Sentencia Nº TC/0545/19 de Tribunal Constitucional, 11-12-2019

Número de sentenciaTC/0545/19
Fecha11 Diciembre 2019
Número de expediente TC-05-2019-0107
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0107, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpu esto por Eunuel
Esteban Ramos Arias contra la Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00046, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el once (11) de febrero de dos mil diecinueve (2019). Página 1 de 65
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0545/19
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2019-0107, relativo al recurso de revisión
constitucional de sentencia de amparo
interpuesto por Eunuel Esteban Ramos
Arias contra la Sentencia núm. 0030-04-
2019-SSEN-00046, dictada por la Tercera
Sala del Tribunal Superior Administrativo
el once (11) de febrero de dos mil
diecinueve (2019).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve
(2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Rafael
Díaz Filpo, primer sustituto, presidente en funciones; Lino Vásquez Sámuel,
segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José Alejandro Ayuso, Ana
Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor Joaquín
Castellanos Pizano, Wilson S. Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez
y Miguel Valera Montero, en ejercicio de sus competencias constitucionales y
legales, específicamente las previstas en los artículos 184 y 185 de la Constitución,
94 y siguientes de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de
los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011),
dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0107, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpu esto por Eunuel
Esteban Ramos Arias contra la Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00046, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el once (11) de febrero de dos mil diecinueve (2019). Página 2 de 65
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La sentencia recurrida, núm. 0030-04-2019-SSEN-00046, dictada por la Tercera
Sala del Tribunal Superior Administrativo el once (11) de febrero de dos mil
diecinueve (2019), declaró inadmisible la acción de amparo incoada por el señor
Eunuel Esteban Ramos Arias en contra de la Policía Nacional y el Comité de Retiro
de la Policía Nacional.
La indicada sentencia en su parte dispositiva expresa lo siguiente:
PRIMERO: Acoge el medio de inadmisión planteado por las accionadas,
Procuraduría General de la República, Dirección General de la Policía
Nacional, (D. G. P. N.), El Comité De Retiro De La Policía Nacional,
(COREPOL), y el Procurador General Administrativo, y, en consecuencia,
DECLARA INAMISIBLE la presente acción constitucional de amparo,
interpuesta por el señor. EUNUEL ESTEBAN RAMOS ARIAS, contra el
Estado Dominicano, Dirección General de la Policía Nacional, Comité de
Retiro de la Policía Nacional, Procuraduría General De La República
Dominicana, Mayor General NEY ALDRIN BAUTISTA ALMONTE,
NIEVES L. PEREZ SANCHEZ, en aplicación de las disposiciones del
artículo 70, numeral 2do de la ley 137-11, de fecha 13 de Junio (sic) del año
2011 Orgánica del Tribunal Constitucional y de los procedimiento
Constitucionales, conforme los motivos indicados.
SEGUNDO: DECLARA libre de costas el presente proceso.
TERCERO: ORDENA, la comunicación de la presente sentencia a las partes
envueltas, y al Procurador General Administrativo, a los fines procedentes.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0107, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpu esto por Eunuel
Esteban Ramos Arias contra la Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00046, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el once (11) de febrero de dos mil diecinueve (2019). Página 3 de 65
CUARTO: ORDENA que la presente sentencia sea publicada en el boletín
del Tribunal Superior Administrativo.
La sentencia previamente descrita fue notificada al abogado del recurrente,
licenciado José Ernesto Pérez Morales, mediante Acto núm. 189/2019,
instrumentado por el ministerial Carlos Manuel Ozuna Pérez, alguacil ordinario del
Tribunal Superior Administrativo el veintiuno (21) de marzo de dos mil diecinueve
(2019).
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo
El recurso de revisión interpuesto por el señor Eunuel Esteban Ramos Arias, contra
la Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00046, fue depositado por ante la Secretaría
del Tribunal Superior Administrativo, el veintidós (22) de marzo de dos mil
diecinueve (2019), y recibido ante la Secretaría del Tribunal Constitucional el nueve
(9) de mayo de dos mil diecinueve (2019).
Dicho recurso fue notificado a la parte recurrida, Policía Nacional; el Comité de
Retiro de la Policía Nacional y la Procuraduría General Administrativa, mediante un
mismo Acto marcado con el núm. 352-2019, instrumentado por el ministerial
Rolando Antonio Guerrero Peña, alguacil ordinario del Tribunal Superior
Administrativo el veinticinco (25) de marzo de dos mil diecinueve (2019).
3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo declaró la inadmisibilidad de
la acción de amparo interpuesta por el señor Eunuel Esteban Ramos Arias,
fundamentándose, en síntesis, en los siguientes motivos:
3.En ese tenor, esta sala recuerda que es obligación de todo juez o tribunal
referirse a los medios de inadmisión que le son planteados antes de conocer

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