Sistema de legalidad constitucional en la administración pública

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Sistema de legalidad constitucional en la administración pública

Rosalía Sosa Pérez.

Derechos Humanos

A través de la administración pública, el Estado somete a los administrados a su “ius imperium” mediante la producción de leyes necesarias para una adecuada convivencia. Los funcionarios públicos son depositarios de la autoridad y no pueden atribuirse facultades que ni la carta magna ni la ley les otorga.

A pesar de prestar juramento a la hora de tomar posesión de sus funciones con el propósito de cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes, la ciudadanía debe ser vigilante de que éstos cumplan con la función para las cuales han sido designados.

La hermenéutica del estado de derecho es que los ciudadanos tengan confianza en la administración pública y una señal importante para mantener la credibilidad en la autoridad no sólo es ser respetuoso de las leyes, sino mantener la integridad institucional y rendir cuentas a los gobernados.

Sin embargo, existen señales que muestran situaciones contrarias: incumplimiento de sus funciones, delegación de las mismas en sus subalternos, uso inapropiado de los fondos públicos, desviación de los recursos del Estado en actividades politico partidaristas, uso inapropiado del tiempo de trabajo pagado por los contribuyentes en actividades personales o proselitistas, entre otros. Esta actitud de la administración pública lesiona no sólo al principio de legalidad, sino la confianza dada por los ciudadanos al momento de elegir sus autoridades.

El funcionario público que ejerce sus funciones sólo puede hacer lo que la ley le permite hacer y está impedido de hacer lo que ella no le faculta. Por ejemplo: si una entidad pública tiene por disposición legal la atribución administrativa de determinada función, pero no se establece en ella la potestad de sancionar, la entidad no puede vía interpretación concluir que es tácita su competencia para sancionar por el hecho de que la ley haya tipificado las infracciones, establecido las sanciones pero no definido el organismo sancionador.

La autoridad pública está sujeta al principio de legalidad y a la transparencia en sus funciones, en tanto y en cuanto pueda actuar únicamente en la medida en que el legislador les atribuya una competencia concreta suficiente para ejercerla. Los actos y comportamientos de la administración pública deben estar regulados por normas escritas, lo que significa el sometimiento de ésta a la Constitución y a la ley adjetiva...

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