Sentencia nº 071-2008 de Tribunal Contencioso Tributario, 28 de Julio de 2008

Fecha de Resolución28 de Julio de 2008

FECHA 28/7/2008

MATERIA CONTENCIOSO-TRIBUTARIO

RECURRENTE (S) ALIANZA DOMINICANA CONTRA LA CORRUPCIóN (ADOCCO)

ABOGADO (S)

RECURRIDO (S)

ABOGADO (S)

En la ciudad de Santo Do

mingo, Distrito Nacio

nal, capital de la República Dominicana, a los VEINTIOCHO (28) días del mes de JULIO del año dos mil ocho (2008), año 165 de la Independencia y 145 de la Restauración

LA SEGUNDA SALA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO TRIBUTARIO Y ADMINISTRATIVO, de Jurisdicción Nacional, regularmente constituida en la Sala donde acostumbra celebrar sus audiencias, sito en la calle J.S.R., Edificio No. 1-A, esquina S.S., del sector de Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, con la presencia de sus jueces: YADIRA DE MOYA KUNHARDT, J.P.; F.P.J., J.; J.A.H.P., J.; asistidos de la infrascrita Secretaria, ha dictado en sus atribuciones de jueces de A. y en audiencia pública la sentencia que sigue

CON MOTIVO DEL RECURSO DE AMPARO, interpuesto por ALIANZA DOMINICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN (ADOCCO), asociación sin fines de lucro, organizada de conformidad con la Ley No.520, de fecha 16 de julio del 1920, derogada por la Ley 122-05 de fecha 3 de mayo del año 2005, que regula y fomenta las Asociaciones sin fines de Lucro, incorporada mediante Decreto del Poder Ejecutivo No.360-2000 de fecha 4 de agosto del año 2000, con su domicilio social en la avenida M.G. No.41, esquina Avenida J.C., Plaza Royal, Suite 309, Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, representada por su Coordinador General señor JULIO CESAR DE LA ROSA TIBURCIO, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No.001-0306047-1, de este domicilio y residencia; por órgano de sus abogados constituidos y apoderados especiales los Licenciados YUSCIL JOAQUÍN CHEZ BUENO, R.A.R.G.Y.D.I., dominicanos, mayores de edad, casados, abogados de los Tribunales de la República, titulares de las cédulas de identidad y electoral Nos. 001-006795-8, 074-002209-6 y 001-0105529-1, respectivamente, con estudio profesional abierto en común en la calle Las Carreras No. 8, del sector de Ciudad Nueva, Santo Domingo, Distrito Nacional, lugar este último donde la recurrente hace formal elección de domicilio para todos los fines y consecuencias legales de la presente instancia, contra la Secretaría de Estado de Economía, Planificación y Desarrollo y L.. J.T.M.

VISTA Y LEIDA la instancia introductiva del Recurso de Amparo de fecha 13 de mayo del año 2008 y depositada por ante la Secretaría del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo en la misma fecha citada ut supra, suscrita por el LCDO. R.R.G., por sí y por los LICDOS. YUSCIL CHEZ BUENO Y D.I., en representación de la empresa ALIANZA DOMINICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN (ADOCCO), cuyas conclusiones son las siguientes: "PRIMERO: Que sea admitido el presente recurso de amparo por haber sido interpuesto conforme a la ley y en consecuencia fijáis audiencia para conocer del mismo y se emita auto a los fines de notificar la presente instancia y citar a los agraviantes a la audiencia a celebrarse para conocer de la presente reclamación. SEGUNDO: Que luego de comprobar y declarar la existencia de la violación al derecho fundamental a la información, se ordene a la Secretaría de Estado de Economía, Planificación y Desarrollo y al señor L.. J.T.M., en su calidad de S. de la misma, poner de inmediato a disposición de la ALIANZA DOMINICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN (ADOCCO), en manos de su Coordinador General, señor L.. Julio C. de la Rosa Tiburcio, la información solicitada, relativa al proyecto de automatización de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, UASD, que consiste en: Las informaciones con el debido soporte documental del proyecto de automatización de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, UASD, ejecutado con recursos provenientes de un préstamo otorgado al país por el gobierno de Taiwán. TERCERO: Que se declare el procedimiento libre de costas, conforme a lo que establece el artículo 30 de la ley de amparo."

VISTO Y LEIDO el Auto No.687-2008 de fecha 19 de mayo del año 2008, de la Magistrada Juez Presidente de la Segunda Sala del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo, fijando Audiencia...

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