Sentencia nº 028-2007 de Tribunal Contencioso Tributario, 30 de Octubre de 2007

Fecha de Resolución30 de Octubre de 2007

FECHA 30/10/2007

MATERIA CONTENCIOSO-TRIBUTARIO

RECURRENTE (S) INGENIEROS TEJADA & ASOCIADOS, S. A

ABOGADO (S)

RECURRIDO (S) RES. REC. NO. 203-07 (DGII)

ABOGADO (S)

DIOS, PATRIA Y LIBERTAD

República Dominicana

SENTENCIA No.028-2007

En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los TREINTA (30) días del mes de OCTUBRE del año dos mil siete (2007), año 164 de la Independencia y 145 de la Restauración

LA PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO TRIBUTARIO Y ADMINISTRATIVO, de Jurisdicción Nacional, regularmente constituida en la sala donde acostumbra celebrar sus audiencias, sito en la calle J.S.R.N. 1-A esquina S.S., Sector Gazcue, Distrito Nacional, con la presencia de sus Jueces: S.H.M., J.P., JUDHIT CONTRERAS ESMURDOC, J.; F.E.F., J., asistidos de la infrascrita Secretaria, han dictado en sus atribuciones de lo contencioso T. y en audiencia pública la sentencia que sigue

CON MOTIVO DEL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO interpuesto por la empresa INGENIEROS TEJADA & ASOCIADOS, S.A., RNC No.1-01-66705-2, con domicilio social sito en la calle B, Esquina El Vergel, E.E.V., de esta ciudad de Santo Domingo Distrito Nacional, entidad jurídica constituida conforme a las leyes Dominicanas, representada por la encargada de Contabilidad, LIC. M.R., dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la cedula de Identidad y Electoral No. 001-0935903-4, domiciliada y residente en la calle B, Esquinal El Vergel de esta ciudad de Santo Domingo Distrito Nacional, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. J.D.P.L., dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de Identidad y Electoral No.001-1132409-1, domiciliado y residente en la calle C.N.33, Sector de G., de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional

VISTA Y LEIDA la instancia introductiva del recurso de fecha 25 de julio del año 2007, suscrita por el LIC. J.D.P.L., de generales constan, en representación de la empresa INGENIEROS TEJADA & ASOCIADOS, S.A., cuyas conclusiones son las siguientes: "PRIMERO: D., regular y válido en cuanto a la forma el presente Recurso Contencioso Tributario, por haber sido hecho dentro del plazo correspondiente y de conformidad con todas las disposiciones legales y especialmente las establecidas en la Ley 11-92 del 16 de mayo de 1992 (Código Tributario de la República Dominicana) y de la Ley 13-07 del 23 de febrero de 2007. SEGUNDO: Que se declare R., en cuanto al fondo, aun sin haber cumplido con las disposiciones del Artículo 143 del Código Tributario, que crea el Solvet et Repete, ya que esta regla ha sido declarada inconstitucional por ese Honorable Tribunal, mediante reiteras sentencias y especialmente la No.01/98, de fecha 9 de enero de 1998, ratificadas por sentencias de la Suprema Corte de Justicia. TERCERO: En cuanto al fondo, declarando, sin ningún efecto ni valor jurídico, la Resolución de Reconsideración número 203-07, dictada por la Dirección General de Impuestos Internos en fecha 01 de junio de 2007, la cual fue notificada a nuestra representada empresa INGENIEROS TEJADA & ASOCIADOS, S.A., el día 16 de julio de 2007, en contra de las notificaciones de ajustes de fecha 15 de marzo del año en curso, en la cual la DGII le notifica a mi representada impuestos, recargos e intereses indemnizatorios, por un monto global de RD$5,464,282.20, por concepto de ITBIS, y RD2,509,160.10 por concepto de Impuesto Sobre la Renta, correspondientes al período comprendido entre 01 de enero del 2004 al 31 de diciembre de 2004, por improcedentes y mal fundadas

VISTO Y LEIDO el Auto No.278-2007 de fecha 31 de julio del año 2007, dictado por la Magistrada Presidente del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo, comunicando el expediente a la Dirección General de Impuestos Internos y...

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