Sentencia Nº TC/0662/18 de Tribunal Constitucional, 10-12-2018

Número de sentenciaTC/0662/18
Fecha28 Febrero 2019
Número de expediente TC-05-2016-0440
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0440, relativo al recurso de revisión con stitucional de sentencia de amparo interpuesto por R.
.
T.N. contra la S.a núm. 00372-2016, dictada el doce (12) de septiembre de dos mil dieciséis (2016) por la Tercera
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0662/18
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2016-0440, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo interpuesto por R.T..e.
.
N., contra la Sentencia núm. 00372-
2016, dictada el doce (12) de
septiembre de dos mil dieciséis (2016)
por la Tercera Sala del Tribunal
Superior Administrativo.
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciembre de dos mil dieciocho (2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M.
.
R.G., presidente; L.M.P.M., primera sustituta; L.
.
V.S., segundo sustituto; H.A. de los Santos, V.
.
J..C.P., R..D..F., W..S..G..R., K.
.
M.J.M.ínez e I.R.es, en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la
Constitución y 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, O.a del Tribunal Constitucional y
de los P.edimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011),
dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0440, relativo al recurso de revisión con stitucional de sentencia de amparo interpuesto por R.
.
T.N. contra la S.a núm. 00372-2016, dictada el doce (12) de septiembre de dos mil dieciséis (2016) por la Tercera
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La S.a núm. 00372-2016, objeto del presente recurso de revisión de amparo,
fue dictada el doce (12) de septiembre de dos mil dieciséis (2016) por la Tercera
Sala del Tribunal Superior Administrativo, cuyo dispositivo es el siguiente:
PRIMERO: DECLARA regular y válida, en cuanto a la forma, la presente
Acción Constitucional de Amparo, interpuesta en fecha 17/08/2016, por el
señor R..T..N..Z., en contra del MINISTERIO DE
INTERIOR Y POLICÍA y el LIC. J.R..F.F. (sic),
MINISTRO DE INTERIOR Y POLICÍA, por haber sido interpuesta de
conformidad con la ley que regula la materia.
SEGUNDO: RECHAZA en cuanto al fondo la citada Acción Constitucional
de Amparo interpuesta por el señor R..T.N., en contra
del MINISTERO DE INTERIOR Y POLICÍA y el LIC. JOSÉ RAMÓN FADUL
FADUL, MINISTRO DE INTERIOR Y POLICÍA, por los motivos expuestos.
TERCERO: DECLARA libre de costas el presente proceso de conformidad
con el artículo 66 de la Ley No. 137-11 de fecha 13 de junio del año 2011,
O.a del Tribunal Constitucional y de los P.edimientos
Constitucionales.
CUARTO: ORDENA que la presente S.a sea publicada en el Boletín
del Tribunal Superior Administrativo.

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