Sentencia nº 146-2008 de Tribunal Contencioso Tributario, 7 de Noviembre de 2008

Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2008

FECHA 7/11/2008

MATERIA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL

RECURRENTE (S) CONSORCIO DUQUESA, S. A

ABOGADO (S)

RECURRIDO (S)

ABOGADO (S)

En la ciudad de Santo Do

mingo, Distrito Nacio

nal, Capital de la República Dominicana, a los SIETE (07) días del mes de NOVIEMBRE del año dos mil ocho (2008), año 165 de la Independencia y 146 de la Restauración

LA SEGUNDA SALA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO TRIBUTARIO Y ADMINISTRATIVO, de Jurisdicción Nacional, ubicado en la J.S.R.N. 1-A, esquina S.S., Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, con la presencia de sus jueces: FRINETTE PADILLA JIMENEZ, J.P. en funciones; J.A.H.P., J.; H.S., J.S.; asistidos de la infrascrita Secretaria, ha dictado en sus atribuciones de Jueces de A. y en audiencia pública la sentencia que sigue

CON MOTIVO DEL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO interpuesto por la empresa CONSORCIO DUQUESA, S. A., entidad comercial constituida de conformidad con las leyes de la República Dominicana, domiciliada en la calle J.I.J.M., No. 6, en Gazcue, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, tenedora del Contrato firmado por las empresas Resol Engenharia LTDA y Compañía de Limpieza Rescate Urbano, C. por A., con el Ayuntamiento de Santo Domingo Norte en fecha 7 de mayo del año 2004, par la concesión de la Operación y Aprovechamiento del Gas del Relleno Sanitario de Duquesa, debidamente representada por su apoderada la LIC. D.P., dominicana, mayor de edad, casada, con cédula de identidad y electoral No. 001-0772095-5, con oficinas y domicilio en la avenida Correa y Cidrón esquina J.M., edificio T-10, apartamento No. 2, Primera Planta, La Feria, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Tel. 809-508-6580, cuya sociedad tiene como abogados apoderados y constituidos especiales a los LICENCIADOS HUGO LOMBERT Y GABRIEL DEL ROSARIO, portadores de la cédula de identidad y electoral No. 002-0025973-7, 001-0129289-4, respectivamente, abogados, con estudio profesional abierto en común en la Calle Correa y Cidrón, esquina J.M., Edificio T-10, apartamento No. 2, Primera Planta de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Teléfono 508-6581, lugar donde hace formal elección de domicilio para los todos los fines y consecuencias legales, CONTRA el Contrato firmado con el Ayuntamiento de Santo Domingo Norte en fecha 7 de mayo del año 2004

VISTA Y LEIDA la instancia introductiva del recurso de fecha 16 de febrero del año 2007 y depositada por ante la Secretaría de la Cámara de Cuentas en funciones de Tribunal Superior Administrativo en la misma fecha citada, suscrita por los LICENCIADOS HUGO LOMBERT Y GABRIEL DEL ROSARIO, de generales anotadas, en representación de CONSORCIO DUQUESA, S.A., cuyas conclusiones son las siguientes: "PRIMERO: Que sea acogido el presente recurso contencioso administrativo por haber sido interpuesto en cuanto al derecho. SEGUNDO: Que como medida de instrucción se nos permita un plazo de quince (15) días para depositar documentos y escrito ampliatorio de conclusiones, documentos entre ellos, contratos originales, actos y documentos. TERCERO: Que por las violaciones aquí demostradas a) declarar la rescisión del Contrato de firmado por el Consorcio Duquesa constituido por las empresas Resol Engeharia LTDA y Compañía Limpieza Rescate Urbano, C. por A., en el Ayuntamiento de Santo Domingo Norte, en fecha 7 de mayo del año 2004, para la concesión de la Operación y Aprovechamiento del Gas del Relleno Sanitario de Duquesa. Y en consecuencia b) Condenar al Ayuntamiento de Santo Domingo Norte a pagar una indemnización a favor y provecho del continuador como tenedor del contrato Consorcio Duquesa, S.A., por la suma de RD$500,000,000.00, (quinientos millones de pesos oro dominicanos), por los daños y perjuicios causados y en virtud de que el mismo ha sido transferido a la indicada empresa, y en base a las disposiciones de los numerales 18.1 y 18.2, del artículo 18, del contrato objeto de la presente demanda en rescisión de contrato y reparación de daños y perjuicios. C) Condenar al Ayuntamiento de Santo Domingo Norte a pagar el 2% mensual de interés por las cantidades indicadas anteriormente desde la fecha de la demanda hasta el pago de las mismas a favor del Consorcio Duquesa, S. A". CUARTO: Bajo reservas de en el escrito ampliatorio de conclusiones se puedan ampliar las conclusiones. QUINTO: Que la sentencia a intervenir sea ejecutoria no obstante cualquier recurso que se interponga. SEXTO: Que si se realiza alguna medida de instrucción, la misma sea debidamente notificada antes del fallo de este recurso, para ser emitida la debida opinión, de conformidad con la ley. Bajo toda clase de reserva a réplicas y contrarréplicas. Es justicia que queremos y esperamos merecer"

VISTO Y LEIDO el Auto No. 31 de fecha 22 de febrero del año 2007, del Presidente de la Cámara de Cuentas de la República en funciones de Tribunal Superior Administrativo, comunicándole al Procurador General Administrativo de la Cámara de Cuentas de la República en funciones de Tribunal Superior Administrativo, el expediente relativo al asunto

