Sentencia nº 3541-2017 de Suprema Corte de Justicia, del 28 de Septiembre de 2017.
Fecha | 28 Septiembre 2017 |
Número de resolución | 3541-2017 |
Número de sentencia | 3541-2017 |
Emisor | Segunda Sala Suprema Corte de Justicia |
Exp. 2017-3891
Rc: B.S., S.R.L.
Admisible
Resolución Núm. 3541-2017
C.A.R.V., Secretaria General de la Suprema Corte de Justicia, certifica. Que en los archivos a su cargo existe un expediente que contiene una resolución de fecha de 228 de septiembre de 2017, que dice:
D., Patria y Libertad República Dominicana
En Nombre de la República, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, regularmente constituida por los Jueces; M.C.G.B.P.; E.E.A.C., A.A.M.S., F.E.S.S. e H.R., en la ciudad de Santo Domingo de G., Distrito Nacional, hoy 28 de septiembre de 2017, años 174° de la Independencia y 155° de la Restauración, dicta en Cámara de Consejo, la siguiente resolución, con el voto unánime de los Jueces:
Sobre el recurso de casación interpuesto por Banca Siler, S.R.L., sociedad comercial con domicilio social en la calle S.R., núm. 48, Santiago, República Dominicana, querellante y actor civil, contra la sentencia núm. 1050-2015, dictada por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santiago el 14 de diciembre de 2015;
Visto el escrito contentivo del memorial de casación suscrito por los Licdos. J.F.T. y J.M.R., en representación de la recurrente, depositado en la secretaría de la Corte a-qua el 16 de febrero de 2016, mediante el cual interpone dicho recurso;
Visto el escrito de contestación suscrito por la Licda. L.D.R.S., defensa pública, actuando a nombre y representación de E. de J.P.E., imputado, depositado en la secretaría de la Corte a-qua el 27 de Exp. 2017-3891
Rc: B.S., S.R.L.
Admisible
agosto de 2015;
Visto la Constitución de la República, los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos, de los cuales la República Dominicana es signataria y los artículos 393, 396, 399, 400, 418, 419, 425, 426 y 427 del Código Procesal Penal, modificado por la Ley 10-15, del 10 de febrero de 2015;
Atendido, que el mencionado recurso cumple con las disposiciones contenidas en los artículos, 393, 399, 400, 418, 425 y 426 del Código Procesal Penal, modificado por la Ley 10-15, del 10 de febrero de 2015.
Por tales motivos, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia,
R E S U E L V E
Primero: Admite como interviniente a E. de J.P.E., en el recurso de casación interpuesto por Banca Siler, S.R.L., contra la sentencia núm. 1050-2015, dictada por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santiago el 14 de diciembre de 2015;
Segundo: Declara admisible el referido recurso y fija audiencia pública a fin de conocer los méritos del mismo, para el día lunes once (11) de diciembre del año dos mil diecisiete (2017), a las nueve horas de la mañana (9:00 A.
M.), en el Salón de Audiencias de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, ubicada en el sexto piso del edificio de la Suprema Corte de Justicia y la Procuraduría General de la República, avenida E.J.M., Centro de los Héroes; Exp. 2017-3891
Rc: B.S., S.R.L.
Admisible
Tercero: Ordena que la presente resolución sea notificada a las partes.
(Firmados).-M.C.G.B..- E.E.A.C..- A.A.M.S..- F.E.S.S..-
Nos, Secretaria General, certifico que la presente resolución ha sido dada y firmada por los Jueces que figuran en su encabezamiento, el mismo día, mes y año en él expresados.-
La presente copia se expide en Santo Domingo, Distrito Nacional, en fecha 08 de junio de 2018, para los fines correspondientes. Exonerada de pagos de impuestos y sellos de impuesto internos.
C.A.R.V..
Secretaria General -
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Sentencia de Suprema Corte de Justicia, del 9 de Abril de 2018.
...actuando a nombre y representación de E. de J.P.E., depositado en la secretaría de la Corte a-qua el 27 de agosto de 2015; Visto la resolución núm. 3541-2017, dictada por esta Sala de la Suprema Corte de Justicia del 28 de septiembre de 2017, mediante la cual se declaró admisible el recurso......
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Sentencia de Suprema Corte de Justicia, del 9 de Abril de 2018.
...actuando a nombre y representación de E. de J.P.E., depositado en la secretaría de la Corte a-qua el 27 de agosto de 2015; Visto la resolución núm. 3541-2017, dictada por esta Sala de la Suprema Corte de Justicia del 28 de septiembre de 2017, mediante la cual se declaró admisible el recurso......