Sentencia nº 057-2007 de Tribunal Contencioso Tributario, 21 de Diciembre de 2007

Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2007

FECHA 21/12/2007

MATERIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL

RECURRENTE (S) D.B.A.

ABOGADO (S)

RECURRIDO (S) AYUNTAMIENTO DE P.B., PROVINCIA SANTO DOMINGO

ABOGADO (S)

DIOS, PATRIA Y LIBERTAD

República Dominicana

EN NOMBRE DE LA REPUBLICA

SENTENCIA No. 057-2007

En Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los VENTIUN (21) días del mes de DICIEMBRE del año dos mil siete (2007), año 164’ de la Independencia y 145’ de la Restauración

LA SEGUNDA SALA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO TRIBUTARIO Y ADMINISTRATIVO, de Jurisdicción Nacional, regularmente constituida en la Sala donde acostumbra celebrar sus audiencias, sito en la C.J.S.R., Edificio No. 1-A, esquina S.S., del sector de Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, actuando por sí y a requerimiento de este tribunal, según lo establecido en el artículo 7 de la Ley No. 13-07 de fecha 5 de febrero del año 2007, la Magistrada FRINETTE PADILLA JIMÉNEZ, Juez Sustituto de la Presidente de la Segunda Sala; asistida de la infrascrita Secretaria, ha dictado en sus atribuciones de Medidas Cautelares Administrativas, y en audiencia pública la sentencia que sigue

CON MOTIVO DE LA SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR, interpuesta por el SR. D.B.A., dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No.023-0003986-0 domiciliado y residente en el Distrito Municipal de La Cuaba, Municipio de P.B., por intermedio de su abogado constituido y apoderado especial el LIC. R.S., dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No.012-056193-2, con oficina en la Suite 2, Segundo Piso, Edificio No.6, calle B, casi esquina 27 de febrero del sector El vergel, Santo Domingo, Distrito Nacional, lugar donde el demandante hace elección de domicilio para los fines y consecuencias de la presente acción, CONTRA el Ayuntamiento de P.B., Provincia Santo Domingo

VISTA Y LEIDA la instancia introductiva del recurso de fecha 18 de diciembre del año 2007, y depositada por ante la Secretaría de este Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo en fecha 18 del mismo mes y año, suscrita por su abogado constituido el LIC. R.S., de generales que constan, en representación del SR. D.B.A., la cual en sus conclusiones dice lo siguiente: “PRIMERO: Que dictéis auto mediante el cual sea citado el Ayuntamiento Municipal de P.B., en la persona de su Síndico Municipal Ing. F.F., a los fines de conocer sobre las pretensiones del demandante SR. D.B.A.. SEGUNDO: Que ordenéis al Banco de Reservas de la República Dominicana, el levantamiento de la Oposición a Uso de los Fondos depositados en esa entidad bancaria a favor de la Junta del Distrito Municipal de La Cuaba, cuentas que permanecerán provisionalmente y hasta que este tribunal se pronuncie sobre el fondo de la demanda en nulidad de resoluciones del Concejo Municipal, bajo la responsabilidad del SR. D.B.A., en su condición de Director y Á.P. de P., Tesorero. TERCERO: Que ordenes que la ordenanza a intervenir sea ejecutoria provisionalmente, sin fianza y sobre minuta.”

VISTO Y LEIDO el Auto No.1065-2007 de fecha 19 de diciembre del año 2007, de la Magistrada Juez Sustituto del Presidente de la Segunda Sala del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo, fijando audiencia pública para el día 21 de diciembre del año 2007, a fin de conocer de la presente medida cautelar

OIDAS las Conclusiones celebrada en Audiencia Pública de fecha 21 de diciembre del año 2007, vertidas en el Recurso del señor D.B.A. cuyas partes concurrentes expusieron lo siguiente: C. presentadas por los...

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