Sentencia Nº TC/0671/18 de Tribunal Constitucional, 10-12-2018

Número de sentenciaTC/0671/18
Número de expediente TC-04-2017-0060
Fecha28 Febrero 2019
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente m. TC-04-2017-0060, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por M.
.
Á.D.D. contra la Sentencia núm. 1153, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Ju sticia el cinco
(5) de octubre de dos mil dieciséis (2016). Página 1 de 35
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0671/18
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2017-0060, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional incoado por M.
.
Á..D..D., contra la Sentencia
núm. 1153, dictada por la Sala Civil y
Comercial de la Suprema Corte de
Justicia el cinco (5) de octubre de dos
mil dieciséis (2016).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M.
.
R.G., presidente; L.M.P.M., primera sustituta; L.
.
V.S., segundo sustituto; H..A. de los Santos, A..I.
.
B..H., J..P..C.K., V..J.C.
.
P., J..C.D., R.D.F., W.S.. G.R. e
I.R., en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185.4 y 277 de la Constitución y 9 y
53 de la Ley núm. 137-11 Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011),
dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente m. TC-04-2017-0060, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por M.
.
Á.D.D. contra la Sentencia núm. 1153, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Ju sticia el cinco
(5) de octubre de dos mil dieciséis (2016). Página 2 de 35
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la decisión recurrida
La Sentencia núm. 1153, decisión objeto del presente recurso de revisión
constitucional, fue dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de
Justicia el cinco (5) de octubre de dos mil dieciséis (2016), cuyo dispositivo reza
de la manera siguiente:
Primero: Rechaza el recurso de casación interpuesto por los señores
M.Á.D. y B..M.M. de D., contra la sentencia
civil núm. 00139/2010, de fecha 13 de mayo de 2010, dictada por la Cámara
Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de
Santiago, cuyo dispositivo figura copiado en parte anterior del presente
fallo; Segundo: Condena a los recurrentes, señores M..Á.D. y
B.M..M. de D., al pago de las costas a favor del L..
Domingo F.S..R., abogado de los recurridos, quien afirma
haberlas avanzado en su totalidad.
Dicha sentencia fue notificada a la parte recurrente, M.Á.D.D.,
mediante Acto núm. 656-2016, de treinta (30) de noviembre de dos mil dieciséis
(2016), instrumentado por el ministerial J.I.V..N., alguacil
ordinario del Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de
Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente m. TC-04-2017-0060, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por M.
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Á.D.D. contra la Sentencia núm. 1153, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Ju sticia el cinco
(5) de octubre de dos mil dieciséis (2016). Página 3 de 35
2. Presentación del recurso de revisión constitucional
El quince (15) de diciembre de dos mil dieciséis (2016), ante la Secretaría General
de la Suprema Corte de Justicia, M..Á.D..D. interpuso un recurso de
revisión constitucional contra la sentencia objeto del presente recurso.
Dicho recurso fue notificado a la parte recurrida, R..R..E.B. y
M..C.E..B., mediante Acto núm. 998/2016, de diecinueve
(19) de diciembre de dos mil dieciséis (2016), instrumentado por el ministerial
D.F..R., alguacil de estrados del Primer Tribunal Colegiado de
la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago.
La parte recurrida, R.R.E.B. y M.C.E.
.
B., el diecinueve (19) de enero de dos mil diecisiete (2017), depositó su escrito
de defensa ante la Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia. Dicho
escrito fue notificado a la parte recurrente el diez (10) de febrero de dos mil
diecisiete (2017), según consta en el Oficio núm. 2298, suscrito por la Secretaría
General de la Suprema Corte de Justicia.
3. Fundamentos de la sentencia recurrida
La Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia dictó la referida
decisión, esencialmente, por los motivos siguientes:
Considerando, que es importante destacar, que esta Sala Civil y Comercial
de la Suprema Corte de Justicia ha juzgado en reiteradas ocasiones, criterio
que se reafirma en la especie, que si bien es cierto que como la sentencia de
adjudicación pone término a la facultad de demandar las nulidades de
procedimiento, la única posibilidad de atacar la sentencia de adjudicación

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