Sentencia nº 259 de Camara Civil, 31 de Julio de 2002

Fecha de Resolución31 de Julio de 2002
EmisorCamara Civil

FECHA 31/7/2002

MATERIA ESTADO DE GASTOS Y HONORARIOS

INVOLUCRANTE (S) DRA. PLÁCIDA MARTE MORA

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S) ERNESTO HUNGRÍA ESTÉVEZ

ABOGADO (S)

DIOS, PATRIA Y LIBERTA

República DomEn la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, hoy día 31 del mes de Julio del año dos mil dos (2002); años 159 de la Independencia y 139 de la Restauración

LA CÁMARA CIVIL DE LA CORTE DE APELACIÓN DE SANTO DOMINGO, en Cámara de Consejo, regularmente constituida en audiencia en la sala destinada al efecto, sita en la primera planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, compuesta por los señores M.M.A.R.O., P., J.E.O. DE WINDT, Primer Sustituto de Presidente, M.A.V.G., Segundo Sustituto de Presidente, X.A.S.S. y H.A. DE LOS SANTOS, J.M., asistidos de la infrascrita secretaria y del alguacil de estrados de turno dicta en sus atribuciones civiles la siguiente sentencia

SOBRE: el recurso de impugnación interpuesto por la DRA. P.M.M., dominicana, mayor de edad, soltera, abogada, titular de la cédula de identidad y electoral No.001-0188444-3, quien actúa en su propio nombre y representación, con estudio profesional abierto en la calle paseo de los Profesores casa No.10, sector Los Maestros, Mirador Sur, en esta ciudad

CONTRA: el auto relativo al expediente marcado con el No. 034-001-622, de fecha 9 de noviembre de 2001, dictado por el Juez de la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, a favor de los sucesores de E.H.E., quienes tienen como abogado constituido y apoderado especial al DR. AUGUSTO R.C.

OÍDO: al alguacil de turno en la lectura del rol

OÍDA: a la abogada de la parte impugnante concluir in voce, de la manera siguiente: solicita muy respetuosamente a esta Honorable Corte. Primero: que se acoja como buena y válida la impugnación del estado de costas y honorarios conforme la resolución evacuada del expediente 034-001-622 de fecha 9 de noviembre del 2001, dictada por la Sala Primera de la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional; 2do. que se acojan íntegramente el estado de costas y honorarios sometido por la Dra. P.M.M. en relación a las demandas en oposición de mandamiento de pago y de validez de oferta real de pago y consignación, posteriormente fusionadas y que la Honorable Corte actuando por propio imperio revoquéis el monto acordado en dicha resolución y acojáis el estado de costas y honorarios sometido y haréis justicia (sic)

AUTOS VISTOS

RESULTA: que con motivo del ESTADO DE GASTOS Y HONORARIOS, sometido para fines de aprobación por la DRA. P.M.M., el Juez de la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, dictó el auto marcado con el No.034-001-622, en fecha 9 de noviembre del año 2001, cuyo dispositivo es el siguiente

RESOLVEMOS: ÚNICO: ACOGER PARCIALMENTE la solicitud de aprobación de Gastos y Honorarios de fecha DOS (02) de Octubre del año dos mil uno (2001), por la DRA. PLACIDA MARTE MORA, por un monto de CINCO MIL PESOS DOMINICANOS (RD$5,000.00), por los motivos ut supra indicados (sic)

RESULTA: que mediante instancia recibida en la secretaría de la Corte en fecha 8 de enero del año 2000, la DRA. P.M.M. interpuso recurso de impugnación contra el auto arriba indicado por no estar conforme con el mismo

RESULTA: que a diligencia de la abogada de la parte impugnante y previo auto del Presidente de la Corte se fijó la audiencia del día 20 de febrero del año 2002, a las nueve horas de la mañana, para conocer del mencionado recurso de impugnación

RESULTA: que a la audiencia efectivamente celebrada por la Corte en fecha y hora arriba indicadas, solamente compareció la parte impugnante, representada por sí misma, quien concluyó como se expresa en otra parte de esta decisión; audiencia que culminó con la siguiente sentencia in-voce: la Corte ordena: formalizar las conclusiones por secretaría con el depósito de las que han sido leídas y aquellas que hayan sido dictadas in - voce deberán ser firmadas en el acta de audiencia, la Corte se reserva el fallo sobre la impugnación (sic)

VISTOS: los documentos depositados bajo inventario en la Secretaría de la Corte en fecha 8 de enero del año 2002, por la DRA. P.M.M., a cuyo tenor las piezas depositadas en el expediente son, a saber

  1. Sentencia de fecha 21/8/2001, relativa a los Exps. 034-2000-012041 y 12044 (fusionados) Cursa Apelación #027-01-012041

  2. Estado de Gastos y Honorarios sometido en fecha 02/10/2001

  3. Acto No.251/00, de fecha 26 de Abril del 2000, contentivo de Mandamiento de Pago

    COPIA

  4. Acto No.315, de fecha 26 de Mayo del 2000, R.. M.. De pago

  5. Acto No.315, de fecha 5/6/2000, contentivo de M.. de Pago...

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