Decreto Nº 6-23. El cual tiene por objeto procurar la racionalización de componentes importantes del gasto público por medio de la aplicación y cumplimiento de un conjunto de medidas administrativas. estas disposiciones aplican a los entes y órganos que conforman el poder ejecutivo y a los organismos autónomos y descentralizados del gobierno creados por ley. prohíbe las compras de vehículos de motor durante el presente año, así como también regula las exoneraciones y exenciones de dichos vehículos, y prohíbe el uso de los mismos los sábados, domingos y días feriados, así como las compras de boletos de viajes oficiales al exterior, y regula disponer de flanqueadores motorizados a servidores del estado.

Fecha de disposición16 Enero 2023
Número de Decreto6-23
Fecha de publicación01 Febrero 2023
Número de Gaceta11097
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En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2023, el plazo establecido en el
artículo 1 del Decreto núm. 542-22, del 20 de septiembre del año 2022.
ARTICULO 2. Envíese al Envíese al Ministerio de la Presidencia, en su calidad de órgano
superior del Centro de Ciberseguridad Nacional (CNCS); al Ministerio de Defensa (MIDE)
y a sus dependencias, al Ministerio de Interior y Policía (M1P), al Ejército de la República
Dominicana, a la Armada de la República Dominicana, a la Fuerza Aérea de la República
Dominicana (FARD), a la Policía Nacional (PN), a la Dirección Nacional de Control de
Drogas (DNCD), a la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) y a la
Contraloría General de la República, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de enero del año dos mil veintitrés (2023); año
179 de la Independencia y 160 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. núm. 6-23 el cual tiene por objeto procurar la racionalización de componentes
importantes del gasto público por medio de la aplicación y cumplimiento de un conjunto
de medidas administrativas. Estas disposiciones aplican a los entes y órganos que
conforman el Poder Ejecutivo y a los organismos autónomos y descentralizados del
gobierno creados por ley. Prohíbe las compras de vehículos de motor durante el
presente año, así como también regula las exoneraciones y exenciones de dichos
vehículos, y prohíbe el uso de los mismos los sábados, domingos y días feriados, así como
las compras de boletos de viajes oficiales al exterior, y regula disponer de flanqueadores
motorizados a servidores del Estado. G. O. No. 11097 del 1ro. de febrero de 2023.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 6-23
CONSIDERANDO: Que cualquier esfuerzo orientado a procurar la eficiencia del gobierno
dominicano debe ser acompañado de medidas de control del gasto público.
CONSIDERANDO: Que se hace necesaria la optimización del uso de los recursos públicos,
debido a la merma de forma considerable de los ingresos del Estado por la contracción del
producto interno bruto, disminución de la actividad turística y paralización de diversos
sectores económicos.

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