Sentencia Nº TC/0825/17 de Tribunal Constitucional, 13-12-2017

Número de sentenciaTC/0825/17
Fecha13 Diciembre 2017
Número de expediente TC-04-2015-0233
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2015-0233, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Edward
Antonio Fernández contra la Sentencia núm. 237, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintidós (22) de
julio de dos mil trece (2013). Página 1 de 64
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0825/17
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2015-0233, relativo al recurso de revisión
constitucional de decisión jurisdiccional
interpuesto por Edward Antonio Fernández
contra la Sentencia núm. 237, dictada por la
Segunda Sala de la Suprema Corte de
Justicia el veintidós (22) de julio de dos mil
trece (2013).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los trece (13) días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete
(2017).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Lino Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes
Acosta de los Santos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos
Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Jottin Cury David, Rafael Díaz Filpo,
Víctor Gómez Bergés, Wilson S. Gómez Ramírez e Idelfonso Reyes, en ejercicio de
sus competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 y 277 de la Constitución y los artículos 9 y 53 de la Ley núm. 137-
11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales
del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2015-0233, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Edward
Antonio Fernández contra la Sentencia núm. 237, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintidós (22) de
julio de dos mil trece (2013). Página 2 de 64
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la decisión jurisdiccional recurrida en revisión
constitucional de decisión jurisdiccional
El presente recurso de revisión tiene como objeto la Sentencia núm. 237, dictada por
la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintidós (22) de julio de dos mil
trece (2013). Su dispositivo, copiado íntegramente, es el siguiente:
Primero: Rechaza el recurso de casación interpuesto por Edward Antonio
Fernández, imputado y civilmente responsable, contra la sentencia núm.
00019-13, dictada por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del
Departamento Judicial de Barahona el 24 de enero de 2013, cuyo dispositivo
se copia en parte anterior del presente fallo; Segundo: Se declaran las costas
penales del proceso de oficio, en razón del imputado haber sido asistido por
la Oficina Nacional de la Defensoría Pública; Tercero: Ordena a la
secretaria notificar la presente decisión a las partes, y al Juez de la
Ejecución del Departamento Judicial de Barahona.
Mediante el Acto s/n, instrumentado por el ministerial Rafael A. Lemonier Sánchez,
alguacil de estrados de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito
Judicial de Azua el nueve (9) de marzo de dos mil quince (2015), a requerimiento
de la secretaria general de la Suprema Corte de Justicia, le fue notificada al
recurrente, Edward Antonio Fernández, la decisión jurisdiccional antedicha.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
El recurrente, Edward Antonio Fernández, interpuso el presente recurso de revisión
constitucional de decisión jurisdiccional el diecisiete (17) de marzo de dos mil
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2015-0233, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Edward
Antonio Fernández contra la Sentencia núm. 237, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintidós (22) de
julio de dos mil trece (2013). Página 3 de 64
quince (2015), ante la Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia, a fin de
que sea anulada la Sentencia núm. 237, fundamentándose en los alegatos que se
exponen más adelante.
El recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional fue notificado a la
parte recurrida, Xiomara Daniela Carrasco Gómez y Miguel José Agramonte Vélez,
mediante el Acto núm. 330-2015, instrumentado por el ministerial Iván Danilo Arias
Guevara, alguacil de estrados de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del
Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Barahona, el dieciocho (18) de
marzo de dos mil quince (2015).
3. Fundamentos de la decisión recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia fundamentó la sentencia atacada,
en suma, considerando lo siguiente:
a. Considerando, que como se advierte, la Corte a-qua, verificó y
respondió lo argüido por el recurrente Edward Antonio Fernández en su
recurso de apelación con una correcta fundamentación de la sentencia,
observando a su vez las prescripciones del artículo 339 del Código Procesal
Penal, y verificando así que la pena impuesta por el tribunal de primer
grado se ajusta a los parámetros establecidos en esta prescripción legal,
por consiguiente procede desestimar este aspecto del recurso.
b. Considerando, que en relación al estado de indefensión argumentado
por el recurrente, respecto al error material contenido en la motivación de
la sentencia en lo referente a la pena impuesta, el mismo no se evidencia en
el presente proceso, toda vez que del examen de la sentencia emitida por el
tribunal de primer grado se observa, que el propósito de los juzgadores era

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