Sentencia nº 110-2009 de Tribunal Contencioso Tributario, 30 de Noviembre de 2009

Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2009

FECHA 30/11/2009

MATERIA CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

RECURRENTE (S) COMISIóN AEROPORTUARIA

ABOGADO (S)

RECURRIDO (S) LOS SUB-CONCESIONARIOS/ARRENDATARIOS DE LOS LOCALES ACTUALMENTE OCUPADOS POR LAS INDICADAS TIENDAS Y NEGOCIOS DE ZONA FRANCA

ABOGADO (S)

En la ciudad de Santo Do

mingo, Distrito Nacio

nal, Capital de la República Dominicana, a los TREINTA (30) días del mes de NOVIEMBRE del año dos mil nueve (2009), año 166' de la Independencia y 147' de la Restauración

LA SEGUNDA SALA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO TRIBUTARIO Y ADMINISTRATIVO, de Jurisdicción Nacional, ubicada en la calle J.S.R., No. 1-A, esquina S.S., Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, con la presencia de sus jueces: YADIRA DE MOYA KUNHARDT, J.P.; F.P.J., J.; J.A.H.P., J.; asistidos de la infrascrita Secretaria, ha dictado en sus atribuciones de lo Contencioso Administrativo y en audiencia pública la sentencia que sigue

CON MOTIVO DEL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO interpuesto por la COMISION AEROPORTUARIA, entidad con personalidad jurídica y patrimonio propio, creada de acuerdo con las previsiones de la Ley No.8 del día 17 de noviembre de 1978, con su domicilio en la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, con sus oficinas en el edificio sito en la intersección formada por la Calle San Cristóbal, esquina Tiradentes, en está ciudad, debidamente representada por su Presidente ex-oficio, el Secretario de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, Ing. V.D.R., dominicano, mayor de edad, casado, Portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0201274-7 de domicilio antes indicado, entidad que tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a los DRES. M.G.M. y P.M.G., dominicanos, mayores de edad, casados, Abogados de los Tribunales de la República, Portadores de las Cédulas de Identidad y Electoral No. 001-0776597-6 y 001-0776596-8, respectivamente, con estudio profesional común abierto en el No. 301 de la calle J.F.T.B., en el sector E.M., de está ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, lugar donde hace formal elección de domicilio la COMISION AEROPORTURIA, para todos los fines y consecuencias legales que pudieren derivarse de la presente instancia, y la sociedad AEROPUERTOS DOMINICANOS SIGLO XXI, S. A. (AERODOM), sociedad comercial constituida, organizada y funcionando de conformidad con las leyes de la República Dominicana, con su RNC No.101-81541-8, domicilio social y asiento principal en el 10mo. Piso de la Torre Empresarial AIRD, sito en la Avenida Sarasota, esquina Ave. A.L., de está ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, debidamente representada para los fines de la presente instancia por su Directora General, Dra. A.D.M., dominicana, mayor de edad, casada, domiciliada y residente en está ciudad, Portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-1421018-0, quien actúa de conformidad con el poder que le ha sido otorgado por el Consejo de Administración de dicha empresa; sociedad que tiene como abogado constituido y apoderado especial al LIC. O.R., dominicano, mayor de edad, casado, Abogado de los Tribunales de la República, Portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0003588-0, con estudio profesional abierto en la casa marcada con el No. 158 de la Calle Benito Monción en el sector G., de está ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, lugar donde hace elección de domicilio la accionante para todos los fines y consecuencias legales de la presente acción de amparo, CONTRA los Sub-concesionarios/arrendatarios de los locales actualmente ocupados por las indicadas tiendas y negocios de Zona Franca, ubicados en los Aeropuertos Internacionales de Las Américas -Dr. J.F.P.G. (AILA-JFPG) y G.L. (AIGL)-, en virtud del Contrato de Concesión Aeroportuaria suscrito con el Estado Dominicano y la Comisión Aeroportuaria en fecha siete (07) del mes de julio del año 1999

VISTA Y LEÍDA la instancia introductiva de la Acción de Amparo de fecha nueve (09) de abril del año 2008 y depositada por ante la Secretaría del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo en fecha diez (10) del mismo mes y año, suscrita por los DRES. M.G.M., P.M.G. y el LIC. O.R., de generales anotadas, actuando a nombre y en representación de la COMISION AEROPORTUARIA y AEROPUERTOS DOMINICANOS SIGLO XXI, S. A. (AERODOM), cuyas conclusiones son las siguientes: "PRIMERO: Declarar como buena y válida en cuanto a la forma, la presente demanda en solicitud de rescisión de contratos de sub-concesión, desocupación y entrega de locales y cobro de sumas adeudadas, interpuesta por la sociedad AEROPUERTOS DOMINICANOS SIGLO XXI, S. A. (AERODOM), contra los Sub-concesionarios/arrendatarios de los locales actualmente ocupados por las indicadas tiendas y negocios de Zona Franca, ubicados en los Aeropuertos Internacionales de Las Américas -Dr. J.F.P.G. (AILA-JFPG) y G.L. (AIGL)-, en virtud del Contrato de Concesión Aeroportuaria suscrito con el Estado Dominicano y la Comisión Aeroportuaria en fecha siete (07) del mes de julio del año 1999 y por haberse incoado conforme al derecho. SEGUNDO: Declarar rescindidos de pleno derecho, conforme a las estipulaciones contenidas en los mismos, los contratos administrativos que a continuación se describen: 1. Contrato de Arrendamiento suscrito en fecha 31 del mes de enero de 1991, entre la Comisión Aeroportuaria y la sociedad A.´s Decoraciones y/o A.´s D.F., S.A., de local ubicado el área de Zona Franca de la nueva Terminal del Aeropuerto Internacional de Las Américas -Dr. J.F.P.G. (AILA-JFPG); así como el Contrato de Arrendamiento de fecha 22 de febrero del año 1999 suscrito entre la Comisión Aeroportuaria y Tienda Alfonso´s D.F., S. A. 2. Contrato de Arrendamiento suscrito en fecha 1ro del mes de marzo de 1991, entre la Comisión Aeroportuaria y la Tienda Bolero, representada por el señor A.G.C., de Zona Franca del Aeropuerto Internacional de Las Américas -Dr. J.F.P.G. (AILA-JFPG); así como el Contrato de Arrendamiento suscrito entre las mismas partes en fecha 20 de agosto del año 1997. 3. Contrato de Arrendamiento suscrito en fecha 15 del mes de marzo de 1991, entre la Comisión Aeroportuaria y la sociedad Tienda Bombón C. por A., por el término de 5 años, para la instalación de una tienda para la venta de artículos diversos en el área de Zona Franca de la nueva Terminal del Aeropuerto Internacional de Las Américas -Dr. J.F.P.G. (AILA-JFPG); así como el Contrato de Arrendamiento suscrito en el año 1998 entre la Comisión Aeroportuaria y la sociedad Tienda Bombón Duty Free, S.A. y/oJ.W. para la instalación de una tienda para la venta de artículos diversos en el área de Zona Franca del Aeropuerto Internacional de Las Américas -Dr. J.F.P.G. (AILA-JFPG). 4. Contrato de Arrendamiento suscrito en fecha 04 del mes de febrero de 1991, entre la Comisión Aeroportuaria y S.B.M. y/o Corporación Industrial División AILA, S.A., por el término de 5 años, para la instalación de una tienda para la venta de artículos diversos en el área de Zona Franca de la nueva Terminal del Aeropuerto Internacional de Las Américas -Dr. J.F.P.G. (AILA-JFPG); así como el Addendum al Contrato de Arrendamiento antes indicado, suscrito en fecha 11 de agosto del año 2003, entre Aeropuertos Dominicanos Siglo XXI, S. A. (subrogada en los derechos de la Comisión Aeroportuaria), y Corporación Industrial División AILA, S.A. y/oS.B.M.. 5. Contrato de Arrendamiento suscrito en fecha 18 del mes de marzo del año 1991, entre la Comisión Aeroportuaria y la Joyería Capriles, representada por el señor M.B.C.E., por el término de 5 años, para la instalación de una tienda para la venta de joyas y artículos diversos en el área de Zona Franca de la nueva Terminal del Aeropuerto Internacional de Las Américas -Dr. J.F.P.G. (AILA-JFPG). 6. Contrato de Arrendamiento suscrito en fecha 18 del mes de marzo del año 1991, entre la Comisión Aeroportuaria y la Joyería D.C., representada por el señor V.D.C.A., por el término de 5 años, para la instilación de una tienda para la venta de artículos diversos en el área de Zona Franca de la nueva Terminal del Aeropuerto Internacional de Las Américas -Dr. J.F.P.G. (AILA-JFPG). 7. Contrato de Arrendamiento suscrito en fecha 11 de febrero del año 1991, entre la Comisión Aeroportuaria y la R.N.F.V.. Bello, por el término de 10 años, para la instalación de una tienda para la venta de artículos diversos en el área de Zona Franca de la nueva Terminal del Aeropuerto Internacional de Las Américas -Dr. J.F.P.G. (AILA-JFPG). 8. Contrato de Arrendamiento suscrito en fecha 19 de febrero del año 1991, entre la Comisión Aeroportuaria y la Tradelink Inc. (L.L.M., por el término de 10 años, para la instalación de una tienda para la venta de artículos diversos en el área de Zona Franca de la nueva Terminal del Aeropuerto Internacional de Las Américas -Dr. J.F.P.G. (AILA-JFPG). 9. Contrato de Arrendamiento suscrito en fecha 18 de marzo del año 1991, entre la Comisión Aeroportuaria y la F.M.L., por el término de 5 años, para la instalación de una tienda para la venta de artículos diversos en el área de Zona Franca de la nueva Terminal del Aeropuerto Internacional de Las Américas -Dr. J.F.P.G. (AILA-JFPG). 10. Contrato de Arrendamiento suscrito en fecha 14 de marzo del 1991, entre la Comisión Aeroportuaria y la Tienda Mi Quisqueya, C.P.A., representada por el señor J.M.G.M., por el término de 5 años, para la instalación de una tienda para la venta de artículos diversos en el área de Zona Franca de la nueva Terminal del Aeropuerto Internacional de Las Américas -Dr. J.F.P.G. (AILA-JFPG). 11. Contrato de Arrendamiento suscrito en fecha 30 del mes de septiembre de 1986, entre la Comisión Aeroportuaria y la sociedad Latín American Enterprises Dominicana, S.A. y Producciones Corporán, por el término de 5 años, para la instalación de módulos y máquinas para la venta de tarjetas de llamadas telefónicas en el área de Zona Franca de los Aeropuertos de...

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