Sentencia Nº TC/0630/18 de Tribunal Constitucional, 10-12-2018

Número de sentenciaTC/0630/18
Número de expediente TC-05-2018-0201
Fecha26 Febrero 2019
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0201, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por J.
.
F.B.V. en contra de la Sentencia núm. 030-2018-SSEN-00123, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el diecinueve (19) de abril de dos mil dieciocho (2018). Página 1 de 55
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0630/18 Referencia: Expediente núm. TC-05-
2018-0201, relativo al recurso de revisión
constitucional de sentencia de amparo
interpuesto por J..F..B..
.
V., contra la Sentencia núm. 030-2018-
SSEN-00123, dictada por la Primera Sala
del Tribunal Superior Administrativo el
diecinueve (19) de abril de dos mil
dieciocho (2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M.
.
R.G., presidente; L.M.P.M., primera sustituta; L.
.
V.S., segundo sustituto; H.A. de los Santos, J.P.
.
C.K., V..J.C..P., J.C..D., R.
.
D.F., W.G.R., K.M.J.M. e Idelfonso
R., jueces miembros; en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
y específicamente las previstas en el artículo 185.4 de la Constitución y los artículos
9 y 94 de la Ley número 137-11 Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio del año dos mil once (2011),
dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0201, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por J.
.
F.B.V. en contra de la Sentencia núm. 030-2018-SSEN-00123, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el diecinueve (19) de abril de dos mil dieciocho (2018). Página 2 de 55
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional en materia
de amparo
En ocasión de la acción de amparo interpuesta por el señor J.F..B.
.
V., contra el Consejo Estatal del Azúcar (CEA) y la señora L..P.B.,
la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo dictó el diecinueve (19) de
abril de dos mil dieciocho (2018), la Sentencia núm. 030-2018-SSEN-00123, cuyo
dispositivo, copiado textualmente, reza de la siguiente manera:
PRIMERO Acoge el medio de inadmisibilidad, en consecuencia, declara
inadmisible la acción de amparo intentada por el señor J.F.
.
B.V., contra el Consejo Estatal del Azúcar (CEA), el Ing.
P.C.M..O.P. y la señora L..P.B.,
en fecha quince (15) de febrero de 2018, por existir otra vía Judicial idónea
para tutelar los derechos argüidos como es el recurso contencioso
administrativo.
SEGUNDO: Declara libre de costas el presente proceso de conformidad con
el artículo 72 de la Constitución política de la República Dominicana, y el
artículo 66 de la Ley No. 137-11, de fecha 13 de junio del año 2011,
Orgánica del Tribunal Constitucional y de los procedimientos
Constitucionales.
TERCERO: Ordena, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín
Superior Administrativo.
La sentencia recurrida le fue notificada al señor J..F..B..V., el
dieciocho (18) de mayo de dos mil dieciocho (2018), mediante Acto núm. 314/18,
instrumentado por el ministerial R.Y.d.O.R., alguacil ordinario
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2018-0201, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por J.
.
F.B.V. en contra de la Sentencia núm. 030-2018-SSEN-00123, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el diecinueve (19) de abril de dos mil dieciocho (2018). Página 3 de 55
del Tribunal Superior Administrativo; y a las partes recurridas: Consejo Estatal del
Azúcar (CEA), mediante Acto núm. 570/18, instrumentado por el ministerial R.
.
Y.d.O.R., alguacil ordinario del Tribunal Superior Administrativo el
veintiocho (28) de junio de dos mil dieciocho (2018); a la señora L..P.
.
B., mediante Acto núm. 591/18, instrumentado por el ministerial Raymi Yoel
del Orbe Regalado, alguacil ordinario del Tribunal Superior Administrativo el
dieciséis (16) de mayo de dos mil dieciocho (2018) y a la Procuraduría General
Administrativa, mediante Instancia de Notificación instrumentada por la Secretaría
del Tribunal Superior Administrativo el nueve (9) de mayo de dos mil dieciocho
(2018).
2. Presentación del recurso de revisión constitucional en materia de amparo
La parte recurrente, señor J..F.B..V., interpuso el presente recurso
de revisión constitucional en materia de amparo el veintitrés (23) de mayo de dos
mil dieciocho (2018), y el mismo le fue notificado a las partes recurridas, Consejo
Estatal del Azúcar (CEA), a la señora L.P..B. y a la Procuraduría
General Administrativa, mediante Acto núm. 634-2018, instrumentado por el
ministerial R. E. G., alguacil ordinario del Tribunal Superior
Administrativo.
3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión constitucional en
materia de amparo
La Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo mediante su Sentencia núm.
030-2018-SSEN-00123, declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta por el
señor J.F.B..V., contra el Consejo Estatal del Azúcar (CEA), y
la señora L..P.B., por existir otra vía judicial idónea para tutelar los
derechos argüidos, como es el recurso contencioso administrativo, fundada, entre
otros, por los siguientes motivos:

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