Decreto Nº 63-22. Que declara de interés nacional la regularización de las bancas de loterías que operen en todo el territorio nacional.

Fecha de disposición09 Febrero 2022
Número de Decreto63-22
Fecha de publicación18 Febrero 2022
Número de Gaceta11059
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el interesado haya tramitado su solicitud de inclusión a la nómina de pensionados. El pago
de la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo luego de cumplido
dicho plazo.
ARTÍCULO 4. Envíese al Ministerio de Hacienda y a la Dirección general de Jubilaciones
y Pensiones del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los siete (7) días del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021); año 178
de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. m. 63-22 que declara de interés nacional la regularización de las bancas de
loterías que operen en todo el territorio nacional.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 63-22
CONSIDERANDO: Que, en las últimas dos décadas, se ha registrado una expansión de las
bancas de juegos de lotería en la República Dominicana, actividad comercial para la cual el
ordenamiento jurídico nacional ha configurado mecanismos de control, supervisión,
monitoreo y autentificación de las operaciones.
CONSIDERANDO: Que el sector bancas de lotería representa una importante fuente de
recaudación para la hacienda pública dominicana, razón por la cual es indispensable que el
Estado dominicano tenga certeza registral y control de las bancas provistas de la debida
licencia para operar.
CONSIDERANDO: Que, por disposición del artículo 50 numeral 2 de la Constitución de la
República Dominicana, el Estado dominicano podrá dictar medidas para regular la actividad
económica.
CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 3 numeral 29 de la Ley núm. 494-
06, de Organización de la Secretaria de Estado de Hacienda, el hoy Ministerio de Hacienda
tiene la atribución de ordenar y otorgar las licencias respectivas a todos los juegos de azar,
tales como la Lotería Nacional, sorteos, rifas benéficas, casinos y establecimientos de juegos
de azar, máquinas tragamonedas y otros juegos electrónicos, bingos y cualquier otra
manifestación de los mismos e inspeccionar el cumplimiento de las normativas relativas a
dichas actividades. Para tales fines, la indicada ley configura un Área de Casinos y Juegos de
Azar.

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