Sentencia nº 030-2009 de Tribunal Contencioso Tributario, 24 de Abril de 2009

Fecha de Resolución24 de Abril de 2009

FECHA 24/4/2009

MATERIA AMPARO

RECURRENTE (S) AFFIEXPRESS, S. A

ABOGADO (S)

RECURRIDO (S)

ABOGADO (S)

En la Ciudad de Santo Do

mingo, Distrito Nacio

nal, Capital de la República Dominicana, a los VEINTICUATRO (24) días del mes de ABRIL del año dos mil nueve (2009), años 166 de la Independencia y 147 de la Restauración

LA PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO TRIBUTARIO Y ADMINISTRATIVO, de Jurisdicción Nacional, regularmente constituida en la sala donde acostumbra celebrar sus audiencias, sito en la calle J.S.R. #1-A esquina S.S., Sector Gazcue, Distrito Nacional, con la presencia de sus jueces: S.H.M., J.P.; JUDHIT CONTRERAS ESMURDOC, J.; F.E.F., J.; asistidos de la infrascrita Secretaria, ha dictado en sus atribuciones de A., y en audiencia pública la sentencia que sigue

CON MOTIVO DEL RECURSO DE AMPARO interpuesto por la empresa AFFIEXPRESS, S. A., sociedad comercial constituida de acuerdo con las leyes de la República Dominicana, con su domicilio social ubicado en la calle Betania, No.3, casi esquina calle Primera, sector El Antillano, del Municipio de Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, debidamente representada por su Presidente-Tesorero DOMINIQUE MEY, francés, mayor de edad, casado, portador del pasaporte francés No.041F57878, domiciliado en esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, quien tienen como abogados constituidos y apoderados especiales a los LICDOS. G.G.H. y V.B.G., ambos dominicanos, mayores de edad, casados, abogados de los Tribunales de la República, portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos. 001-0146004-6 y 001-0798632-5, respectivamente, con domicilio profesional abierto en común en la calle M.K.A., esquina L.S., No. 39, edificio "CENTRE ONE", 6to. Piso, E.N., de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, lugar donde el impetrante hace formal y expresa elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales del presente recurso, CONTRA el Ayuntamiento Santo Domingo Este (ASDE)

VISTA Y LEIDA la Instancia Introductiva del recurso de fecha 07 de noviembre del año 2008 y depositada por ante la Secretaría de este Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo en la misma fecha, mes y año suscrito por los LICDOS. G.G.H. y V.B.G., de generales anotadas, en representación de la empresa AFFIEXPRESS, S. A., cuyas conclusiones son las siguientes: "PRIMERO: Expedir un auto autorizando a la impetrante AFFIEXPRESS, S.A., a emplazar al Síndico del Ayuntamiento del Municipio de Santo Domingo Este y al Director del Departamento de Defensoría y Uso de Espacios Públicos de ese Ayuntamiento, a los fines de conocer del Recurso de A. en su contra; SEGUNDO: Fijar el día, mes y año en que deberá conocerse la presente acción o recurso de amparo, de conformidad con la Ley No.437-06."

VISTO Y LEIDO el Auto No.1587-2008 de fecha 11 de noviembre del año 2008, de la Magistrada Juez Presidente de la Primera Sala del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo, donde se fija audiencia pública para el día jueves trece (13) de noviembre del año 2008 y se autoriza a la parte recurrente a citar al Ayuntamiento Santo Domingo Este (ASDE), a los fines de que comparezcan a la citada audiencia

VISTO Y LEIDO el Escrito de Conclusiones de fecha 7 de noviembre del año 2008, depositado por ante la Secretaría de este Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo en fecha 11 del mismo mes y año, por los LICDOS. G.G.H. y V.B.G., en representación de la empresa AFFIEXPRESS, S. A., cuyas conclusiones son las siguientes: "PRIMERO: Ordenar el cese inmediato del desmonte de las vallas propiedad de AFFIEXPRESS, S.A., tanto en propiedad pública como privada por tratarse de acciones ilegales a todas luces violatorias derechos adquiridos de la impetrante; SEGUNDO: Ordenar el restablecimiento de la situación anterior a las violaciones, es decir, la devolución, bajo inventario, de las vallas desmontadas ilegalmente y la reinstalación de las mismas en los espacios que ocupaban al día en que fueron desmontadas y trasladas a locación o locaciones desconocidas por la impetrante; TERCERO: Condenar al Ayuntamiento del Municipio de Santo Domingo Este, al Sindico del Municipio de Santo Domingo Este, L.. J. de los Santos, y al Director del Departamento de Defensoría y Uso de Espacios Públicos, L.. F.A.R., al pago conjunto y solidario de la suma de cincuenta mil pesos (RD$ 50,000.00) diarios, en calidad de astreinte, por cada día que pase sin que se le de cumplimiento a esta decisión."

VISTA Y LEIDA la Sentencia in-voce de fecha 13 de noviembre del año 2008, dictada por la Magistrada Juez Presidente de la Primera Sala del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo, cuyo dispositivo fue el siguiente: "PRIMERO: Autoriza a la parte recurrida al depósito de documentos, se le otorga un plazo de tres (3) días, y a la parte tomar conocimiento de dichos documentos; SEGUNDO: Se ordena la comparecencia del señor F.A.R., en cuanto al síndico es rechazado por improcedente; TERCERO: Se fija audiencia para el jueves cuatro (4) del mes de diciembre del año dos mil ocho (2008) a las (9:00) horas de la mañana. Vale citación para las partes presentes y representadas."

VISTA Y LEIDA la Sentencia in-voce de fecha 4 de diciembre del año 2008, dictada por la Magistrada Juez Presidente de la Primera Sala del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo, cuyo dispositivo fue el siguiente: "PRIMERO: Se prorroga la presente audiencia para el viernes 12 de diciembre del año 2008 a las nueve horas de la mañana (09:00 a.m.). SEGUNDO: Deja abierta las medidas de la audiencia anterior y depósito de documentos y comparecencia del señor F.A.R.. Vale citación para las partes presentes y representadas."

VISTO Y LEIDO el Inventario de Documentos depositado por ante la Secretaría de este Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo en fecha 11 de diciembre del año 2008, por el Lic. C.M.A., por sí y por el Lic. J.A.D., en representación del Ayuntamiento Santo Domingo Este (ASDE)

VISTA Y LEIDA la Sentencia in-voce de fecha 12 de diciembre del año 2008, dictada por la Magistrada Juez Presidente de la Primera Sala del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo, cuyo dispositivo fue el siguiente: "PRIMERO: Se reserva el fallo a la excepción de incompetencia planteada por la parte recurrida Ayuntamiento Santo Domingo Este, para una próxima audiencia. SEGUNDO: Se otorga un plazo de 24 horas para depósito de conclusiones ampliadas a las partes recíprocamente. TERCERO: Se fija la próxima...

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