Sentencia nº 044-2009 de Tribunal Contencioso Tributario, 27 de Mayo de 2009

Fecha de Resolución27 de Mayo de 2009

FECHA 27/5/2009

MATERIA AMPARO

RECURRENTE (S) J.D.P. Y COMPARTES

ABOGADO (S)

RECURRIDO (S)

ABOGADO (S)

En la ciudad de Santo Do

mingo, Distrito Nacio

nal, Capital de la República Dominicana, a los VEINTISIETE (27) días del mes de MAYO del año dos mil nueve (2009), año 166 de la Independencia y 146 de la Restauración

LA SEGUNDA SALA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO TRIBUTARIO Y ADMINISTRATIVO, de Jurisdicción Nacional, regularmente constituida en la Sala donde acostumbra celebrar sus audiencias, sito en la calle J.S.R., Edificio No. 1-A, esquina S.S., del sector de Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, con la presencia de sus jueces: YADIRA DE MOYA KUNHARDT, J.P.; F.P.J., J.; J.A.H.P., J.; asistidos de la infrascrita Secretaria, ha dictado en sus atribuciones de Jueces de A. y en audiencia pública la sentencia que sigue

CON MOTIVO DE LA ACCION DE AMPARO, interpuesta por los LICENCIADOS JOSE D.P. REYES, ANGELA ALT. FONTANILLA BUENO, R.P.R.A., C.A.S. CUELLO, R.A.L.M., G.O., GUARIONEX ZAPATA

GUILAMO, FRANCISCO DE AZA SEVERINO, FERMIN DE LA CRUZ SANTANA Y F.J.M.M., dominicanos, mayores de edad, Abogados de los tribunales de la República, portadores de la cédula de identidad y electorales Nos. 047-0028828-7, 001-0457090-8, 001-0384550-9, 001-0185319-0, 001-0454376-4, 048-0029826-3, 005-0001735-5, 023-0031663-1, 001-0115364-1, 049-0000747-9, 027-005306-5, 026-0030694-4 y 001-491915-4, respectivamente, quienes tienen como abogados constituidos y apoderados especiales al Lic. T.R.M., Dr. A.B.F.H., L.. F. De la Cruz Santana, Dr. R.M.S.P., Dr. J.F.M. y Matos y L.. P.R.A., dominicanos mayores de edad, portadores de la cédulas de identidad y electorales Nos. 001-0496780-7, 001-0185319-0, 005-0001735-5, 001-0384550-9, 001-0491915-4 y 001-0454376-4, respectivamente, abogados de los tribunales de la República; con estudio profesional abierto en la Avenida Winston Churchill No. 5, Suite 1-A, primer piso, del sector La J., quienes en conjunto hacen elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales y procesales de la presentencia instancia, CONTRA el Colegio Dominicano de Notarios; Dr. L.R.V.M.; L.. A.H.N.R.; Comisión Nacional Electoral y Dra. F.C.

VISTA Y LEIDA la instancia introductiva de la Acción de Amparo de fecha 29 de enero del año 2009 y depositada por ante la Secretaría del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo en la misma fecha citada, suscrita por el LIC. TEOFILO ROSARIO MARTINEZ Y FERMIN DE LA CRUZ SANTANA, de generales anotadas, actuando a nombre y en representación de JOSE DAVID PEREZ Y COMPARTES, cuyas conclusiones son las siguientes: "PRIMERO: Admitir y por tanto declarar, buena, regular y válida en cuanto a la forma la presente instancia y/o acción de recurso de amparo al haber sido interpuesto en tiempo hábil y conforme a la Ley y el Derecho, con todas y cada una de sus consecuencias legales de rigor, acción y recurso incoado por los

recurrentes, impetrantes y exponentes L.. J.D.P. REYES, ANGELA ALT. FONTANILLA BUENO, R.P.R.A., C.A.S. CUELLO, R.A.L.M., G. ATAÑE, G.Z.G., FRANCISCO DE AZA SEVERINO, FERMIN DE LA CRUZ SANTANA Y F.J.M.M., en contra y perjuicio de los querellados y recurridos: 1) Colegio de Notarios y su Consejo Directivo. 2) Dr. L.R.V.M., en su condición y calidad de Presidente del Colegio Dominicano de Notarios. 3) Licda. A.H.N.R., en su condición y calidad de: Secretaria General del Colegio Dominicano de Notarios, para los períodos desde el 2005 hasta el 2009. 4) Comisión Nacional Electoral del Colegio Dominicano de Notarios, para las elecciones celebradas en fecha 25 de octubre del año 2008, por el Colegio Dominicano de Notarios, integradas por los Licdos. L.M.C., J.M.G. y M.P.C. y la 5) Dra. F.C., en su condición y calidad de Tesorera del Colegio Dominicano de Notarios. SEGUNDO: Que al admitir en cuanto a la forma el presente recurso de amparo, procedáis a dictar el correspondiente auto y en tal virtud fijéis, la fecha en la cual se conocerá la audiencia de la presente instancia y/o acción de recurso de amparo. TERCERO: Que mediante dicho auto autoricéis, a los recurrentes, impetrantes, querellantes y recurridos, a los fines de que comparezcan a la citada audiencia, y que sean cumplidas las demás formalidades, acorde como lo estipula la ley que rige esta materia. CUARTO: Que en cuanto al fondo de la presente instancia y/o acción de recurso de amparo, por ser justa, proceder en derecho, estar ajustada a la ley, tener mérito, tener justa causa, fundamento jurídico, tener base y sustentación legal, y luego de este tribunal haber comprobado todas y cada uno de las violaciones a los derechos fundamentales, incurridas por los a los querellados y recurridos, la presente instancia y/o acción de amparo, sea acogida en todas sus partes, con todas y cada una de sus consecuencias legales de rigor. QUINTO: Que al declarar la procedencia y justeza de la

presente instancia y/o acción de recurso de amparo en vías de consecuencias, tengáis y procedáis a bien ordenar a los querellados y recurridos: 1) Colegio Dominicano de Notarios y su Consejo Directivo. 2) Dr. L.R.V.M., en su condición y calidad de Presidente del Colegio Dominicano de Notarios. 3) Licda. A.H.N.R., en su condición y calidad de Secretaria General del Colegio Dominicano de Notarios, para los períodos desde el 2005 hasta el 2009. 4) Comisión Nacional Electoral del Colegio Dominicano de Notarios, para las elecciones celebradas en fecha 25 de octubre del año 2008, por el Colegio Dominicano de Notarios, integradas por los Licdos. L.M.C., J.M.G. y M.P.C. y a la 5) Dr. F.C., en su condición y calidad de Tesorera del Colegio Dominicano de Notarios. A poner a disposición, y entregar de inmediato, y sin ningún tipo de demora en manos de los recurrentes, impetrantes y exponentes, todas y cada unas las informaciones y documentaciones solicitadas mediante el presente Acción de recurso de amparo, consistentes en: Uno: Caso de todos los documentos relativos a: Estatutos del Colegio Dominicano de Notarios: Conteniendo las siguientes características: a) Una copia certificada (debidamente firmada y certificada, por el funcionario legalmente competente y con calidad, en el momento de la fecha de la celebración de la asamblea) tanto de la publicación como de la comunicación de la Convocatoria a la Asamblea que aprobó los estatutos. b) Una Copia certificada (debidamente firmada y certificada, por el funcionario legalmente competente y con calidad, en el momento de la fecha de la celebración de la asamblea) del pase de Lista de los Notarios aptos y con calidad y Acta de presencia de dichos notarios aptos y con calidad en la Asamblea que aprobó los Estatutos. c) Una Copia certificada (debidamente firmada y certificada, por el funcionario legalmente competente y con calidad, en el momento de la fecha de la celebración de la asamblea) y firmada por los comparecientes (aptos y con calidad), la Asamblea que aprobó los Estatutos. d) Una Copia certificada (debidamente firmada y certificada, por el funcionario legalmente competente y con calidad, en el

momento de la fecha de la celebración de la asamblea) de los Estatutos. DOS: Caso de todos los documentos relativos a la Modificación del Reglamento Electoral del Colegio Dominicano de Notarios: conteniendo las siguientes características: a) Una Copia certificada (debidamente firmada y certificada, por el funcionario legalmente competente y con calidad, en el momento de la fecha de la celebración de la asamblea) tanto de la publicación como de la comunicación de la Convocatoria a la Asamblea que aprobó la modificación al Reglamento Electoral. b) Una Copia certificada (debidamente firmada y certificada, por el funcionario legalmente competente y con calidad, en el momento de la fecha de la celebración de la asamblea) del pase de lista de los Notarios aptos y con calidad y Acta de Presencia de dichos notarios actos y con calidad en la Asamblea que aprobó la modificación al Reglamento Electoral. c) Una Copia certificada (debidamente firmada y certificada, por el funcionario legalmente competente y con calidad, en el momento de la fecha de la celebración de la asamblea) y firmada por los comparecientes (aptos y con calidad) a la Asamblea que aprobó la modificación al Reglamento Electoral. d) Una Copia certificada (debidamente firmada y certificada, por el funcionario legalmente competente y con calidad, en el momento de la fecha de la celebración de la asamblea) del Reglamento Electoral. TRES: Caso de todos los documentos relativos a el: Reglamento de Distribución de Trabajos Notariales del Estado del Colegio Dominicano de Notarios: Conteniendo las siguientes características: a) Una Copia certificada (debidamente firmada y certificada, por el funcionario legalmente competente y con calidad, en el momento de la fecha de la celebración de la asamblea) tanto de la publicación como de la comunicación de la Convocatoria a la Asamblea que aprobó el Reglamento de Distribución de Trabajos Notariales del Estado. b) Una Copia certificada (debidamente firmada y certificada, por el funcionario legalmente competente y con calidad, en el momento de la fecha de la celebración de la asamblea) del pase de lista de los Notarios aptos y con calidad en la Asamblea que aprobó el Reglamento de distribución de Trabajos

Notariales del Estado. c) Una Copia del Acta certificada (debidamente firmada y certificada, por el funcionario legalmente competente y con calidad, en el momento de la fecha de la celebración de la asamblea) y firmada por los comparecientes (Notarios aptos y con calidad) a la Asamblea que aprobó el Reglamento de distribución de Trabajos Notariales del Estado. d) Una Copia certificada (debidamente firmada y certificada, por el funcionario legalmente competente y con calidad, en el momento de la fecha de la celebración de la asamblea) del Reglamento de Distribución de Trabajos Notariales del Estado. CUARTO: Caso de todos los documentos relativos a el...

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