Decreto Nº 211-23. Que concede pensiones especiales del estado dominicano a varias personas, y eleva el monto de pensiones concedidas a 6 personas.
Fecha de disposición | 24 Mayo 2023 |
Fecha de publicación | 31 Mayo 2023 |
Número de Decreto | 211-23 |
Número de Gaceta | 11108 |
- 157 -
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria
y Servicios Múltiples de Productores y Comerciantes Detallistas (COOPRODACOD), con
domicilio en la autopista Duarte, km 22, carretera La Cuaba, distrito municipal La Guáyiga,
municipio Pedro Brand, provincia Santo Domingo, República Dominicana; cuyos estatutos
sociales fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintisiete (27) de
abril del dos mil veintitrés (2023).
ARTÍCULO 2. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para
los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de mayo del año dos mil veintitrés (2023); año
180 de la Independencia y 160 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. núm. 211-23 que concede pensiones especiales del Estado dominicano a varias
personas, y eleva el monto de pensiones concedidas a 6 personas. G. O. No. 11108 del
31 de mayo de 2023.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 211-23
VISTO: El artículo 57 de la Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de
junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones
Civiles del Estado.
VISTAS: Las comunicaciones del Ministro Administrativo de la Presidencia.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
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