Decreto Nº 3-22. Que prohíbe las compras de vehículos, boletos de viajes al exterior, así como cuáles funcionarios podrán disponer de flanqueadores motorizados. asimismo prohíbe las fiestas, agasajos, recepciones, etc. deroga el dec. no. 396-21.

Fecha de disposición08 Enero 2022
Número de Decreto3-22
Fecha de publicación17 Enero 2022
Número de Gaceta11057
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entre otras, las siguientes atribuciones:
a) Dirigir e implementar todos los planes y acciones de la reforma y profesionalización
de la Policía Nacional.
b) Conformar y dirigir los equipos técnicos y de asesoría que sean necesarios para
lograr los objetivos planteados respecto a la reforma de la Policía Nacional.
c) Presentar al Fideicomiso para la Transformación y Profesionalización de la Policía
Nacional los planes, proyectos e iniciativas necesarios para llevar a cabo dicha
reforma y que necesiten financiamiento.
d) Presentar al presidente de la República informes trimestrales de las ejecuciones
realizadas en cada trimestre del año y cada vez que le sea requerido.
e) Validar para su aprobación ante el Comité Técnico del fideicomiso todos los planes,
proyectos, gestiones e iniciativas que pudieran nacer del Fideicomiso para lograr la
transformación y profesionalización de la Policía Nacional.
f) Redactar y proponer el reglamento de funcionamiento de la Comisión Ejecutiva,
para la aprobación y promulgación por el presidente.
g) Cualquier otra facultad que le sea delegada expresamente por el presidente de la
República.
PÁRRAFO. Las actuaciones de la Comisión Ejecutiva, así como las del comisionado
ejecutivo para la reforma de la Policía Nacional, en ningún caso podrán colidir con las
disposiciones de la Ley núm. 590-16, Orgánica de la Policía Nacional.
ARTÍCULO 5. Envíese a las instituciones correspondientes para su conocimiento y
ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los siete (7) días del mes de enero del año dos mil veintidós (2022);
año 178 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. No. 3-22 que prohíbe las compras de vehículos, boletos de viajes al exterior, así
como cuáles funcionarios podrán disponer de flanqueadores motorizados. Asimismo
prohíbe las fiestas, agasajos, recepciones, etc. Deroga el Dec. No. 396-21. G. O. 11057
del 17 de enero de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 3-22
CONSIDERANDO: Que cualquier esfuerzo orientado a procurar la eficiencia del gobierno

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