VISTO Y LEIDO el Oficio No. 36 de fecha 28 de febrero del año 2007, del Secretario de la Cámara de Cuentas de la República en funciones de Tribunal Superior Administrativo, comunicándole al Procurador General Administrativo de la Cámara de Cuentas de la República en funciones de Tribunal Superior Administrativo, el expediente relativo al asunto

VISTO Y LEIDO el escrito de defensa de fecha 21 de marzo del año 2007 y depositado en la Secretaría del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo en fecha 23 del mismo mes y año, del Ayuntamiento de Santo Domingo Norte, suscrito por el DR. WILSON DE J.T.S. Y LIC. C.S.G., actuando a nombre y en representación del CONSORCIO DUQUESA, S.A., cuyas conclusiones son las siguientes: "DE MANERA PRINCIPAL: PRIMERO: Declarar inadmisible el recurso contencioso administrativo interpuesto por la empresa CONSORCIO DUQUESA, S.A., en contra del Ayuntamiento Santo Domingo Norte, por estar afectado de caducidad; DE MANERA SUBSIDIARIA: y en el hipotético caso en que las anteriores conclusiones no sean acogidas; SEGUNDO: Declarar inadmisible el recurso contencioso administrativo interpuesto por la empresa CONSORCIO DUQUESA, S.A., en contra del Ayuntamiento Santo Domingo Norte, por ser contrario a las disposiciones de los artículos 1, 2 y 9 de la Ley 1494; DE MANERA MAS SUBSIDIARIA: TERCERO: Rechazar el recurso contencioso administrativo interpuesto por la empresa CONSORCIO DUQUESA, S.A., en contra del Ayuntamiento Santo Domingo Norte, por improcedente, mal fundado y carente de base legal; CUARTO: Que se nos reserve la oportunidad de poder depositar piezas en apoyo del presente escrito"

VISTO Y LEIDO el Auto No. 071-2007 de fecha 26 de mayo del año 2007, de la Magistrada Juez Presidente del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo, remitiéndole el escrito ut supra citado a la parte recurrente, para los fines procedentes

VISTO Y LEIDO el escrito de defensa de fecha 5 de junio del año 2007 y depositado en la Secretaría del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo en la misma fecha citada, suscrito por los LICENCIADOS HUGO LOMBERT Y GABRIEL DEL ROSARIO, de generales anotadas, en representación de CONSORCIO DUQUESA, S.A., cuyas conclusiones son las siguientes: "Ratificamos las conclusiones vertidas en nuestra instancia de fecha 16 de febrero del año 2007"

VISTO Y LEIDO el Auto No. 097-2007 de fecha 11 de junio del año 2007, de la Magistrada Juez Presidente del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo, remitiéndole el escrito de defensa

VISTOS Y LEIDOS LOS DEMAS DOCUMENTOS DEL EXPEDIENTE

RESULTA: Que en fecha 07 de mayo del año 2004, el Ayuntamiento de Santo Domingo Norte y la empresa CONSORCIO DUQUESA, S.A., suscribieron un Contrato de Concesión para la Operación y Apoderamiento del Gas de Relleno del Vertedero de Duquesa, ubicado en el Municipio de Santo Domingo Norte

RESULTA: Que mediante Acto de Notificación de Cesión de Contrato No. 94-2007 de fecha 16 de febrero del año 2007, instrumento por la Ministerial M.J., Alguacil Ordinario de la Novena Sala Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, el Consorcio Duquesa, S.A., notificó al Ayuntamiento de Santo Domingo Norte y al Síndico Municipal de Santo Domingo Norte el acuerdo de cesión de contrato de fecha 18 de febrero del año 2005, instrumentado por el Consorcio Duquesa con las empresas que lo componen: R.E.L., Compañía de Limpieza Rescate Urbano, C. por A., referente al contrato firmado por el indicado Consorcio en fecha 7 de mayo del año 2004; y el Ayuntamiento de Santo Domingo Norte

RESULTA: Que en fecha 17 de agosto del año 2006, el Consejo de Regidores de la Sala Capitular del Municipio de Santo Domingo Norte, dictó la Resolución No. 67/2006, cuyo dispositivo es el siguiente: "PRIMERO: Aprobar, como al efecto aprueba, autorizar al señor S.L.. J.F., revisar los contratos de servicios que realizó la Administración Pasada, lo que a la fecha, no se corresponden con la realidad del Municipio, su situación económica en la visión de la transformación que aconteció en nuestro Municipio, se hace necesario la redefinición contractual de dicho contrato. SEGUNDO: Comunicar la presente Resolución, a la Administración Municipal a los fines correspondientes"

RESULTA: Que en fecha 15 de septiembre del año 2006, el Ayuntamiento de Santo Domingo Norte, dictó la Resolución No. 80/2006, cuyo dispositivo es el siguiente: "PRIMERO: Otorgar como al efecto otorgamos, poderes tan amplio como fueren necesarios a la Administración Municipal, en la persona del señor S., L.. J.F., para que en nombre y representación del Ayuntamiento de Santo Domingo Norte Rescinda unilateralmente el contrato de concesión de la Operación y Aprovechamiento del Gas del Relleno Sanitario de Duquesa, de fecha 07 de mayo del año 2004 al tenor de las disposiciones de los artículos 1134, 1183 y 1184 del Código...

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