Sentencia nº 060- de Tribunal Contencioso Tributario, 30 de Noviembre de 2009

Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2009

FECHA 30/11/2009

MATERIA CONTENCIOSO-TRIBUTARIO

RECURRENTE (S) ELIZABETH MEDINA TURBí

ABOGADO (S)

RECURRIDO (S) RESOLUCIóN NO. 13/2009, DICTADA POR EL AYUNTAMIENTO SANTO DOMINGO OESTE, EN FECHA 17 DE SEPTIEMBRE DEL 2009

ABOGADO (S)

En la ciudad de Santo Do

mingo, Distrito Nacio

nal, Capital de la República Dominicana, a los TREINTA (30) días del mes de NOVIEMBRE del año dos mil nueve (2009), años 166 de la Independencia y 147 de la Restauración

LA SEGUNDA SALA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO TRIBUTARIO Y ADMINISTRATIVO, de Jurisdicción Nacional, regularmente constituido en la Sala donde acostumbra celebrar sus audiencias, ubicado en la calle J.S.R., No. 1-A, esquina S.S., del sector de Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, actuando por sí y a requerimiento de este tribunal, según lo establecido en el artículo 7 de la Ley No. 13-07 de fecha 5 de febrero del año 2007, la Magistrada YADIRA DE M.K., J.P. de la Segunda Sala; asistida de la infrascrita Secretaria, ha dictado en sus atribuciones de Juez Cautelar y en audiencia pública la sentencia que sigue

CON MOTIVO DE LA SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR, interpuesta por la LICDA. E.M.T. y el ING. F.P.T., dominicanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de Identidad y Electoral Nos. 012-0028118-4 y 001-0198270-0, respectivamente, domiciliados y residentes en esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, en sus condiciones de Tesorero y Síndico Municipal del Ayuntamiento de Santo Domingo Oeste, quienes tienen como abogados constituidos y apoderados especiales a los LICDOS. WALDYS TAVERAS y WELNYS TAVERAS, dominicanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de Identidad y Electoral Nos.001-0243810-8 y 001-1385575-3, con estudio profesional abierto en la suite 2-2, edificio No.6, calle B, sector El Vergel, Distrito Nacional, lugar donde los recurrentes hacen formal y expresa elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales que se deriven de la presente solicitud, Contra la Resolución No. 13/2009, dictada por el Ayuntamiento Santo Domingo Oeste, en fecha 17 de septiembre del 2009

VISTA Y LEIDA la instancia introductiva de la solicitud de Medida Cautelar interpuesta en fecha 27 de octubre del 2009, y depositada ante la Secretaria de este Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo el día 28 del mismo mes y año, suscrita por los LICDOS. WALDYS TAVERAS y WELNYS TAVERAS, de generales que constan, en representación de la LICDA. E.M.T. y el ING. F.P.T., cuyas conclusiones son las siguientes: "PRIMERO: Declarar, bueno y válido en cuanto a la forma la presente demanda en Medida Cautelar intentada por LICDA. E.M.T. y el ING. F.P.T., por haber sido realizada de acuerdo con la Ley. SEGUNDO: Que en cuanto al fondo ordenéis la suspensión de la ejecución del acto No. 13/2009, firmado por la R.V.N., del Ayuntamiento Santo Domingo Oeste, hasta que el Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo conozca del fondo del recurso en nulidad del que esta apoderado"

VISTO Y LEIDO el Auto No. 1837-2009 de fecha 02 de noviembre del año 2009, de la Magistrada Juez Presidente de la Segunda Sala del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo, fijando audiencia para el día miércoles que contaremos a once (11) del mes de noviembre del año 2009, a fin de conocer la Solicitud de Medida Cautelar interpuesta por los recurrentes

VISTO Y LEIDO el Escrito de fecha 10 de noviembre del 2009, suscrito por los LICDOS. WALDYS TAVERAS y WELNYS TAVERAS, en representación de la LICDA. E.M.T. y el ING. F.P.T., mediante el cual desisten de la solicitud de medida cautelar depositada en este tribunal en fecha 28 de octubre del 2009, el concluye de la forma siguiente: "ÚNICO: Que desisten formalmente de la solicitud de medida cautelar contra el Acto...

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