Sentencia Nº TC/0663/18 de Tribunal Constitucional, 10-12-2018
Número de sentencia | TC/0663/18 |
Fecha | 28 Febrero 2019 |
Número de expediente | TC-04-2017-0181 |
Emisor | Tribunal Constitucional (República Dominicana |
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0181, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por J.
.E.H. contra la Sentencia núm. 800, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Co rte de Justicia el veintisiete (27) de
julio de dos mil dieciséis (2016). Página 1 de 42
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0663/18 Referencia: Expediente núm. TC-04-
2017-0181, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por J.
.E..H. contra la Sentencia
núm. 800, dictada por la Segunda Sala
de la Suprema Corte de Justicia el
veintisiete (27) de julio de dos mil
dieciséis (2016).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M.
.R.G., presidente; L.M.P.M., primera sustituta; Lino
V.S., segundo sustituto; H..A. de los Santos, A.I.
.B..H., J..P.C.K., V..J.C.
.P., J..C.D., R.D..F., W..i.S.G..e.R. e I.
.R., en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente
las previstas en los artículos 185.4 y 277 de la Constitución y los artículos 9 y 53 de
la ley número 137-11, orgánica del Tribunal Constitucional y de los procedimientos
constitucionales, de fecha trece (13) de junio del año dos mil once (2011), dicta la
siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0181, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por J.
.E.H. contra la Sentencia núm. 800, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Co rte de Justicia el veintisiete (27) de
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1. Descripción de la decisión jurisdiccional recurrida en revisión
constitucional de decisión jurisdiccional
El presente recurso de revisión tiene como objeto la Sentencia núm. 800, dictada por
la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintisiete (27) de julio de dos
mil dieciséis (2016), en ocasión del recurso de casación interpuesto por J..E.
.H. y V..C.L.a, contra la Sentencia núm. 627-2015-00137,
dictada por la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Puerto Plata el cinco
(5) de mayo de dos mil quince (2015), la cual confirmaba, a su vez, las condenas de
treinta (30) años de prisión, más al pago de una multa de un millón de pesos con
00/100 ($1,000,000.00) impuestas a J..E..H.; y la pena de diez (10)
años de prisión más el pago de una multa de diez mil peso dominicanos con 00/100
($10,000.00) impuesta a V.C.L., mediante Sentencia núm.
00254-2014, dictada por el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de
Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata el nueve (9) de septiembre de
dos mil catorce (2014). La Sentencia núm. 800, objeto del presente recurso de
revisión constitucional de decisión jurisdiccional, en su parte dispositiva, de manera
textual, indica lo siguiente:
Primero: Rechaza los recursos de casación incoados por Jhon E..
.H.V..C.L., contra la sentencia núm. 627-2015-
00137, dictada por la Corte de Apelación del Departamento Judicial de
Puerto Plata el 5 de mayo de 2015, cuyo dispositivo se copia en parte
anterior de la presente resolución;
Segundo: Condena a los recurrentes al pago de las costas penales del
proceso;
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2017-0181, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por J.
.E.H. contra la Sentencia núm. 800, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Co rte de Justicia el veintisiete (27) de
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Tercero: Ordena a la secretaría de esta Suprema Corte de Justicia notificar
la presente decisión a las partes y al Juez de la Ejecución de la Pena del
departamento Judicial de Puerto Plata.
La referida decisión fue notificada el veinticinco (25) de agosto de dos mil dieciséis
(2016) a la parte recurrente, J.E.H., mediante memorándum emitido
por la secretaria general de la Suprema Corte de Justicia. En cambio, no hay
constancia de la notificación de dicha decisión a la parte recurrida, Procuraduría
General de la República.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
El recurrente, J.E.H.ldago, interpuso el presente recurso de revisión
constitucional de decisión jurisdiccional, el veintitrés (23) de septiembre de dos mil
diecisiete (2017), ante la Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia, con el
propósito de que sea anulada la Sentencia núm. 800, fundamentándose en los
argumentos que se detallarán más adelante.
El mencionado recurso de revisión fue notificado a la parte recurrida, Procuraduría
General de la República, el siete (7) de octubre de dos mil dieciséis (2016), mediante
el Oficio núm. 18873, emitido por la secretaria general interina de la Suprema Corte
de Justicia.
3. Fundamentos de la decisión recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia fundamentó la decisión
jurisdiccional atacada, entre otros, en los argumentos siguientes:
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