Los terceros no contratantes y su legitimación 'por rebote' para accionar en derecho de consumo

DERECHO DE CONSUMO
LOS TERCEROS NO CONTRATANTES Y SU LEGITIMACIÓN “POR
REBOTE” PARA ACCIONAR EN DERECHO DE CONSUMO
Édynson Alarcón, MA
Magistrado de la Corte de Apelación del D. N., máster en Propiedad Intelectual por la
Universidad Carlos III de Madrid, especialista en Derecho Judicial, profesor de Procedimiento
Civil en UNIBE, PUCMM, UCE y ENJ.
edynsonalarcon22@gmail.com
RESUMEN
Se discurre sobre la legitimación de terceros no contratantes para demandar
bajo el sistema de responsabilidad en materia de derecho de consumo a causa
de un daño indirecto o por rebote.
PALABRAS CLAVE
Responsabilidad civil, daño, contrato, perjuicio, terceros, consumidor, usuario,
derecho de consumo, Ley No. 358-05 General de Protección de los derechos del
consumidor o usuario, responsabilidad extracontractual, víctima por rebote,
herederos, República Dominicana.
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Hoy por hoy, el derecho de consumo es una disciplina catalogada como
“especial” respecto del derecho común de los contratos que encuentra en la
delimitación subjetiva su principal marca de identidad. Ciertamente, el derecho
común, en su orientación contractual, se fundamenta en el principio de la
autonomía de la voluntad y en la igualdad abstracta de los sujetos inmersos en
esa relación, lo cual conduce a una responsabilidad negocial pura y dura, a un
inevitable “sálvese quien pueda” y a la presunción iuris tantum de que el
resultado del contrato es justo porque así las mismas partes lo han deseado.
Es, sin embargo, una verdad de Perogrullo la posición asimétrica de los
consumidores y usuarios en el tráfico si se la compara con la de los empresarios
o profesionales; más aún, que la prevalencia constitucional de los intereses de
los primeros desarrollada a partir del art. 53 de la Constitución1 solo puede
1 Art. 53 de la Constitución dominicana. Derechos del consumidor: toda persona tiene derecho
a disponer de bienes y servicios de calidad, a una información objetiva, veraz y oportuna sobre
el contenido y las características de los productos y servicios que use o consuma, bajo las
previsiones y normas establecidas por la ley. Las personas que resulten lesionadas o
perjudicadas por bienes y servicios de mala calidad tienen derecho a ser compensadas o
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