Sentencia nº 070-2007 de Tribunal Contencioso Tributario, 27 de Diciembre de 2007
| Fecha de Resolución | 27 de Diciembre de 2007 |
FECHA 27/12/2007
MATERIA AMPARO
RECURRENTE (S) EDESUR DOMINICANA, S. A
ABOGADO (S)
RECURRIDO (S) RES. SIE-51-2007 (FALLO 223-06 DE LA OFICINA DE PROTECCIóN AL CONSUMIDOR DE ELECTRICIDAD) DICTADA POR LA SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD
ABOGADO (S)
DIOS, PATRIA Y LIBERTAD
República Dominicana
EN NOMBRE DE LA REPUBLICA
SENTENCIA No. 070-2007
En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los VEINTISIETE (27) días del mes de DICIEMBRE del año dos mil siete (2007), año 164 de la Independencia y 145 de la Restauración
LA PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO TRIBUTARIO Y ADMINISTRATIVO, de Jurisdicción Nacional, regularmente constituido en la sala donde acostumbra celebrar sus audiencias, sito en la calle J.S.R., No.1-A, esquina S.S., Sector Gazcue, Distrito Nacional, con la presencia de sus jueces: S.H.M., J.P.; JUDHIT CONTRERAS ESMURDOC, J.; F.E.F., J.; asistidos de la infrascrita Secretaria, ha dictado en sus atribuciones de de Amparo, y en audiencia pública la sentencia que sigue
CON MOTIVO DEL RECURSO DE AMPARO interpuesto por EDESUR DOMINICANA, S. A, sociedad comercial organizada y existente de conformidad con las leyes de la República Dominicana, con su domicilio y asiento social situado en el Edificio Torre Serrano en la Avenida Tiradentes No.47, esquina calle C.S. y S., E.N., de esta ciudad, entidad debidamente representada por su Administrador Gerente General señor R.J.A.P., de nacionalidad peruana, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad No.001-1848807-1, domiciliado en esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, por intermedio de sus abogados apoderados especiales LICDOS. D.R. ESPAÑOL y H.M.A.B., dominicanos, mayores de edad, casada la primera y soltero el segundo, abogados de los tribunales de la Republica, portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos.001-0100333-3 y 001-1258091-5, respectivamente, domiciliados y residentes en esta ciudad, con estudio profesional abierto en común en las oficinas de EDESUR DOMINICANA, S.A., sito en el Edificio Torre Serrano en la avenida Tiradentes No.47, 7mo. Piso, esquina calle C.S. y S., E.N., de la ciudad de Santo Domingo; CONTRA la Resolución SIE-51-2007 (Fallo 223-06 de fecha 12 de junio del año 2006 de la Oficina de Protección al consumidor de Electricidad) dictada por la Superintendencia de Electricidad, en fecha 4 de agosto del año 2007
VISTA Y LEIDA la instancia introductiva del Recurso de Amparo de fecha 20 de septiembre del año 2007, y depositada por ante la Secretaría del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo en fecha 21 del mismo mes y año, suscrita por los LICDOS. D.R. ESPAÑOL y LIC. H.M.A.B., de generales anotadas, en representación de EDESUR DOMINICANA, S. A, cuyas conclusiones son las siguientes: "PRIMERO: En cuanto a la forma declarar bueno y válido el presente Recurso de Amparo, incoado por EDESUR DOMINICANA, S.A., (EDESUR), contra la Resolución SIE-51-2007 (Fallo 223-06, de la Oficina de Protección al Consumidor de Electricidad), dictada por la Superintendencia de Electricidad, en fecha 04 de agosto del año 2007, y notificada a EDESUR DOMINICANA, S. A, en fecha 22 de agosto del 2007, mediante la cual se ordena acreditar RD$1,172,016.45, a favor de R.Z.L., Nic. 2021042; SEGUNDO: En cuanto al fondo, Anular y Revocar en todas sus partes la Resolución SIE-51-2007, ( y con ella el Fallo 223-06, de la Oficina de Protección al Consumidor de Electricidad), dictada por la Superintendencia de Electricidad, en fecha 04 de agosto del 2007, y notificada a EDESUR DOMINICANA, S. A, en fecha 22 de agosto del 2007, mediante la cual se ordena acreditar RD$1,172,016.45, a favor de R.Z.L., Nic. 2021042, por los motivados enunciados en el cuerpo del presente escrito; TERCERO: Que se nos reserve el derecho después de la fecha de interposición del presente Recurso de A., de hacer ampliaciones de argumentaciones y conclusiones, así como de depositar cualquier documentación adicional, en caso necesario"
VISTO Y LEIDO el Auto No.606-2007 de fecha 27 de septiembre del año 2007, de la Magistrada Juez Presidente del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo, donde se fija audiencia pública para el día martes dos (02) de octubre del año 2007, y se autoriza a la parte recurrente a citar a la Superintendencia de Electricidad y a R.Z.L.
VISTA Y LEIDA la Sentencia in voce de fecha 2 de octubre del año 2007, dictada por la Primera Sala del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo, cuyo dispositivo es el siguiente: "PRIMERO: Prorroga el conocimiento de la presente audiencia para el martes 9 del presente mes a las nueve (9:00) horas de la mañana para hacer valer el derecho de defensa de la Superintendencia de Electricidad. SEGUNDO: Ordena a la parte Recurrente citar al Sr. R.Z.L. a su domicilio personal mediante alguacil del Tribunal o un ministerial de un Tribunal de igual jerarquía. TERCERO: Vale citación para las partes presentes y representadas."
VISTO Y LEIDO el Escrito de Defensa de fecha 7 de octubre del año 2007 y depositado por ante el tribunal en fecha 9 de octubre del año 2007, de la Superintendencia de Electricidad, suscrito por el Lic. A.C.S., cuyas conclusiones son las siguientes: "PRIMERO: Que se rechace en todas sus partes y consecuencias la acción en amparo intentada por la empresa recurrente, EMPRESA DISTRIBUIDORA DE...
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