Sentencia Nº TC/0569/18 de Tribunal Constitucional, 19-12-2018

Número de sentenciaTC/0569/18
Número de expediente TC-04-2017-0216
Fecha19 Diciembre 2018
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0216 relativo al recurso de revisión constitucional decisión jurisdiccional interpuesto por Carlos V.
Quiñones Allende, Veremundo Quiñones Allende, Wilma C. Quiñones Allende de Correa, Lydia Eloisa Quiñones de Vásquez y
Edmundo Luis Quiñones Castro contra la Sentencia núm. 524, dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso
Administrativo y Contencioso Tributario de la Suprema Corte de Justicia el veintitrés (23) de agosto de dos mil diecisiete (2017).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0569/18
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2017-0216, relativo al recurso de revisión
constitucional decisión jurisdiccional
interpuesto por Carlos V. Quiñones
Allende, Veremundo Quiñones Allende,
Wilma C. Quiñones Allende de Correa,
Lydia Eloisa Quiñones de Vásquez y
Edmundo Luis Quiñones Castro, contra la
Sentencia núm. 524, dictada por la Tercera
Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso
Administrativo y Contencioso Tributario
de la Suprema Corte de Justicia el veintitrés
(23) de agosto de dos mil diecisiete (2017).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Leyda Margarita Piña Medrano, primera sustituta; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, Ana Isabel
Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor Joaquín Castellanos
Pizano, Jottin Cury David, Rafael Díaz Filpo, Wilson S. Gómez Ramírez e Idelfonso
Reyes, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente
las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución y 9 y 94 de la Ley núm. 137-
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0216 relativo al recurso de revisión constitucional decisión jurisdiccional interpuesto por Carlos V.
Quiñones Allende, Veremundo Quiñones Allende, Wilma C. Quiñones Allende de Correa, Lydia Eloisa Quiñones de Vásquez y
Edmundo Luis Quiñones Castro contra la Sentencia núm. 524, dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso
Administrativo y Contencioso Tributario de la Suprema Corte de Justicia el veintitrés (23) de agosto de dos mil diecisiete (2017).
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11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales,
del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
La Sentencia núm. 524, objeto del presente recurso de revisión constitucional de
decisión jurisdiccional, fue dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras,
Contencioso Administrativo y Contencioso Tributario de la Suprema Corte de
Justicia el veintitrés (23) de agosto de dos mil diecisiete (2017). Su dispositivo es el
siguiente:
Primero: Rechaza el recurso de casación interpuesto por Carlos Quiñones
Allende y compartes, contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior
de Tierras del Departamento Este, en fecha 11 de julio de 2016, en relación
a la Parcela núm. 22, Porción 0-2 del Distrito Catastral núm. 48/3ra., del
Municipio de Miches, Provincia El Seibo cuyo dispositivo figura copiado en
parte anterior del presente fallo;
Segundo: Condena a los recurrentes al pago de las costas del procedimiento
en provecho de los Licdos. Amauris Vásques Disla, Miguel Valera Montero,
Diana De Camps y Carlos E. Franjul, quienes afirman haberlas avanzado
en su totalidad.
La sentencia fue notificada el cuatro (4) de octubre de dos mil diecisiete (2017),
mediante el Acto núm. 1053-17, instrumentado por el ministerial Kelvin Rosario del
Rosario, alguacil ordinario de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del
República Dominicana
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Expediente núm. TC-04-2017-0216 relativo al recurso de revisión constitucional decisión jurisdiccional interpuesto por Carlos V.
Quiñones Allende, Veremundo Quiñones Allende, Wilma C. Quiñones Allende de Correa, Lydia Eloisa Quiñones de Vásquez y
Edmundo Luis Quiñones Castro contra la Sentencia núm. 524, dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso
Administrativo y Contencioso Tributario de la Suprema Corte de Justicia el veintitrés (23) de agosto de dos mil diecisiete (2017).
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Departamento Judicial de Santo Domingo.
2. Presentación del recurso en revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
En el presente caso, los recurrentes Carlos V. Quiñones Allende, Veremundo
Quiñones Allende, Wilma C. Quiñones Allende de Correa, Lydia Eloisa Quiñones
de Vásquez y Edmundo Luis Quiñones Castro interpusieron formal recurso de
revisión constitucional de decisión jurisdiccional contra la Sentencia núm. 524,
dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso Administrativo y
Contencioso Tributario de la Suprema Corte de Justicia el veintitrés (23) de agosto
de dos mil diecisiete (2017), mediante instancia depositada ante la Secretaría
General de la Suprema Corte de Justicia el once (11) de octubre de dos mil diecisiete
(2017).
La instancia contentiva del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesta por los señores Carlos V. Quiñones Allende, Veremundo
Quiñones Allende, Wilma C. Quiñones Allende de Correa, Lydia Eloisa Quiñones
de Vásquez y Edmundo Luis Quiñones Castro fue notificada a la parte recurrida
Inversiones La Querencia, S. A., mediante Acto núm. 325/17, instrumentado por el
ministerial Creidin Mercedes Rodríguez, alguacil ordinario del Juzgado de la
Instrucción de La Romana el doce (12) de octubre de dos mil diecisiete (2017).
3. Fundamento de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
Los fundamentos dados por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso
Administrativo y Contencioso Tributario de la Suprema Corte de Justicia son los
siguientes:

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