELSON PEGUERO PAREDES, la
República Dominicana
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Expediente núm. TC-05-2018-0064, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Neri
Matos Féliz, Enrique Cifre de los Santos, Juan Abundio Niemen Tondu, Rafael Tomás Fermín Nú ñez, Manuel R. Núñez Paulino,
Hilario de la Cruz González y González y Ulises Francisco Hernández contra la Sentencia núm. 0030-2017-SSEN-00217, dictada
por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el veintinueve (29) de junio de dos mil diecisiete (2017).
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Directora del Comité de Retiro de la Policía Nacional, Coronela Lic. Loyda
L. Adames Terrero, el Ministro de Hacienda Lic. Donald Terrero Ortiz, y los
Demandados en Intervención Forzosa incoada contra Dirección General de
Jubilaciones y Pensiones y su Director, Ing. MARIUS DE LEON, al tenor de
lo establecido en los Artículos 104,106,107 y 108 de la ley 137-11, Orgánica
del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, y el
artículo 130 de la ley No. 590-16 Orgánica de la Policía Nacional, por no
haberse demandado a las instituciones encargadas de cumplir con las
disposiciones del Articulo 111 de la ley 96-04 y no intimar previamente a
estas, respectivamente, conforme a los motivos expuestos en el cuerpo de la
sentencia. SEGUNDO: DECLARA libre de costas el presente proceso de
conformidad con el artículo 72 de la Constitución Política de la República
Dominicana, y el artículo 66 de la Ley No. 137-11, de fecha 13 de junio del
año 2011, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales. TERCERO: ORDENA, que la presente sentencia sea
comunicada vía Secretaria del Tribunal, a la parte accionante, a la parte
accionada y al procurador General Administrativo. CUARTO: ORDENA
que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior
Administrativo.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional en materia de amparo
La parte recurrente en revisión de amparo, Neri Matos Féliz y compartes,
interpusieron el presente recurso de revisión constitucional en materia de amparo el
veintinueve (29) de noviembre de dos mil diecisiete (2017).
El recurso de revisión ha sido notificado a la parte recurrida, Policía Nacional,
mediante Acto núm. 09/2017, instrumentado por el ministerial Hipólito Rivera,
alguacil ordinario de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento
Judicial de Santo Domingo el tres (3) de enero de dos mil dieciocho (2018).

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