Decreto Nº 344-23. Que excluye de la expropiación efectuada mediante el artículo 1 del decreto núm. 6548 de 1961, la parcela núm. 114-b-2-b-3, del d.c. núm. 15, ubicada en santo domingo, propiedad de los sucesores del señor inocencio ozuna.

Fecha de disposición31 Julio 2023
Fecha de publicación31 Julio 2023
Número de Decreto344-23
Número de Gaceta11115
- 126 -
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Defensa, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los treintiún (31) días del mes de julio del año dos mil veintitrés (2023); año
180 de la Independencia y 160 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. núm. 344-23 que excluye de la expropiación efectuada mediante el artículo 1 del
Decreto núm. 6548 de 1961, la parcela núm. 114-B-2-B-3, del D.C. núm. 15, ubicada en
Santo Domingo, propiedad de los sucesores del señor Inocencio Ozuna. G. O. No. 11115
del 31 de julio de 2023.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 344-23
VISTO: El Decreto núm. 6548, del 22 de marzo de 1961, que declara de utilidad pública e
interés social la adquisición por el Estado, de varias porciones de terrenos en los distritos
catastrales números 6 y 15 del Distrito Nacional.
VISTA: La Ley núm. 344, del 29 de julio de 1943, sobre Procedimiento de Expropiación y
sus modificaciones.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se excluye de la expropiación efectuada mediante el artículo 1 del Decreto núm.
6548, del 22 de marzo de 1961, la parcela que se detalla a continuación:
Parcela
Superficie
D. C.
Matrícula
Provincia
Propietarios
114-B-2-B-3
790.32 m2
15
3000152865
Santo
Domingo
Sucesores de
Inocencio Ozuna

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