Sentencia nº 102-2009 de Tribunal Contencioso Tributario, 30 de Octubre de 2009

Fecha de Resolución30 de Octubre de 2009

FECHA 30/10/2009

MATERIA AMPARO

RECURRENTE (S) TERRAZA EL PARAISO

ABOGADO (S)

RECURRIDO (S) LOS SEñORES A.M.C.V., PROCURADOR GENERAL DE MEDIO AMBIENTE

ABOGADO (S)

En la ciudad de Santo Do

mingo, Distrito Nacio

nal, Capital de la República Dominicana, a los TREINTA (30) días del mes de OCTUBRE del año dos mil nueve (2009), año 166' de la Independencia y 147' de la Restauración

LA SEGUNDA SALA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO TRIBUTARIO Y ADMINISTRATIVO, de Jurisdicción Nacional, ubicada en la calle J.S.R., No. 1-A, esquina S.S., Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, con la presencia de sus jueces: YADIRA DE MOYA KUNHARDT, J.P.; F.P.J., J.; J.A.H.P., J.; asistidos de la infrascrita Secretaria, ha dictado en sus atribuciones de Juez de A. y en audiencia pública la sentencia que sigue

CON MOTIVO DE LA ACCION DE AMPARO interpuesta por TERRAZA EL PARAÍSO, ubicada en la Calle 19, No. 2, Valiente Adentro, La Caleta, Boca Chica, Provincia de Santo Domingo, debidamente representada por su propietario, el señor S.M.F., dominicano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0446113-2, residente en la Calle Puerto Rico, Residencial Pacífico, No. 4, Alma Rosa Primera, Santo Domingo Oriental, P.S.D., quien tiene como abogado constituido y apoderado al LIC. A.B.A., dominicano, mayor de edad, casado, Abogado de los Tribunales de la República, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0062462-6, con estudio profesional abierto en la Avenida D.D., No. 34, Apto. 102, G., de esta ciudad Distrito Nacional, donde hace elección de domicilio el accionante para todos los fines y consecuencias legales de la presente acción de amparo, CONTRA los Señores A.M.C.V., P. General de Medio Ambiente, el Capitán Luna del Departamento Anti-Ruidos de la Policía Nacional, Santo Domingo Oriental y el Ing. E.R.A., S. de Estado de Gestión Ambiental

VISTA Y LEÍDA la instancia introductiva del Recurso de Amparo de fecha seis (06) de julio del año 2009 y depositada por ante la Secretaría del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo en fecha siete (07) del mismo mes y año, suscrita por el LIC. A.B.A., de generales anotadas, actuando a nombre y en representación de la TERRAZA EL PARAÍSO, cuyas conclusiones son las siguientes: "PRIMERO: Suplir de oficio cualquier medio de derecho y acoger el reclamo de amparo para que los funcionarios indicados más arriba entreguen de inmediato las cuatro bocinas y trece sillas encautadas ilegalmente. SEGUNDO: Condenar al pago de un astreinte de RD$25,000.00 diario a los Señores A.M.C.V., P. General de Medio Ambiente, al Capitán Luna de la Policía Nacional, Departamento Anti-Ruidos, Santo Domingo Oriental y al Ing. E.R.A., S. de Estado de Gestión Ambiental, a favor de S.M.F., propietario de la TERRAZA EL PARAÍSO. Que el astreinte diario sea aplicado desde el día siete (7) de junio hasta la fecha de entrega de los objetos retenidos. TERCERO: Condenar a las autoridades indicadas más arriba al pago de todos los daños y perdidas provocados a la TERRAZA EL PARAÍSO, pues desde la fecha de la retención de las sillas y bocinas el negocio ha permanecido cerrado porque las autoridades se han negado a la entrega de las bocinas y sillas retenidas ilegalmente, daños que fueron valorados en unos RD$275,000.00"

VISTO Y LEÍDO el Auto No. 984-2009 de fecha 15 de julio del año 2009, de la Magistrada Juez Presidente de la Segunda Sala del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo, mediante el cual fija audiencia pública para el día miércoles veintidós (22) de julio del año 2009, con la finalidad de conocer el presente Recurso de Amparo

VISTO Y LEÍDO el Inventario de documentos depositado por ante la Secretaría General del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo en fecha veintiuno (21) del mes de julio del año 2009, suscrito por el Lic. A.B.A., actuando a nombre y en representación de la TERRAZA EL PARAÍSO

OÍDAS las conclusiones vertidas en la Audiencia Pública para el conocimiento del Recurso de Amparo interpuesto por TERRAZA EL PARAÍSO, contra los señores A.M.C.V., P. General de Medio Ambiente, al Capitán Luna de la Policía Nacional, Departamento Anti-Ruidos, Santo Domingo Oriental y al Ing. E.R.A., S. de Estado de Gestión Ambiental, a celebrarse hoy día veintidós (22) de julio del año dos mil nueve (2009) a las nueve (09:00) horas de la mañana: "Calidades presentadas por los representantes de TERRAZA EL PARAÍSO: L.. A.B.. C. presentadas por los representantes de la Procuraduría General Tributaria y Administrativa, la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y la Policía Nacional: Licda. E.E.. LICDA. E. ESCALANTE (PROCURADORA ADJUNTA): En el día de ayer recibimos el Acto de Alguacil No.137-2009, mediante el cual nos notificaron la instancia y los documentos en los cuales se fundamentan. Es cierto que nos han comunicado todos y cada uno de los documentos; pero la Procuraduría como defensor del Estado necesita más tiempo vamos a solicitar que se aplace la presente audiencia en ara de respetar la ley y para que nos se nos viole nuestro derecho de defensa. En nombre de la parte recurrida y la Procuraduría General Tributaria y Administrativa vamos a solicitar el aplazamiento a los fines de que den cumplimiento al párrafo del artículo 13 de la Ley de Amparo. LIC. A.B.A. (RECURRENTE): Es una acción de amparo rápida, seguirán violando los derechos, nos oponemos. A mi me entregaron los documentos el viernes, nosotros conocemos correctamente esta materia. LICDA. E. ESCALANTE (PROCURADORA ADJUNTA): La Procuraduría General Tributaria y Administrativa funciona en el segundo nivel de este tribunal, necesita tiempo para solicitar expedientes, somos una institución del Estado, si se fijan es muy raro que Medio Ambiente no esté aquí porque conlleva tiempo constituir abogados y tiempo para depositar documentos. LA SEGUNDA SALA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO TRIBUTARIO Y ADMINISTRATIVO. FALLA: "ÚNICO: Se prorroga la presente audiencia para el lunes veintisiete (27) de julio del 2009, a las once (11:00) horas de la mañana, con la finalidad de que la Procuraduría General Tributaria y Administrativa y las instituciones tomen conocimiento de los documentos y depositen cualquier documento de lugar"

VISTO Y LEÍDO el escrito de conclusiones depositado por ante la Secretaría del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo en fecha veintisiete (27) de julio del año 2009, suscrito por la Dra. M.C.C., la Licda. N.M.H. y el Lic. Y.F.C., en representación de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales, cuyas conclusiones son las siguientes: "PRIMERO: Rechazar el Recurso de Amparo contra la Resolución SGA No.339-09 del 23 de junio del 2009, dictada por la Subsecretaria de Estado de Gestión Ambiental de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales, interpuesto por el establecimiento comercial TERRAZA EL PARAÍSO, para garantizar la protección al medio ambiente, a la tranquilidad de las personas como a la salud en general de todos los dominicanos. SEGUNDO: Mantener los efectos de la Resolución SGA No.339-09 del 23 de junio del 2009, que sanciona administrativamente al establecimiento comercial TERRAZA EL PARAÍSO, para que luego de su cumplimiento sean entregados los equipos incautados"

OÍDAS las conclusiones vertidas en la Audiencia Pública para el conocimiento del Recurso de Amparo interpuesto por TERRAZA EL PARAÍSO Vs. los Señores A.M.C.V., P. General de Medio Ambiente, al Capitán Luna de la Policía Nacional, Departamento Anti-Ruidos, Santo Domingo Oriental y al Ing. E.R.A., S. de Estado de Gestión Ambiental, a celebrarse hoy día veintisiete (27) de julio del año dos mil nueve (2009) a las once (11:00) horas de la mañana: "Calidades presentadas por los representantes de TERRAZA EL PARAÍSO: L.. A.B.. C. presentadas por los representantes de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente: L.. M.C.. C. presentadas por los representantes de la Procuraduría General Tributaria y Administrativa: L.. E.E.. LICDA. M. CASTILLO (RECURRIDO): Vamos a solicitar un plazo para comunicación de documentos. LICDA. E. ESCALANTE (PROCURADORA ADJUNTA): Alegamos la violación del artículo 7 de la Ley 13-07, para ellos es su primera audiencia. No hay oposición. LIC. A.B.A. (RECURRENTE): La colega los presentó en audiencia pasada, nos oponemos honorable. LICDA. M. CASTILLO (RECURRIDO): Que nos permita depositar documentos. LA SEGUNDA SALA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO TRIBUTARIO Y ADMINISTRATIVO. FALLA: "PRIMERO: Se prorroga el conocimiento de la presente audiencia con la finalidad de que la parte recurrida tome conocimiento del expediente y deposite documentos. SEGUNDO: Se aplaza para el miércoles veintinueve (29) de julio del 2009, a las nueve (09:00) horas de la mañana. Vale citación para las partes presentes y representadas"

OÍDAS las conclusiones vertidas en la Audiencia Pública para el conocimiento del Recurso de Amparo interpuesto por TERRAZA EL PARAÍSO Vs. los Señores A.M.C.V., P. General de Medio Ambiente, al Capitán Luna de la Policía Nacional, Departamento Anti-Ruidos, Santo Domingo Oriental y al Ing. E.R.A., S. de Estado de Gestión Ambiental, a celebrarse hoy día veintinueve (29) de julio del año dos mil nueve (2009) a las nueve (09:00) horas de la mañana: "Calidades presentadas por los representantes de TERRAZA EL PARAÍSO: L.. A.B.. C. presentadas por los representantes de la Procuraduría para la Defensa del Medio Ambiente: L.. C.N.. C. presentadas por los representantes de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente: Licda. N.M. conjuntamente con la Licda. M.C.. C. presentadas por los representantes de la Procuraduría General Tributaria y Administrativa: L.. E.E.. LIC. A.B. ARIAS (RECURRENTE): El 07 de junio a las diez y media de la noche sea persona el Capitán Luna con un contingente policial alegando que una bocina estaba haciendo mucho ruido, no se presentaron con nada de autorización para hacer la revisión. No existe en ese expediente en...

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