Sentencia núm. 22/2020 del 15 de julio de 2020 de la suprema corte de justicia

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32 |GACETA JUDICIAL
SENTENCIA
AÑO 25, NÚM. 400, JULIO 2021
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
En nombre de la República, las SALAS REUNIDAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, competentes para
conocer del segundo recurso de casación relacionado con el mismo punto, con sede en la ciudad de Santo Domin-
go de Guzmán, Distrito Nacional, conformada por el magistrado Luis Henry Molina Peña quien la preside y demás
jueces que suscriben, en fecha 15 de julio de 2020, año 177 de la Independencia y año 157 de la Restauración, dic-
tan en audiencia pública la sentencia siguiente:
Con relación al recurso de casación en contra de la sentencia núm. 029-2018-SSEN67/2018, dictada por la Segunda
Sala de la Corte de Trabajo del Distrito Nacional, en fecha siete (07) de marzo del año dos mil dieciocho (2018),
como tribunal de envío, cuyo dispositivo aparece copiado más adelante; incoado por la sociedad Los Ángeles Dod-
gers, LLC., organizada y existente de conformidad con las leyes de los Estados Unidos de América, con sus oficinas
ejecutivas y domicilio en 1000 Elysian Park Avenue, Dogger Stadium, Los Ángeles, Estado de California, Estados
Unidos de América; la cual tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a los Dres. Tomas Hernán-
dez Metz, Sarah de León Perelló y Manuel Madera Acosta y el Lcdo. Federico Pinchinat Torres, dominicanos, mayo-
res de edad, abogados de los Tribunales de la República, portadores de las cédulas de identidad y electoral núms.
001-0980064-7, 001-0202361-1, 001-1355839-9 y 001-1614425-4, con estudio profesional abierto en común en la ofi-
cina de abogados y consultores Headrick, Rizik, Álvarez y Fernández, en el sexto piso del Edif. Torre Piantini, ubi-
cada en la esquina formada por la Av. Gustavo Mejía Ricart y la Av. Abraham Lincoln, ensanche Piantini de la ciu-
dad de Santo Domingo, Distrito Nacional.
VISTOS TODOS LOS DOCUMENTOS QUE REPOSAN EN EL EXPEDIENTE, RESULTA LO SIGUIENTE
a) El memorial de casación depositado en fecha diez (10) de
abril del año dos mil dieciocho (2018), en la secretaría de la
corte a qua, mediante el cual la parte recurrente, Los Ángeles
Dodgers, LLC., interpuso su recurso de casación, por interme-
dio de sus abogados.
b) El memorial de defensa depositado en fecha dieciocho (18)
de abril del año dos mil dieciocho (2018), en la secretaría de
esta Suprema Corte de Justicia, por la parte recurrida Vladi-
mir Martínez Rodríguez.
c) La Ley núm. 25-91 del 15 de octubre de 1991, Orgánica de la
Suprema Corte de Justicia, modificada por la Ley núm. 156 de
1997.
d) Los textos legales invocados por la parte recurrente, así como los
artículos 1 y 65 de la Ley sobre Procedimiento de Casación.
SENTENCIA NÚM. 22/2020
DEL 15 DE JULIO DE 2020 DICTADA
POR LAS SALAS REUNIDAS DE LA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA

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