Sentencia Nº TC/0636/19 de Tribunal Constitucional, 27-12-2019

Número de sentenciaTC/0636/19
Número de expediente TC-04-2019-0047
Fecha27 Diciembre 2019
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0047, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por los señores
Dulce Milagro Reyes Cruz, Rosa Ybel Reyes Cruz, Alfio Tony Reyes Cruz y Alexis Felicita Reyes Cruz contra la Sentencia núm.
921, dictada la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso Administrativo y Contencioso Tributario de la Suprema Corte de
Justicia el veinte (20) de diciembre de dos mil diecisiete (2017).
Página 1 de 48
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0636/19
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2019-0047, relativo al recurso de revisión
constitucional de decisión jurisdiccional
incoado por los señores Dulce Milagro
Reyes Cruz, Rosa Ybel Reyes Cruz, Alfio
Tony Reyes Cruz y Alexis Felicita Reyes
Cruz contra la Sentencia núm. 921, dictada
la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras,
Contencioso Administrativo y Contencioso
Tributario de la Suprema Corte de Justicia
el veinte (20) de diciembre de dos mil
diecisiete (2017).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de diciembre del año dos mil
diecinueve (2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Rafael
Díaz Filpo, primer sustituto en funciones de presiente; Lino Vásquez Sámuel,
segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José Alejandro Ayuso, Justo
Pedro Castellanos Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Gil, Wilson
S. Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero,
en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 de la Constitución y 9, 53 y siguientes de la Ley núm.
137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0047, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por los señores
Dulce Milagro Reyes Cruz, Rosa Ybel Reyes Cruz, Alfio Tony Reyes Cruz y Alexis Felicita Reyes Cruz contra la Sentencia núm.
921, dictada la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso Administrativo y Contencioso Tributario de la Suprema Corte de
Justicia el veinte (20) de diciembre de dos mil diecisiete (2017).
Página 2 de 48
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente
sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional
La Sentencia núm. 921, objeto del presente recurso de revisión constitucional, fue
dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso Administrativo y
Contencioso Tributario de la Suprema Corte de Justicia el veinte (20) de diciembre
de dos mil diecisiete (2017). Dicha decisión rechaza el recurso de casación
interpuesto por los señores Dulce Milagro Reyes Cruz, Rosa Ybel Reyes Cruz, Alfio
Tony Reyes Cruz y Alexis Felicita Reyes Cruz, tras constatar que el Tribunal
Superior de Tierras del Departamento Central había hecho una correcta aplicación
del derecho. La parte dispositiva de dicha sentencia reza, textualmente, como sigue:
Primero: Rechaza el recurso de casación interpuesto por los señores Dulce
Milagro Reyes Cruz, Rosa Ybel Reyes Cruz, Alfio Tony Reyes Cruz y Alexis
Felícita Reyes Cruz, contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de
Tierras del Departamento Noreste el 2 de marzo de 2016, en relación al
Solar núm. 5, de la Manzana núm. 28, del Distrito Catastral núm. 1, del
municipio de Tenares, provincia Hermanas Mirabal, cuyo dispositivo se ha
copiado en parte anterior del presente fallo; Segundo: Condena a la parte
recurrente al pago de las costas del procedimiento en provecho de la Licda.
Clara María Méndez Peña, quien afirma haberlas avanzado en su totalidad.
La citada decisión fue notificada a la parte recurrente a través del Acto núm. 239-
2018, instrumentado por el ministerial Julio Alberto Montes de Oca Santiago,
alguacil ordinario de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0047, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por los señores
Dulce Milagro Reyes Cruz, Rosa Ybel Reyes Cruz, Alfio Tony Reyes Cruz y Alexis Felicita Reyes Cruz contra la Sentencia núm.
921, dictada la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso Administrativo y Contencioso Tributario de la Suprema Corte de
Justicia el veinte (20) de diciembre de dos mil diecisiete (2017).
Página 3 de 48
Judicial de Santo Domingo, el veintidós (22) de febrero de dos mil dieciocho (2018),
a requerimiento de la parte recurrida.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional
El presente recurso fue interpuesto en fecha veintiuno (21) de marzo de Dos mil
dieciocho (2018) por ante la Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia y
recibido por este tribunal el primero (1°) de abril de Dos mil diecinueve (2019), con
la finalidad, según indica en su escrito, de que revoque la sentencia recurrida por
presuntamente vulnerar los derechos fundamentales a una tutela judicial efectiva y
al debido proceso, en sus vertientes del derecho de defensa, a un juicio imparcial, a
la prueba y a obtener una sentencia basada en Derecho congruente.
Dicho recurso fue notificado a la parte recurrida, señor Alonso Méndez Peña,
mediante acto núm. 1021/2018, de fecha treinta y uno (31) de octubre del año Dos
mil dieciocho (2018), instrumentado por el ministerial Silverio Zapata Guzmán,
alguacil ordinario de la Suprema Corte de Justicia, a requerimiento de la Secretaría
General de la Suprema Corte de Justicia.
3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión constitucional
La Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso Administrativo y Contencioso
Tributario de la Suprema Corte de Justicia, en su Sentencia núm. 921, decidió el
recurso de casación, con base, fundamentalmente, en los motivos siguientes:
Considerando, que en la sentencia impugnada y en los documentos a que
ella se refiere, consta lo siguiente: a) que en ocasión de una Litis sobre
Derechos Registrados, en relación al Solar núm. 5, de la Manzana núm. 28,
del Distrito Catastral núm. 1, del municipio de Tenares, provincia Hermanas
Mirabal, fue apoderado el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR