Resolución Nº 0031-2022 de Ministerio de Medio Ambiente, 2022

Número de resolución0031-2022
Año2022
Fecha19 Agosto 2022
Tipo de documentoResoluciones
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RESOLUCIÓN NO. 0031/2022.
QUE APRUEBA EL REGLAMENTO TECNICO ESPECIALIZADO PARA EL
FUNCIONAMIENTO Y OPERACIÓN DEL FIDEICOMISO PARA LA GESTIÓN INTEGRAL
DE RESIDUOS SÓLIDOS (DO SOSTENIBLE).
CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República Dominicana establece que constituyen deberes
del Estado prevenir la contaminación, proteger y mantener el medio ambiente en provecho de las presentes
y futuras generaciones, siendo un aspecto fundamental en la protección al medio ambiente el manejo de los
residuos sólidos, en consecuencia, fue promulgada en fecha 2 de octubre del año 2020, la Ley núm. 225-
20, General de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos (en lo adelante “Ley núm. 225-
20”).
CONSIDERANDO: Mediante el artículo 37 de la Ley núm. 225-20 de fecha 2 de octubre del año 2020, se
establece la creación de un Fideicomiso para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos, lo que supone
un vehículo para mayor transparencia dentro de la administración pública y el manejo de sus fondos,
logrando así en beneficio de la sociedad la creación de proyectos e iniciativas que colaboren con la gestión
y manejo adecuado de los residuoslidos, problemática que afecta el derecho que tiene todo ciudadano a
la vida, la salud y el medio ambiente sano.
CONSIDERANDO: Que el párrafo del artículo 38 de la Ley núm. 225-20 de fecha 2 octubre del año 2020,
dispone que el funcionamiento y operación del fideicomiso será definido vía reglamentaria, mandato que
recae en el Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con el artículo 68 del
Decreto del Poder Ejecutivo núm. 320-21, que aprueba el Reglamento de la Ley núm. 225-20.
CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 225-20, establece en su artículo 40 la creación de un Consejo
Directivo formado por miembros del sector público y del sector privado, como órgano colegiado y auxiliar
del Fideicomiso, de conformidad con el literal h) del artículo 23 del Decreto núm. 95-12 de fecha 2 de
marzo 2012. Entre sus miembros estará un Director Ejecutivo, unidad auxiliar del Consejo Directivo y
responsable de coordinar la Dirección Ejecutiva, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula décimo
segunda (12º) del Contrato de Fideicomiso para la Gestión Integral de Residuos Sólidos (DO Sostenible),
suscrito entre el Estado Dominicano, representado por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos
Naturales y Fiduciaria Banreservas, S.A., en fecha 19 de noviembre del año 2021.
CONSIDERANDO: Que de conformidad al mandato legal que recae en el Ministro de Medio Ambiente
y Recursos Naturales, dicho funcionario vía resolución emitirá el Reglamento Técnico para el
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Funcionamiento y Operación del Fideicomiso para la Gestión de Residuos Sólidos con el apoyo de la
Dirección Ejecutiva y la aprobación del Consejo Directivo para la ejecución técnica, legal y financiera del
Fideicomiso.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana proclamada el 13 de junio del 2015.
VISTA: La Ley 64-00, General de Medio Ambiente y Recursos Naturales, del 18 de agosto del año 2000.
VISTA: La Ley m. 189-11, para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República
Dominicana, del 16 de julio del año 2011.
VISTA: La Ley núm. 1-12, que establece la Estrategia Nacional del Desarrollo 2030, del 25 de enero 2012.
VISTA: La Ley núm. 247-12, Orgánica de la Administración Pública, del 9 de agosto del año 2012.
VISTA: La Ley núm. 249-17, del 19 de diciembre 2017, que modifica la Ley núm. 19-00, del Mercados
de Valores de la República Dominicana, del 8 de mayo 2000.
VISTA: la Ley No. 107-13, del 8 de agosto del año 2013, sobre los Derechos de las Personas en sus
Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo.
VISTA: La Ley núm. 47-20 de Alianzas Público-Privadas, del 20 de febrero 2020.
VISTO: El Decreto núm. 95-12, del 2 de marzo 2012, que establece el Reglamento para regular los aspectos
de forma complementaria a la Ley núm. 189-11, se requieren para el funcionamiento de la figura del
Fideicomiso en sus distintas modalidades.
VISTO: El Decreto núm. 119-16 del 2 de marzo 2016 que modifica el Reglamento de Aplicación de la Ley
de Mercado de Valores, instituido mediante Decreto núm. 664-12 de fecha 7 de diciembre 2012.
VISTO: El Decreto núm. 434-20 del 1 de septiembre de 2020, que instituye el Reglamento de Aplicación
de la Ley núm. 47-20 de Alianza Público-Privadas.
VISTO: El Decreto núm. 159-21 de fecha 11 de marzo 2021, que autoriza la constitución del Fideicomiso
para la Gestión Integral de Residuos Sólidos.
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VISTO: El Decreto núm. 320-21 del 14 de mayo 2021, que aprueba el Reglamento de la Ley núm. 225-
20, General de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos.
En ejercicio de las atribuciones legales conferidas al Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales
por la Ley núm. 247-12, Orgánica de la Administración Pública de fecha 9 de agosto del año 2012, la Ley
núm. 64-00, General de Medio Ambiente y Recursos Naturales de fecha 18 de agosto del año 2000, la Ley
núm. 225-20, General de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos de fecha 2 de octubre
del 2020 y el artículo 68 del Reglamento de Aplicación de la Ley núm. 225-20, instituido mediante Decreto
núm. 320-21 de fecha 14 de mayo del 2021, emito la siguiente:
RESOLUCIÓN:
PRIMERO: EMITIR, como al efecto se EMITE, el “REGLAMENTO TÉCNICO ESPECIALIZADO
PARA EL FUNCIONAMIENTO Y OPERACIÓN DEL FIDEICOMISO PARA LA GESTIÓN
INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS (FIDEICOMISO DO SOSTENIBLE)”.
SEGUNDO: ORDENAR, como por la presente se ORDENA, comunicar la presente Resolución a todos
los miembros del Consejo Directivo del Fideicomiso para la Gestión Integral de Residuos Sólidos
(Fideicomiso Do Sostenible).
TERCERO: ORDENAR que la presente Resolución sea publicada en la página web de la institución y
del Fideicomiso para la Gestión Integral de Residuos Sólidos (Fideicomiso Do Sostenible) de conformidad
con la norma.
Dada en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana,
a los 19 días del mes de agosto del año dos mil veintidós (2022).

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