Sentencia nº 044-2005 de Tribunal Contencioso Tributario, 31 de Agosto de 2005

Fecha de Resolución31 de Agosto de 2005

FECHA 31/8/2005

MATERIA CONTENCIOSO-TRIBUTARIO

RECURRENTE (S) PRODUCCIONES, IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES C. POR A

ABOGADO (S) DRA. E.T.G.

RECURRIDO (S) ESTADO DOMINICANO

ABOGADO (S) PROCURADOR GENERAL TRIBUTARIO

DIOS, PATRIA Y LIBERTAD

República Dominica

pública Dominicana

EN NOMBRE DE LA REPUBLICA

SENTENCIA NO. 044-2005

En el municipio de Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los treintiun (31) días del mes de agosto del dos mil cinco (2005), año 162' de la Independencia y 143' de la Restauración

El Tribunal Contencioso-Tributario, de jurisdicción nacional, regularmente constituido en la sala donde acostumbra celebrar sus audiencias, sito en la tercera planta del Edificio Gubernamental, ubicado en la calle 4ta., del sector de Los Mameyes, del Municipio de Santo Domingo Este, con la presencia de sus Jueces: L.. S.H.M., J.P.: L.. Y. de M.K., J.V.; L.. J.C.E., J.; y DR. R.E.A.C., J.; asistidos de la infrascrita Secretaria, ha dictado en sus atribuciones de lo Contencioso-Tributario, y en audiencia pública la sentencia que sigue

Con motivo del recurso Contencioso-Tributario, interpuesto por la empresa Producciones, Importaciones y Exportaciones, C. por A., y/o L.L.G.D. y/o J.A.. A.M. de J., quienes tienen como abogada constituida y apoderada especial a la Dra. E.T.G., dominicana, mayor de edad, abogada de los Tribunales de la República, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 001-0198503-4, con estudio profesional abierto en la calle L.. M.G., No.34-C, E.S., del Distrito Nacional, donde se hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias del presente recurso, contra la Resolución de Oposición No. 07-2004 de fecha 10 de noviembre del 2004, suscrita por la Ejecutora Administrativa de la Dirección General de Impuestos Internos

Vista y leída la instancia introductiva del recurso de fecha 30 de noviembre del 2004 y depositada en la Secretaría del Tribunal Contencioso-Tributario en fecha 1ro. de diciembre del mismo año, suscrita por la Dra. E.T.G., en representación de Producciones, Importaciones Y Exportaciones, C. por A., y/o L.L.G.D. y/o J.A.. A.M. de Jesús, cuyas conclusiones aparentan ser las siguientes: "Como uno de los derechos esenciales del hombre de protestar y recurrir contra una acción injusta, arbitraria y constitucional como en el caso de la especie, por lo que de conformidad por lo prescrito de la República Dominicana y las leyes especiales que los complementan, se proceda a declarar bueno y válido en cuanto a la forma el presente Recurso Contencioso-Tributario por haber sido incoado de conformidad con lo prescrito por la ley y dentro del plazo estipulado y en cuanto al fondo se proceda a la suspensión del proceso de ejecución y ordenar el levantamiento inmediato del embargo retentivo contenido en el acto No.146, del 2004, de fecha cinco (5) del mes de noviembre del dos mil cuatro (2004), hasta tanto el tribunal Contencioso-Tributario conozca y se pronuncie sobre el recurso Contencioso-Tributario incoado por Producciones, Importaciones Y Exportaciones, C. por A., por entender que de conformidad con la ley existe un Recurso de A., y por entender que reclama pago de ITBIS y Renta que no proceden."

Visto y leído el Auto No.082-2004 de fecha 03 de diciembre del 2004, de la Magistrada Juez Presidente del Tribunal Contencioso-Tributario, remitiendo el expediente al Magistrado Procurador General Tributario para fines de opinión, dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 150, 159 y 160 del Código Tributario (Ley 11-92) de fecha 16 de mayo de 1992

Visto y leído el dictamen No.25-2005 de fecha 1ro. de marzo del 2005, del Magistrado Procurador General Tributario, cuyo dispositivo reza de la manera siguiente: "ÚNICO: Rechazar en cuanto al fondo el Recurso Contencioso-Tributario interpuesto por Producciones, Importaciones y Exportaciones, C. por A., y/o L.L.G.D. y/o J.A.. A.M. de Jesús, contra la resolución No.07-2004, de fecha 10 de noviembre del 2004, dictada por el Ejecutor Administrativo de la Dirección General de...

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