De un sistema procesal penal inquisitivo a uno acusatorio

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"De un sistema procesal penal inquisitivo a uno acusatorio"

Sugey Robles

Durante las dos últimas décadas ha tenido lugar en la mayor parte de los países de América Latina un vigoroso proceso de reformas a los sistemas de justicia penal. Estas reformas, que de modo general podemos caracterizar como el paso desde sistemas inquisitivos a otros de carácter acusatorio, han convocado a muchos actores, generado importantes cambios legales y supuesto la inversión de numerosos recursos.

El Derecho Penal, como conjunto de reglas, normas o procedimientos que determina los delitos y las penas, debe tener como finalidad asegurar la seguridad de la sociedad en general, respeto a sus prerrogativas y garantías en el proceso penal, sin excluir a los procesados.

Como órgano sancionador, está a su cargo organizar los delitos y las penas respetando las garantías del derecho penal, las cuales son: garantía legal, garantía penal, garantía procesal y la garantía de ejecución en pro a un debido proceso a la luz de nuestra Constitución.

Garantías, que no muchos años atrás eran irrespetadas, por no decir pisoteadas, por nuestro sistema penal mixto, el cual, según nos señala Alberto Binder, "si conserva la estructura clásica del procedimiento mixto o, mejor dicho, del procedimiento inquisitivo reformado; detrás se esconde la naturaleza procesal inquisitiva" (ponencia que presentara el día 21 de abril de 1994, enla Universidad Centroamericana de Managua).

Con la llegada del Código Procesal Penal (Ley 76-02), se ha asumido definitivamente el diseño constitucional del proceso penal, el cual es el único compatible con un Estado de Derecho.

Esta reforma nos introduce en la nueva normativa procesal penal que, asumiendo los valores constitucionales, entre otras cosas, organiza un proceso penal que pretende ajustarse a la forma judicial consagrada en el artículo 8, numeral 2, literal j) de la Constitución; recupera espacio a favor de las víctimas, disciplina la duración de los procesos, simplifica los trámites, establece una clara separación entre las funciones investigativas y las jurisdiccionales, fortalece el papel del Ministerio Público y la policía en la investigación, reconoce el ejercicio efectivo y oportuno del derecho de defensa y fortalece la función jurisdiccional de los jueces.

La aprobación de un nuevo Código Procesal Penal trajo consigo cambios sustanciales en la realidad procesal dominicana; en primer lugar, supone el rompimiento de un sistema violatorio de los derechos humanos caracterizado por el imperio del principio inquisitivo, es decir, del establecimiento de un proceso penal, escrito, secreto, lento y, sobre todo, incierto en sus resultados; en segundo lugar, el nuevo Código Procesal Penal supone la plasmación y concreción de los derechos y garantías individuales establecidos en nuestra Constitución, de lo cual deriva una tercera consecuencia, el estricto...

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