Sentencia nº 69 de Suprema Corte de Justicia, del 25 de Febrero de 2015.

Fecha25 Febrero 2015
Número de resolución69
Número de sentencia69
EmisorTercera Sala Suprema Corte de Justicia

Sentencia Núm. 69

G.A. De Subero, secretaria general de la Suprema Corte de Justicia, certifica. Que en los archivos a su cargo existe un expediente que contiene una sentencia de fecha 25 de febrero de 2015, que dice:

TERCERA SALA

Audiencia pública del 25 de febrero del 20152. Preside: M.R.H.C..

D., Patria y Libertad

En Nombre de la República, la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso Administrativo y Contencioso Tributario de la Suprema Corte de Justicia, dicta en audiencia pública la siguiente sentencia:

Sobre el recurso de casación interpuesto por la compañía Corporación de Seguridad Integral, S.R.L., sociedad de comercio

1

Av. E.J.M., Esq. J. De Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D.
• Tel.: 809-533-3191 • www.suprema.gov.do • E-mail: suprema.corte@verizon.net.do

Desistimiento legalmente constituida de conformidad con las leyes de la República, con su domicilio ubicado en la Secretaría de la Corte de Trabajo del Departamento Judicial de Santiago, debidamente representada por el señor F.G.E., dominicano, mayor de edad, Cédula de Identidad y Electoral núm. 001-0228456-9, con domicilio y residencia en la calle V.D.O., núm. 17, E.M., contra la sentencia dictada por la Corte de Trabajo del Departamento Judicial de Santiago, el 19 de junio de 2012, cuyo dispositivo se copia más adelante;

Oído al alguacil de turno en la lectura del rol;

Oído en la lectura de sus conclusiones al Lic. M.A.A.C., por sí y por la Dra. T.C. De la Rosa, abogados de la recurrente la compañía Corporación de Seguridad Integral, S.A.;

Visto el memorial de casación depositado en la secretaría de la Corte de Trabajo del Departamento Judicial de Santiago, el 30 de agosto de 2012, suscrito por la Dra. T.C. De la Rosa y el Licdo. M.A.A.C., Cédulas de Identidad y Electoral núms. 001-0241687-2 y 001-0288921-9, abogados de la recurrente;

2

Av. E.J.M., Esq. J. De Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D.
• Tel.: 809-533-3191 • www.suprema.gov.do • E-mail: suprema.corte@verizon.net.do
Visto el memorial de defensa depositado en la secretaría de la Suprema Corte de Justicia el 6 de junio de 2013, suscrito por el Lic. J.F.R., Cédula de Identidad y Electoral núm. 031-0200745-1, abogado del recurrido J.C.M.;

Vista la instancia depositada el 3 de diciembre de 2014 en la Secretaría de la Suprema Corte de Justicia, suscrita y firmada por el Lic. M.A.A.C. y la Dra. T.C. De la Rosa, abogados de la parte recurrente la compañía Corporación de Seguridad Integral, S.A., mediante la cual solicitan el archivo definitivo del expediente por el acuerdo transaccional arribado entre las partes en litis, contentiva: a) Descargo Legal y Finiquito firmado por las partes Licdos. J.F.R. y A.V.R., b) Cheque núm. 015478 a nombre de J.C.M.R. por valor de RD$164,291.32, c) Cheque núm. 015479, a nombre del L.. J.F.R., por valor de RD$60,000.00 como pago de honorarios profesionales, todo de fecha 6 de agosto de 2014 y los cheques girados contra el Banco Dominicano del Progreso, Banco Múltiple;

Visto el Descargo Legal y Finiquito, anteriormente descrito, cuyas firmas están debidamente legalizadas por la Dra. Ydalia

3

Av. E.J.M., Esq. J. De Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D.
• Tel.: 809-533-3191 • www.suprema.gov.do • E-mail: suprema.corte@verizon.net.do
Calzado De la Rosa, Abogado Notario Público de los del Número para el Distrito Nacional, en fecha 6 de agosto del 2014, contentivo de las condenaciones contenidas en la sentencia laboral de fecha 31 de agosto de 2012, dictada por la Corte de Trabajo del Departamento Judicial de Santiago, recurrida en casación, y de los honorarios profesionales, costas y gastos por concepto del pago total amigable y definitivo y sin reservas de ninguna especie;

Vista la Ley núm. 25 de 1991, modificada por la Ley núm. 156 de 1997;

Considerando, que es interés de todo recurrente, el hacer aniquilar los efectos de la sentencia impugnada; que, cuando como en el presente caso, las partes, mediante transacción, acuerdan poner término a la litis y el recurrente presta aquiescencia a la sentencia impugnada, es evidente que carece de interés estatuir sobre dicho recurso;

Considerando, que después de haber sido interpuesto el recurso de casación de que se trata, y después de ser conocido, las partes en sus respectivas calidades de recurrente y recurrida, han desistido de dicho recurso, desistimiento que ha sido aceptado por las mismas.

4

Av. E.J.M., Esq. J. De Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D.
• Tel.: 809-533-3191 • www.suprema.gov.do • E-mail: suprema.corte@verizon.net.do
Por tales motivos, Primero: Da acta del desistimiento hecho por la recurrente compañía Corporación de Seguridad Integral, S.A., del recurso de casación por ella interpuesto contra la sentencia dictada por la Corte de Trabajo del Depatamento Judicial de Santigo el 19 de junio de 2012; Segundo: Declara que no ha lugar a estatuir sobre dicho recurso; Tercero: Ordena el archivo del expediente.

Así ha sido hecho y juzgado por la Tercera Sala de de lo Laboral, Tierras, Contencioso Administrativo y Contencioso Tributario de la Suprema Corte de Justicia y la sentencia pronunciada por la misma, en la ciudad de Santo Domingo de G., Distrito Nacional, capital de la República, en su audiencia pública del 25 de febrero de 2015, años 171° de la Independencia y 152° de la Restauración.

(Firmados).-M.R.H.C.-EdgarH.M..- S.H.M..-R.C.P.A..-

La presente sentencia ha sido dada y firmada por los señores Jueces que figuran al pie, en la audiencia pública del día, mes y año en él expresados, y fue firmada, leída y publicada por mí, Secretaria General, que certifico.

5

Av. E.J.M., Esq. J. De Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D.
• Tel.: 809-533-3191 • www.suprema.gov.do • E-mail: suprema.corte@verizon.net.do

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR