Sentencia Nº TC/0586/18 de Tribunal Constitucional, 19-12-2018

Número de sentenciaTC/0586/18
Número de expediente TC-04-2014-0247
Fecha19 Diciembre 2018
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2014-0247, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Jacobo
Antonio Zorrilla Báez contra la Sentencia núm. 839, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el
veintiséis (26) de junio de dos mil trece (2013). Página 1 de 34
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0586/18
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2014-0247, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por Jacobo
Antonio Zorrilla Báez contra la
Sentencia núm. 839, dictada por la Sala
Civil y Comercial de la Suprema Corte
de Justicia el veintiséis (26) de junio de
dos mil trece (2013).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Leyda
Margarita Piña Medrano, primera sustituta, presidente en funciones; Lino Vásquez
Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, Ana Isabel Bonilla
Hernández, Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano,
Jottin Cury David, Rafael Díaz Filpo, Wilson S. Gómez Ramírez e Idelfonso Reyes,
en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 y 277 de la Constitución, y 53 y siguientes de la Ley
núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente
sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2014-0247, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Jacobo
Antonio Zorrilla Báez contra la Sentencia núm. 839, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el
veintiséis (26) de junio de dos mil trece (2013). Página 2 de 34
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
La presente revisión de decisión jurisdiccional fue interpuesta contra la Sentencia
núm. 839, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el
veintiséis (26) de junio de dos mil trece (2013). Este fallo declaró inadmisible el
recurso de casación interpuesto por el señor Jacobo Antonio Zorrilla Báez contra la
Sentencia núm. 0489-2012, emitida por la Segunda Sala de la Cámara Civil y
Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional el treinta y uno (31) de
mayo de dos mil doce (2012). El dispositivo de la referida sentencia núm. 839 reza
de la manera siguiente:
Primero: Declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por el
señor Jacobo Antonio Zorrilla Báez, contra la sentencia núm. 489-2012,
dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de
Apelación del Distrito Nacional, el 31 de mayo de 2012, cuyo dispositivo se
copia en parte anterior del presente fallo; Segundo: Condena al recurrente,
Jacobo Antonio Zorrilla Báez, al pago de las cosas del procedimiento,
ordenando su distracción en provecho de los abogados de la parte
recurrida, Banco Central de la República Dominicana, cuyo medio de
inadmisión ha sido adoptado por este plenario, Dra. Olga Morel de Reyes
y los Licdos. Herbert Carvajal Oviedo, Rocío Paulino Burgos y Raquel
Mascaró de Báez, quienes afirman haberlas estado avanzando en su
totalidad; Tercero: Compensa las cosas respecto al Banco de Reservas de
la República Dominicana, Banco de Servicios Múltiples.
La referida sentencia núm. 839 fue notificada a la parte recurrente, señor Jacobo
Antonio Zorrilla Báez, mediante el Acto núm. 513/2014 instrumentado por el
ministerial Erasmo Paredes de los Santos, alguacil ordinario de la Suprema Corte de
Justicia, el tres (3) de septiembre de dos mil catorce (2014).
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2014-0247, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Jacobo
Antonio Zorrilla Báez contra la Sentencia núm. 839, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el
veintiséis (26) de junio de dos mil trece (2013). Página 3 de 34
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
El recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional contra la Sentencia
núm. 839 fue sometido al Tribunal Constitucional por el señor Jacobo Antonio
Zorrilla Báez, según instancia recibida en la Secretaría General de la Suprema Corte
de Justicia, el ocho (8) de septiembre de dos mil catorce (2014). Mediante el citado
recurso de revisión, la parte recurrente invoca que considera vulnerado por la
Suprema Corte de Justicia sus derechos a la defensa, a la igualdad, a la integridad
personal, a la tutela judicial efectiva y el debido proceso, consagrados en la
Constitución.
El recurso de que se trata fue notificado por el recurrente a la parte correcurrida,
Banco de Reservas de la República Dominicana, mediante el Acto núm. 901
instrumentado por la ministerial Ana Virginia Vásquez Toledo, alguacil de estrados
de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial
de San Pedro de Macorís, el veinticinco (25) de septiembre de dos mil catorce
(2014). De igual forma, dicho fallo fue notificado a la correcurrida Banco Central de
la República Dominicana mediante el Acto núm. 974 instrumentado por la misma
ministerial el veintiséis (26) de septiembre de dos mil catorce (2014).
3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia justificó esencialmente
su Sentencia núm. 839 ─mediante la cual declaró inadmisible el recurso de casación
incoado por el señor Jacobo Antonio Zorrilla Báez─, en los motivos siguientes:
Considerando, que, recientemente en un caso como el que nos ocupa, esta
Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia, en funciones de
Corte de Casación, al proceder a la interpretación del texto de ley que

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR