Ley Nº 65-23. Que declara a monte plata como provincia ecoturística. g. o. no. 11127 del 10 de noviembre de 2023.

Fecha de disposición09 Noviembre 2023
Fecha de publicación10 Noviembre 2023
Número de Ley65-23
Número de Gaceta11127
- 76 -
Ley. núm. 65-23 que declara a Monte Plata como Provincia Ecoturística. G. O. No.
11127 del 10 de noviembre de 2023.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Considerando primero: Que es interés del Estado dominicano promover el incremento de las
actividades que contribuyan al desarrollo del turismo ecológico, el deseo de propiciar las
condiciones necesarias que contribuyan a la creación de un clima apropiado, regido por normas
que promuevan el respeto y el cuidado del medioambiente y los recursos naturales, con la
finalidad de que sean exaltados los ecosistemas y la biodiversidad del país, lo que permitirá que
distintos sectores locales y multinacionales se sientan atraídos a invertir recursos en la creación
de nuevas empresas y generación de empleos;
Considerando segundo: Que el desarrollo del turismo ecológico significa el fortalecimiento
de una importante industria de carácter mundial, debido a que cada vez es mayor el número de
personas que se desplazan de su lugar de residencia a experimentar otros ambientes;
Considerando tercero: Que los recursos naturales forman la base sobre la cual se sostiene la
industria turística y Monte Plata es una provincia poseedora de biodiversidad de gran valor,
encerrada por áreas protegidas como el Parque Los Haitises, considerado como uno de los
ecosistemas más espectaculares del país y de biodiversidad en la región del Caribe por su
formación geomorfológica, alto endemismo y con una riqueza hídrica que abastece el mayor
centro poblado del país; el río Payabo compartido con las provincias Sánchez Ramírez y Duarte,
así como también el sistema montañoso de Yamasá y las llanuras costeras y Suroriental o del
Caribe; cuencas y subcuencas hidrográficas de gran importancia para el suministro de agua y
otras actividades humanas, como la del río Ozama, Guanuma, Yamasá, Boyá, Yabacao, Sabita,
Sabana, Comate, Yubina, Socoa, entre otros tantos ríos, en los cuales encontramos hermosos
balnearios, saltos y cascadas de gran belleza escénica como Salto Alto de río Comatillo, Salto
Socoa y otros más;
Considerando cuarto: Que los atractivos culturales y religiosos juegan un papel importante
para sostener la industria ecoturística y la provincia Monte Plata cuenta con una de las más
genuinas expresiones artesanales de estilo Taíno; dos iglesias coloniales, el santuario Santo
Cristo de los Milagros de Bayaguana, con una centenaria tradición religiosa y el segundo de
peregrinación en República Dominicana, es una importante tradición cultural vinculada con la
historia prehispánica y colonial de asentamiento humano con gastronomía, música y bailes
frutos del misterio étnico cultural que caracteriza la provincia;
Considerando quinto: Que los ecosistemas, su biodiversidad y atractivos naturales, culturales
y religiosos que tiene la provincia Monte Plata, deben contribuir a mejorar las condiciones de
vida y generación de empleos de las poblaciones que habitan en dicho territorio, dedicados a
cuidar el medioambiente, con la finalidad de concientizar sobre la gran importancia que tiene
el manejo sostenible de los recursos naturales, enseñando a valorar la vida y el hermoso verdor
que adorna la provincia;

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