Decreto Nº 325-23. Que otorga exequátur a varios profesionales para que puedan ejercer sus respectivas profesiones.
Fecha de disposición | 21 Julio 2023 |
Fecha de publicación | 31 Julio 2023 |
Número de Decreto | 325-23 |
Número de Gaceta | 11115 |
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ARTÍCULO 3. Envíese a las instituciones correspondientes para su conocimiento y
ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veinte (20) días del mes de julio del año dos mil veintitrés (2023); año 180
de la Independencia y 160 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. núm. 325-23 que otorga exequátur a varios profesionales para que puedan ejercer
sus respectivas profesiones. G. O. No. 11115 del 31 de julio de 2023.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 325-23
VISTA: La Ley núm. 111, del 3 de noviembre de 1942, sobre Exequátur de Profesionales,
y sus modificaciones.
VISTA: La Ley núm. 42-01, del 8 de marzo de 2001, Ley General de Salud.
VISTA: La Ley núm. 146, del 19 de mayo de 1967, sobre Pasantía de Médicos Recién
Graduados.
VISTO: El decreto núm. 246-06, del 9 de junio de 2006, que establece el Reglamento de
Medicamentos que regula la Dirección General de Drogas y Farmacias, en relación con sus
responsabilidades y funciones de evaluación, vigilancia sanitaria e inspección, del Ministerio
de Salud Pública y Asistencia Social.
VISTOS: Los oficios números 3996 y 3998, del 20 de julio de 2023, del Ministerio de
Educación Superior Ciencia y Tecnología (MESCYT).
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se otorga exequátur a las siguientes personas para que puedan ejercer, en todo el
territorio de la República Dominicana, las profesiones contenidas en los literales A, B, C, D,
E, F, G, H, I, J, K, L, M, N, Ñ, O, P, Q, R, S, T, U, V, W y X, de conformidad con las leyes
y los reglamentos vigentes:
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