Sentencia de las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia comentada en las páginas anteriores

Páginas42-71
Sentencia de las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia
comentada en las páginas anteriores
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
En nombre de la República, las SALAS REUNIDAS DE LA SUPREMA CORTE DE
JUSTICIA, competentes para conocer del segundo recurso de casación relacionado
con el mismo punto, con sede en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito
Nacional, conformada por el magistrado Luis Henry Molina Peña quien la preside
y demás jueces que suscriben, en fecha 15 de julio de 2020, año 177 de la
Independencia y año 157 de la Restauración, dictan en audiencia pública la
sentencia siguiente:
Con relación al recurso de casación en contra de la sentencia núm. 029-2018-
SSEN67/2018, dictada por la Segunda Sala de la Corte de Trabajo del Distrito
Nacional, en fecha siete (07) de marzo del año dos mil dieciocho (2018), como
tribunal de envío, cuyo dispositivo aparece copiado más adelante; incoado por la
sociedad Los Ángeles Dodgers, LLC., organizada y existente de conformidad con
las leyes de los Estados Unidos de América, con sus oficinas ejecutivas y domicilio
en 1000 Elysian Park Avenue, Dogger Stadium, Los Ángeles, Estado de California,
Estados Unidos de América; la cual tiene como abogados constituidos y
apoderados especiales a los Dres. Tomas Hernández Metz, Sarah de León Perelló y
Manuel Madera Acosta y el Lcdo. Federico Pinchinat Torres, dominicanos,
REPÚBLICA DOMINICANA
Dios, Patria y Libertad
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
mayores de edad, abogados de los Tribunales de la República, portadores de las
cédulas de identidad y electoral núms. 001-0980064-7, 001-0202361-1, 001-1355839-9
y 001-1614425-4, con estudio profesional abierto en común en la oficina de
abogados y consultores Headrick, Rizik, Álvarez y Fernández, en el sexto piso del
Edif. Torre Piantini, ubicada en la esquina formada por la Av. Gustavo Mejía Ricart
y la Av. Abraham Lincoln, ensanche Piantini de la ciudad de Santo Domingo,
Distrito Nacional.
VISTOS TODOS LOS DOCUMENTOS QUE REPOSAN EN EL EXPEDIENTE,
RESULTA LO SIGUIENTE
a) El memorial de casación depositado en fecha diez (10) de abril del año dos
mil dieciocho (2018), en la secretaría de la corte a qua, mediante el cual la parte
recurrente, Los Ángeles Dodgers, LLC., interpuso su recurso de casación, por
intermedio de sus abogados.
b) El memorial de defensa depositado en fecha dieciocho (18) de abril del año
dos mil dieciocho (2018), en la secretaría de esta Suprema Corte de Justicia, por la
parte recurrida Vladimir Martínez Rodríguez.
c) La Ley núm. 25-91 del 15 de octubre de 1991, Orgánica de la Suprema Corte
de Justicia, modificada por la Ley núm. 156 de 1997.
d) Los textos legales invocados por la parte recurrente, así como los artículos 1 y
65 de la Ley sobre Procedimiento de Casación.
2Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional,
Rep. Dom. Tel.: (809) 533-3191 • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do • e-mail: info@poderjudicial.gob.do

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR