Sentencia nº 077-1998 de Tribunal Contencioso Tributario, 30 de Noviembre de 1998

Fecha de Resolución30 de Noviembre de 1998

FECHA 30/11/1998

MATERIA CONTENCIOSO-TRIBUTARIO

RECURRENTE (S) F.M.B. RODRíGUEZ

ABOGADO (S) DR. J.E.A.M.

RECURRIDO (S) ESTADO DOMINICANO

ABOGADO (S) PROCURADOR GENERAL TRIBUTARIO

DIOS, PATRIA Y LIBERTAD

República Dominicana

En Nombre de la República

Sentencia No. 77-98

En Santo Domingo de G., Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y ocho (1998), años 155º de la Independencia y 136º de la Restauración

El Tribunal Contencioso-Tributario, regularmente constituido en la Sala donde acostumbra celebrar sus audiencias sito en la tercera planta del Edificio Gubernamental, ubicado en la calle 4ta., del sector de Los Mameyes, de esta ciudad, con la presencia de sus Jueces: A.R.M., A.C.P., M.C.B., M.A.R.C. y J.C.E., asistidos de la infrascrita Secretaria, ha dictado en sus atribuciones de lo contencioso-tributario, y en audiencia pública la sentencia que sigue

Con motivo del recurso contencioso-tributario interpuesto por el Sr. F.M.B.R., sucesor de la finada Sra. H.C.B.Q., dominicano, mayor de edad, casado, domiciliado y residente en la ciudad de Santo Domingo, portador de la cedula de identidad y electoral No. 001-0253574-7, legalmente representado en el presente recurso por el Dr. J.E.A.M., dominicano, mayor de edad, abogado, domiciliado y residente en la calle F.F.N. 57 de esta ciudad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0253574-7, contra la Resolución No. 337-58 de fecha 10 de agosto de 1998, dictada por la Secretaría de Estado de Finanzas

Vista y leída la instancia introductiva del recurso de fecha 19 de agosto de 1998, depositada en la Secretaría del Tribunal Contencioso-Tributario en fecha 20 de agosto del mismo año citado, suscrita por el Dr. J.E.A.M., de generales que constan, cuyas conclusiones dicen lo siguiente: "Primero: Declarar bueno y válido el presente recurso contencioso- Tributario, incoado por el Dr. J.E.A.M., en representación del Sr. F.M.B.R., legatario universal de la Sra. H.C.B.Q., contra la Resolución No. 337-98 dictada por la Secretaría de Estado de Finanzas en fecha 10 de agosto de 1998; Segundo: Revocar la Resolución No. 337-98 de la Secretaría de Estado de Finanzas de fecha 10 de agosto de 1198, por carecer de base legal, encontrarse mal fundamentada y haber violado disposiciones de orden público; y en consecuencia declarar prescrita la acción del fisco tendente al cobro de supuestos impuestos sucesorales en ocasión del fallecimiento de la Sra. H.C.B. Quezada, en perjuicio del Sr. F.M.B.R., legatario universal de la citada finada, con todas sus consecuencias legales; Tercero: Acoger en todas sus partes nuestras conclusiones, por ser justas, reposar en prueba legal y encontrarse fundamentadas en las disposiciones legales vigentes; y en consecuencia liberar al Sr. F.M.R.B., del pago de la suma de RD$56,047.00 por concepto de la liquidación sucesoral realizada por la Dirección General de Impuestos Internos, en vista de que, como expusimos anteriormente, la obligación tributaria se encuentra extinguida por causa de la prescripción; Cuarto: Notificar a la Dirección General de Impuestos Internos la decisión dictada por ese alto tribunal, con todas sus consecuencias legales"

Visto y leído el Auto No. 90/98 de fecha 21 de agosto de 1998, del Magistrado Juez Presidente del Tribunal Contencioso-Tributario, comunicándole el expediente al Magistrado Procurador General Tributario, para fines de opinión

Visto y leído el Dictamen No. 80-98 de fecha 16 de septiembre de 1998, del Magistrado Procurador General Tributario, cuyo dispositivo es el siguiente: Unico: Declarar irrecibible el recurso contencioso-tributario interpuesto por el Sr. F.M.R.B., sucesor de la finada H.C.B.Q., contra la Resolución No. 337-98 de fecha 10 de agosto de 1998, por violación a los artículos 63, 80 y 143 de la Ley No. 11-92 del 16 de mayo de 1992 (Código Tributario)"

Visto y leído el Auto No. 60/98 de fecha 17 de septiembre de 1998 del Magistrado Juez Presidente del Tribunal Contencioso-Tributario, ordenando la comunicación del Dictamen ut-supra citado de la parte recurrente para los fines procedentes

Vista y leída la Comunicación No. 7709 de fecha 30 de septiembre de 1997, contenida del pliego de modificaciones y liquidación sucesoral, emitida por la...

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