Sentencia Nº TC/0666/18 de Tribunal Constitucional, 10-12-2018

Número de sentenciaTC/0666/18
Número de expediente TC-01-2015-0030
Fecha28 Febrero 2019
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-01-2015-0030, relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por R.R.D.
.
S., V.J.D.S., W.J.D.S., P.A.D.S., Á.M.D.S.,
P.M.D.S. y C.L.S.T., contra: a) La Resolución núm. 121-99, emitida por el Congreso
Nacional el siete (7) de ju lio de mil novecientos noventa y nueve (1999), que aprueba el contrato de concesión entre el Estado
Dominicano, la Comisión Aeroportuaria y Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI y b) la Resolución núm. 66-01, de siete (7) de
febrero de dos mil uno (2001), emitida por el Congreso Nacional, que aprueba el addendum, al contrato de concesión aeroportuaria
suscrito entre el Estado Dominicano, la Comisión Aeroportuaria y la empresa Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI.
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0666/18
Referencia: Expediente núm. TC-01-
2015-0030, relativo a la acción directa
de inconstitucionalidad interpuesta por
R.R..D.S., V.
.
J.D.S., W..J.D.
.
S., P.A.D..S.,
Á.M.D.S., P.
.
M.D.S.tana y Clara Luz
Santana Torres contra: a) La
Resolución núm. 121-99, emitida por
el Congreso Nacional el siete (7) de
julio de mil novecientos noventa y
nueve (1999), que aprueba el contrato
de concesión para la administración de
los aeropuertos nacionales entre el
Estado dominicano, la Comisión
Aeroportuaria y Aeropuertos
Dominicanos Siglo XXI y b) la
Resolución núm. 66-01, de siete (7) de
febrero de dos mil uno (2001), emitida
por el Congreso Nacional, la cual
aprueba el addendum al contrato de
concesión aeroportuaria suscrito entre
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-01-2015-0030, relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por R.R.D.
.
S., V.J.D.S., W.J.D.S., P.A.D.S., Á.M.D.S.,
P.M.D.S. y C.L.S.T., contra: a) La Resolución núm. 121-99, emitida por el Congreso
Nacional el siete (7) de ju lio de mil novecientos noventa y nueve (1999), que aprueba el contrato de concesión entre el Estado
Dominicano, la Comisión Aeroportuaria y Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI y b) la Resolución núm. 66-01, de siete (7) de
febrero de dos mil uno (2001), emitida por el Congreso Nacional, que aprueba el addendum, al contrato de concesión aeroportuaria
suscrito entre el Estado Dominicano, la Comisión Aeroportuaria y la empresa Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI.
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el Estado dominicano, la Somisión
Aeroportuaria y la sociedad comercial
Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI,
S.A.
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M.
.
R.G., presidente; L.M.P.M., primera sustituta; L.
.
V.S., segundo sustituto; H..A. de los Santos, A.I.
.
B..H., J.P..C..K., V..J..C.
.
P., J..C..D., R..D..F. y W.S..G..R., en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185 de la Constitución y 36 de la Ley núm. 137-11,
Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, de
trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de las resoluciones impugnadas
1.1. La presente acción directa interpuesta por R.R.D.S.,
V.J.D..S., W.do J.D..S., P..A.D..S.,
Á.M..D..S., P.M..D..S. y Clara Luz Santana
Torres el tres (3) de septiembre de dos mil quince (2015), tiene por objeto que sea

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