Sentencia nº 213 de Suprema Corte de Justicia, del 27 de Abril de 2016.

Fecha27 Abril 2016
Número de sentencia213
Número de resolución213
EmisorTercera Sala Suprema Corte de Justicia

Sentencia No. 213

MERCEDES A. MINERVINO A., SECRETARIA GENERAL INTERINA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, CERTIFICA. QUE EN LOS ARCHIVOS A SU CARGO EXISTE UN EXPEDIENTE QUE CONTIENE UNA SENTENCIA DE FECHA 27 DE ABRIL DEL 2016, QUE DICE:

TERCERA SALA.

Audiencia pública del 27 de abril de 2016. Preside: M.R.H.C..

D., Patria y Libertad

En Nombre de la República, la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso-Administrativo y Contencioso-Tributario de la Suprema Corte de Justicia, dicta en audiencia pública la siguiente sentencia:

Sobre el recurso de casación interpuesto por la razón social 4 Generaciones, S. A., razón social debidamente organizada, formada y constituida de conformidad con las leyes de República Dominicana, con domicilio social y principal en la calle 30 de M.N.. 10-A, sector de G., debidamente representada por el Sr. J.Á.L.R., dominicano, mayor de edad, domiciliado y residente en esta ciudad, contra

Desistimiento la sentencia dictada por la Corte de Trabajo del Departamento Judicial de La Vega, en fecha 20 de febrero de 2015;

Visto el memorial de casación depositado en la secretaría de la Corte de Trabajo del Departamento Judicial de La Vega, el 5 de junio de 2015, suscrito por el Lic. A.A.C.A., Cédula de Identidad y Electoral núm. 001-0643319-6, abogado de la parte recurrente 4 Generaciones, S. A.;

Visto el memorial de defensa depositado en la secretaría de la Suprema Corte de Justicia, el 22 de junio de 2015, suscrito por el Lic. J.D.G. Garrido, Cédula de Identidad y Electoral núm. 047-0148526-2, abogado del recurrido M.Z.P.M.;

Vista la solicitud de Desistimiento, de fecha 12 de febrero de 2016, suscrita por el Lic. A.A.C.A., abogado de la parte recurrente, 4 Generación, S.A., mediante la cual las partes expresan haber sido desinteresadas en el aspecto laboral y hacen depósito del Descargo de Acciones, Desistimiento Demanda y acuerdo Amigable;

Visto el original del Descargo de Acciones, Desistimiento Demanda y acuerdo Amigable, de fecha 3 de diciembre de 2015, suscrito y firmado por el Lic. J.D.G. Garrido y los señores E.H.R. y M.Z.P.M., cuyas firmas están debidamente legalizada, por el Lic. J.J.C., Abogado Notario Público de los del número del municipio de La Vega, matrícula núm.5594, mediante el cual desisten desde ahora y para siempre a la demanda laboral y todos sus accesorios;

Visto la Ley núm. 25 de 1991, modificada por la Ley núm. 156 de 1997; Considerando, que es interés de todo recurrente, el hacer aniquilar los efectos de la sentencia impugnada; que, cuando como en el presente caso, las partes, mediante transacción, acuerdan poner término a la litis, es evidente que carece de interés estatuir sobre dicho recurso;

Considerando, que después de haber sido interpuesto el recurso de casación de que se trata, y antes de ser conocido, las partes en sus respectivas calidades de recurrente y recurrido, han desistido de dicho recurso, desistimiento que ha sido aceptado por las mismas.

Por tales motivos, Primero: Da acta del desistimiento hecho por la
razón social 4 Generaciones, S.A., del recurso de casación por ella interpuesto contra la sentencia dictada por la Corte de Trabajo del
Departamento Judicial de La Vega, en fecha 20 de febrero de 2015;

Segundo: Declara que no ha lugar a estatuir sobre dicho recurso; Tercero:
Ordena el archivo del expediente. Así ha sido hecho y juzgado por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso-Administrativo y Contencioso-Tributario de la Suprema Corte de Justicia, y la sentencia pronunciada por la misma, en la ciudad de Santo Domingo de G., Distrito Nacional, capital de la República, en su audiencia pública del 27 de abril de 2016, años 173° de la Independencia y 153° de la Restauración.
(FIRMADOS).- M.R.H.C..- E.H.M..- F.A.O.P..- Mercedes Minervino, Secretaria General Interina

La presente sentencia ha sido dada y firmada por los señores Jueces
que figuran al pie, en la audiencia pública del día, mes y año en él
expresados, y fue firmada, leída y publicada por mí, Secretaria General, que
certifico. Hm

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