Sentencia Nº TC/0609/19 de Tribunal Constitucional, 26-12-2019

Número de sentenciaTC/0609/19
Número de expediente TC-05-2019-0118
Fecha26 Diciembre 2019
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0118, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por el señor
Babar Jawaid contra la Sentencia núm. 540-2019-SSEN-00049, dictada el cinco (5) de febrero de dos mil diecinueve (2019) por la
Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Samaná.
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0609/19 Referencia: Expediente núm. TC-05-
2019-0118, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo incoado por el señor Babar
Jawaid contra la Sentencia núm. 540-
2019-SSEN-00049, dictada el cinco
(5) de febrero de dos mil diecinueve
(2019) por la Cámara Civil, Comercial
y de Trabajo del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Judicial de
Samaná.
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de diciembre del año dos mil
diecinueve (2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino Vásquez Sámuel,
segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José Alejandro Ayuso, Alba
Luisa Beard Marcos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos
Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Gil, Wilson S. Gómez
Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en ejercicio
de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 de la Constitución, y 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0118, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por el señor
Babar Jawaid contra la Sentencia núm. 540-2019-SSEN-00049, dictada el cinco (5) de febrero de dos mil diecinueve (2019) por la
Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Samaná.
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Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, de trece (13) de
junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 540-2019-SSEN-00049, objeto del presente recurso de revisión,
fue dictada por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Judicial de Samaná el dos (2) de febrero de dos mil diecinueve
(2019); su dispositivo, copiado textualmente, es el siguiente:
Primero: En cuanto a la forma, Admite, la presente acción de amparo incoada
por la razón social Anglo Atlántica Development, S.R.L., y el señor Babar
Jawaid, en contra del Ayuntamiento Municipal de Las Terrenas y el señor
Antonio García George. Por haber sido interpuesta de conformidad con la
ley y el derecho. (sic)
Segundo: El tribunal libra acta de la entrega de los originales producidos en
audiencia por la parte accionada a la parte accionante de los documentos
siguientes: 1-Copia Certificada de la Carta Auténtica de la página de registro
contable o diario de ingreso correspondiente al mes de febrero del año 2008;
2-Original de la Comunicación de fecha 14 del mes de Noviembre del año
2018; 3-Original de la Certificación de fecha 23 del mes de Enero del año
2019, expedida por el Ayuntamiento Municipal de Las Terrenas. (sic)
Tercero: Declara libre de toda costa el presente proceso. (sic)
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0118, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por el señor
Babar Jawaid contra la Sentencia núm. 540-2019-SSEN-00049, dictada el cinco (5) de febrero de dos mil diecinueve (2019) por la
Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Samaná.
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Cuarto: Comisiona al Ministerial Fausto De León Miguel, Alguacil de
Estrados de este tribunal, para la notificación de la presente decisión. (sic)
La decisión anterior fue notificada al Ayuntamiento de Las Terrenas, representado
por su alcalde Antonio García George, mediante el Acto núm. 389/2019, de dieciséis
(16) de abril de dos mil diecinueve (2019), instrumentado por el ministerial Fausto
León Miguel, alguacil de estrados de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del
Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Samaná.
En el expediente no existe constancia de notificación de la sentencia recurrida al
señor Babar Jawaid.
2. Presentación del recurso de revisión
El recurrente, Babar Jawaid, vía secretaría de la Cámara Civil, Comercial y de
Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Samaná, interpuso
el presente recurso el cinco (5) de marzo de dos mil diecinueve (2019) y fue recibido
en la secretaría del Tribunal Constitucional el veintitrés (23) de mayo de dos mil
diecinueve (2019).
De acuerdo con la documentación que reposa en el expediente, el recurso de revisión
de sentencia de amparo que nos ocupa fue notificado a la parte recurrida,
Ayuntamiento de Las Terrenas, representado por su alcalde Antonio García George,
mediante Acto núm. 149/2019, de cinco (5) de marzo de dos mil diecinueve (2019),
instrumentado por el ministerial Faustino Morel Polanco, alguacil ordinario de la
Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito
Judicial de Samaná.
3. Fundamentos de la sentencia recurrida

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