Sentencia nº 051-2008 de Tribunal Contencioso Tributario, 12 de Junio de 2008

Fecha de Resolución12 de Junio de 2008

FECHA 12/6/2008

MATERIA CONTENCIOSO-TRIBUTARIO

RECURRENTE (S) INVERSIONES ARCABUCO, S. A

ABOGADO (S)

RECURRIDO (S) INSTITUTO DE ESTABILIZACIóN DE PRECIOS (INESPRE)

ABOGADO (S)

DIOS, PATRIA Y LIBERTAD

República Dominicana

EN NOMBRE DE LA REPUBLICA

SENTENCIA No. 051-2008

En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los DOCE (12) días del mes de JUNIO del año dos mil ocho (2008), año 165´ de la Independencia y 145´ de la Restauración

LA PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO TRIBUTARIO Y ADMINISTRATIVO, de Jurisdicción Nacional, regularmente constituida en la sala donde acostumbra celebrar sus audiencias, sito en la calle J.S.R., No.1-A, esquina S.S., del sector de Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, con la presencia de sus Jueces: S.H.M., J.P.; JUDHIT CONTRERAS ESMURDOC, J.; F.E.F., J.; asistidos de la infrascrita Secretaria, ha dictado en sus atribuciones de A. y en audiencia pública la sentencia que sigue

CON MOTIVO DEL RECURSO DE AMPARO, interpuesto por INVERSIONES ARCABUCO, S.A., entidad comercial constituida conforme a las leyes de la República, con su asiento social en la avenida L. de Vega, No. 46, altos, del ensanche Piantini del Distrito Nacional, legalmente representada por su Director LIC. FABIAN SUERO, dominicano, mayor de edad, casado, periodista, portador de la cédula de identidad y electoral No.001-0111245-6, domiciliado y residente en esta ciudad, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al DR. P.R., dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 078-0003036-8, con domicilio profesional en la avenida L. de Vega, No.46, altos, del ensanche P., del Distrito Nacional, CONTRA el Instituto de Estabilización de Precios (INESPRE)

VISTA Y LEIDA la instancia introductiva del Recurso de Amparo de fecha 02 del mes de marzo del año 2008, y depositada ante la Secretaría del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo en fecha 8 de abril del mismo año, suscrita por el DR. P.R., en representación del recurrente INVERSIONES ARCABUCO, S.A., cuyas conclusiones son las siguientes: "PRIMERO: Luego de comprobar y declarar la existencia de la violación al derecho fundamental a la información, se ordene al Estado Dominicano por vía del Instituto de Estabilización de Precios (INESPRE), poner de inmediato a disposición de la empresa INVERSIONES ARCABUCO, S. A., entidad comercial constituida en virtud de las leyes de la República, Productora de Multimedios DominicanosHoy.Com, periódico, radio y televisión digital, la información solicitada relativa al monto de la emisión de Bonos para el pago de la deuda pública, emitido a partir del 16 de agosto del 2004, para el pago a los comerciantes y cosecheros a través del Instituto Nacional de Estabilización de Precios (INESPRE); SEGUNDO: Condena al Estado Dominicano por vía del Instituto de Estabilización de Precios (INESPRE), al pago de un astreinte por la suma de Cinco Mil Pesos (RD$5,000.00) diarios por cada día de retardo en entregar los documentos solicitados; TERCERO: Que se declare el procedimiento libre de costas, conforme a lo que establece el artículo 30 de la Ley de Amparo, marcada con el número 437-06 del 30 de noviembre del 2006 (G.O. No.10396); CUARTO: Que la presente sentencia sea ejecutoria sobre minuta, no obstante cualquier recurso; QUINTO: Ordena, que la presente sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo."

VISTO Y LEIDO el Auto No. 492-2008 de fecha 10 de abril del año 2008, de la Magistrada Juez Presidente de la Primera Sala del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo, fijando audiencia pública para el día diecisiete (17) de abril del año 2008, para conocer del presente Recurso de Amparo dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 13, párrafo 1ro. de la Ley No.437-06 de fecha 30 de noviembre del 2006, que establece el Recurso de Amparo

VISTA Y LEIDA la Sentencia in voce dictada por la Primera Sala del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo en fecha diecisiete (17) del mes de abril del año 2008, cuyo dispositivo es el siguiente: "PRIMERO: Ordena la comunicación recíproca entre las partes. SEGUNDO: Se aplaza el conocimiento de la presente audiencia para el martes 29 de abril del año 2008 a las nueve (09:00) horas de la mañana. Vale citación para las partes presentes y representadas."

VISTO Y LEIDO el Inventario de los Documentos depositados en la Secretaría del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo en fecha 28 de abril del año 2008 por el Instituto de Estabilización de Precios (INESPRE), para los fines correspondientes

VISTA Y LEIDA la Sentencia in voce dictada por la Primera Sala del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo en fecha veintinueve (29) del mes de abril del año 2008, cuyo dispositivo es el siguiente: "PRIMERO: Se reserva el fallo de la presente audiencia para una próxima audiencia que será comunicada por auto de este tribunal a las partes...

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