De sistemas juridicos al nuevo Codigo de Procedimiento Civil

Páginas32674851

De sistemas jurídicos al nuevo Código de Procedimiento Civil

Fernando Martínez Mejía

Abogado, profesor de derecho procesal civil en la Universidad Autónoma de Santo Domingo, director ejecutivo del Instituto Dominicano de Derecho Procesal.

RESUMEN:

El anteproyecto de Código de Procedimiento Civil intenta ser hechura netamente dominicana, en contraste con los códigos bajados de internet o impuestos por otras sociedades. Pertenece al sistema romano germánico, que es al que pertenece Francia, y se inscribe en los esfuerzos que han hecho todos los países iberoamericanos, que (también pertenecen al sistema francés) por renovarse, adecuarse y crecer en un estado de derecho.

PALABRAS CLAVES:

Sistemas jurídicos, códigos, familias de Derecho, anteproyecto de Código de Procedimiento Civil, derecho procesal civil, República Dominicana.

A MODO DE INICIO

La Ilustración, movimiento intelectual de principios del siglo XVIII, pese a nacer en Europa causó sus primeros grandes efectos en América en 1776, al producirse la independencia de trece colonias inglesas y la creación de los Estados Unidos de América. La Revolución Francesa vino después, en 1789.

Estos dos acontecimientos son el punto de partida del derecho moderno, identificado mediante dos antiguos sistemas: el anglosajón y el continental. A menudo se usa la frase dos grandes sistemas, considerando que existen otros subsistemas (como el consuetudinario y el canónico), pero desaprobamos estos adjetivos fundamentándonos en el hecho de que etimológicamente ambos son frutos de la misma matriz (derecho romano), y en que no existen grandes diferencias conceptuales entre ellos, amén de que difieren en la estructura y en el sistema de fuentes.

Los primeros vestigios de ambos sistemas se remontan, para el continental, al siglo V. a. C. con la ley de las Doce Tablas, y al siglo V de nuestra era para el anglosajón, con la Ley de Citas (hacia 426).

El sistema continental se disemina desde Roma a Alemania, Francia, Italia y España, de donde, por efecto de la colonización pasa a ser el derecho de las regiones sometidas a estos imperios. En nuestra América, solo dos países han elaborado códigos propios: México y Chile, y en ambos casos se ha conservado intacta la tradición romano germánica. Los códigos latinoamericanos constituyen todos el mismo sistema jurídico, con la adaptación o implementación en cada caso de figuras que resuelven cuestiones empíricas suscitadas en las respectivas localidades.

Así, por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR