Decreto Nº 844-21. Que concede el beneficio de la incorporación a varias cooperativas.

Número de Decreto844-21
Fecha de publicación05 Enero 2022
Fecha de disposición28 Diciembre 2021
Número de Gaceta11055
- 60 -
público del sector salud Juan Antonio Polanco Monegro, titular de la cédula de identidad y
electoral núm. 001-0106942-5.
ARTÍCULO 2. Se dispone que el pago de toda pensión otorgada por el Poder Ejecutivo con
cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado
tenga efectividad a partir de la fecha en que el beneficiario formalice su solicitud de inclusión
en la nómina de los Jubilados y Pensionados Civiles del Estado ante la Dirección General de
Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado del Ministerio de Hacienda.
PÁRRAFO. La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado tendrá un
plazo de tres (3) meses para hacer efectivo el pago de las pensiones, contado a partir de que
el interesado haya tramitado su solicitud de inclusión a la nómina de pensionados. El pago
de la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo luego de cumplido
dicho plazo.
ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Jubilaciones
y Pensiones del Ministerio de Hacienda para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno
(2021); año 178 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. No.844-21 que concede el beneficio de la incorporación a varias cooperativas. G.O.
11055 del 5 de enero de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 844-21
VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y
Servicios Múltiples Artesanal Santo Domingo Norte (ARTESANCOOP), con domicilio en

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