Las zonas francas comerciales

Páginas88842090

"Las zonas francas comerciales"

Edgar Barnichta Geara.

No toda empresa puede instalarse y ejercer sus operaciones en una Zona Franca, sólo las que, previo cumplimiento de los procedimientos, requisitos y condiciones legales, van a desarrollar una o varias de las actividades permitidas por la ley, que define para las Zonas Francas Comerciales y las Zonas Francas Industriales, la clase de actividad empresarial que se puede ejercer en cada una de ellas, y prevee la prohibición de realizar ciertas operaciones dentro de su demarcación.

Las Zonas Francas Comerciales o Puerto Libre, como se les llama, se rigen por la Ley No, 4315, del 22 de octubre de 1955 y tienen dos objetivos esenciales: servir de almacén o depósito de mercancías extranjeras para su reexportación o introducción al territorio aduanero nacional, previo pago de los derechos e impuestos correspondientes; y, ofrecer a los turistas mercancías extranjeras a buenos precios, libres de impuesto, a condición de que sean inmediatamente exportadas.

El depósito y almacén de mercaderías extranjeras en el país para su reexportación no ha tenido el auge que debió tener, debido principalmente a la falta de conocimiento de esta ley, la carencia de instalaciones adecuadas y a que los inversionistas extranjeros prefieren utilizar la Zona Libre de Colón, en la República de Panamá, aprovechando el canal y su situación geográfica. Contrario ocurre con las tiendas de ventas al detalle a los turistas, cuyos locales comerciales, situados en los aeropuertos internacionales del país son codiciados por los inversionistas.

El artículo 5 de la Ley No. 4315, dice que "toda clase de productos extranjeros, excepto los prohibidos por la Ley, así como los metales preciosos, introducidos en una Zona Franca, podrán ser almacenados, exhibidos, vendidos, fraccionados, reenvasados, armados, separados, empacados, limpiados, mezclados con otros productos nacionales o extranjeros, o ser manufacturados y exportados al extranjero, o introducidos a la República después de haberse pagado los derechos aplicables y cumplido con las otras leyes y regulaciones sobre la importación". Las empresas que pueden establecerse en las Zonas Francas Comerciales son las que realizarán cualquiera de las operaciones señaladas en el artículo citado, a excepción de la manufactura y transformación de las mercancías, actividades que sólo podrán efectuarse en las Zonas Francas Industriales.

Las tiendas de Zonas Francas Comerciales pueden vender...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR